Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Relaciones Exteriores y Culto »

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 407

Secretario Administrativo DR. CORONEL VILLALBA GUSTAVO ADOLFO

Jefe SRA. GONZALEZ MARIA JESUS

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2409 Internos 2409/2407

creyculto@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4268-D-2016

Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA DECISION DEL GOBIERNO DE JAPON DE REANUDAR LA CAZA DE BALLENAS EN EL OCEANO ANTARTICO DURANTE LA TEMPORADA 2015 / 2016.

Fecha: 07/07/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88

Proyecto
Expresar su más enérgico repudio a la decisión del Gobierno de Japón de reanudar la caza de ballenas en el Océano Antártico durante la temporada 2015/2016, en el marco del Programa denominado New Scientific Research Whale Program in the Antartic Ocean (NEWREP-A), considerando la moratoria internacional a la caza de ballenas vigente desde el año 1986 y la integridad de los santuarios balleneros reconocidos por la Comisión Ballenera Internacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La historia de la industria ballenera revela la sobreexplotación repetida que llevó a numerosas poblaciones de ballenas al borde de la extinción. Se calcula que durante los cincuenta años transcurridos entre 1925 y 1975, fueron muertas en total un millón y medio de ballenas. La devastación no fue en ningún lugar tan fuerte como en las aguas que rodean a la Antártida, donde se alimenta el 75% de las ballenas del mundo.
La industria ballenera japonesa fue la principal responsable de la drástica disminución de ballenas en el Océano Austral. Más vergonzante aún, es la terminología caza "científica" que alega el gobierno del Japón para burlar la moratoria a la caza comercial de ballenas en vigencia. Las tecnologías modernas permiten llevar a cabo investigaciones sobre ballenas con métodos no letales, sin que sea necesaria su muerte para el levantamiento de información científica.
El 31 de marzo de 2014, la Corte Internacional de Justicia fue clara al fallar contra el gobierno del Japón alegando que la caza de ballenas no se trataba de una cuestión científica. En su sentencia, el principal órgano judicial de las Naciones Unidas dispuso, por una mayoría de 12 votos contra 4, que los permisos especiales concedidos por Japón para cazar, capturar y tratar ballenas en conexión con el Programa JARPA II "no se ajustan a las provisiones contenidas en el artículo VIII, párrafo 1, de la Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de Ballenas", y que Japón no ha actuado de conformidad con sus obligaciones bajo los párrafos 10 (e) y (d) y 7 del Schedule de la Convención. Atento a ello, ordenó a Japón revocar cualquier permiso o licencia de captura relacionados con JARPA II.
La sentencia de la Corte se encuentra en línea con lo dispuesto por otros tratados internacionales, tales como la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), la Convención sobre la conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
Los Representantes de los Gobiernos de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Panamá, Perú, República Dominicana y Uruguay, países miembros de la Comisión Ballenera Internacional (CBI) e integrantes del llamado Grupo Buenos Aires (GBA), expresaron el beneplácito del fallo dictado por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso relativo a la caza de ballenas en el Antártico, de Australia contra Japón.
En este contexto, el GBA reiteró lo expresado en sus diversas declaraciones y reafirmó su inalterable compromiso con la conservación, el uso y la investigación no letal y no extractiva de los cetáceos, el mantenimiento de la moratoria comercial en vigencia desde 1986 y el respeto a la integridad de los santuarios balleneros reconocidos por la CBI.
Después de haber afirmado que cumpliría con el dictamen de la CIJ, el gobierno japonés presentó el 19 de noviembre de 2014 un nuevo plan para continuar con la caza de ballenas a escala comercial, bajo supuestos fines de investigación "científica". Este Plan fue criticado por un panel de expertos de la misma CBI, que en su reporte publicado el 13 de abril del 2015 sostienen que el programa revisado de Japón, conocido como NEWREP-A, no contiene suficiente información para que los expertos puedan determinar “si es necesario que Japón continúe matando ballenas para cumplir con dos de los objetivos fundamentales de este programa y por lo tanto la propuesta actual no demuestra la necesidad de muestreo letal para alcanzar dichos objetivos."
Por otra parte, cerca de 500 investigadores científicos de 30 países expresaron su más firme rechazo a este programa, a través de una carta presentada ante el Comité Científico de la CBI. En la misiva, los científicos firmantes efectúan un contundente llamado al Comité Científico a rechazar la propuesta NEWREP-A, y sostienen que validarla representaría un “lamentable retroceso de la ciencia, un gravísimo precedente para otros acuerdos internacionales que fundamentan sus decisiones en criterios científicos y un serio golpe para el sistema judicial mundial”. Cabe destacar que la 66° reunión anual del Comité Científico no pudo confirmar que el Gobierno de Japón hubiera hecho lo suficiente para justificar el inicio de muestreo letal en la temporada 2015/16. Por lo tanto, la necesidad de muestreo letal no se ha establecido a través de procesos de la Comisión Ballenera internacional.
A pesar de ello, Japón unilateralmente tomó la decisión de reanudar la cacería a través de este nuevo programa, y mató 333 ballenas de la especie Minke Antártica en Aguas del Santuario del Océano Austral entre los meses de enero y marzo de 2016.
Argentina junto a Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Panamá, Perú y República Dominicana, todos países integrantes del GBA, emitieron un comunicado el 7 de diciembre de 2015, manifestando la preocupación por la reanudación de la caza de ballenas en el marco del programa japonés NEWREP-A e instaron a ese país a respetar los procedimientos de la CBI y las recomendaciones del Panel de Expertos y del Comité Científico.
NEWREP-A aumentará en un 32% el número de ballenas Minke Antártica que se capturarían en el santuario de ballenas del Océano Austral, en relación a las ballenas que fueron cazadas durante la última temporada de JARPA II, el programa sentenciado como ilegal por la CIJ. Al igual que el ilegal programa ballenero JARPA II, NEWREP-A no cuenta con una fecha de término definitiva.
Queda claro entonces que este nuevo programa, tiene fines netamente comerciales y políticos, para consolidar una estrategia de apropiación de los valiosos recursos vivos marinos antárticos, eliminar el santuario de ballenas y la moratoria sobre la caza comercial.
Los grandes cetáceos tienen una importancia primordial en el equilibrio natural de los mares. Eliminar depredadores distorsiona toda la cadena trófica del ecosistema, modificando seriamente la distribución y subsistencia de muchas especies. Además de la caza, las ballenas enfrentan otras amenazas como la contaminación, las colisiones con embarcaciones, los enmallamientos en redes de pesca, el calentamiento global, entre otros. Es por ello que es preciso no agregar factores extras como la caza para asegurar la efectiva conservación de las especies y poblaciones de ballenas.
Por todas las razones expuestas, y teniendo en cuenta la manda constitucional del artículo 41 así como los compromisos internacionales asumidos, requerimos a los señores diputados aprobar el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
VILLALONGA, JUAN CARLOS CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
31/08/2016 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
07/09/2016
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0528/2016 07/09/2016
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 26/09/2016 APROBADO