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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 407

Secretario Administrativo DR. CORONEL VILLALBA GUSTAVO ADOLFO

Jefe SRA. GONZALEZ MARIA JESUS

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2409 Internos 2409/2407

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1571-D-2017

Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS BOMBARDEOS CON GASES VENENOSOS EN LOS ATAQUES AEREOS PERPETRADOS EL 4 DE ABRIL DE 2017 EN LA LOCALIDAD DE JAN SHEIJUN, REPUBLICA ARABE SIRIA.

Fecha: 11/04/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27

Proyecto
Declarar su más enérgico repudio a los bombardeos con gases venenosos en los ataques aéreos perpetrados el 4 de abril de 2017 en la localidad de Jan Sheijun, República Árabe Siria, que dejaron un saldo de más de 80 muertos y 400 personas afectadas. En cualquier situación, y sin importar las apresuradas conclusiones de la comunidad internacional para fijar responsables, el uso de armas químicas constituye una violación inaceptable de la Convención sobre la Prohibición de Armas Químicas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Resolución tiene por objeto declarar mi total repudio a la utilización de armas químicas durante los bombardeos aéreos perpetrados el 4 de abril de 2017 en la localidad de Jan Sheijun, República Árabe Siria. En dicho artero y cobarde acto fallecieron más de 80 personas y otras 400 resultaron heridas.
El incidente que motiva este proyecto no es un hecho aislado en el conflicto sirio. En agosto de 2013 se perpetró un ataque con gas sarín en Gouta, periferia de Damasco, que causó la muerte a centenares de personas. En aquella oportunidad, la mediación de Moscú logró evitar una intervención militar tras el compromiso de Damasco a destruir su arsenal de 1.300 toneladas de armamento tóxico y desmantelar su programa nuclear bajo la supervisión internacional. Los ataques recientes evidencian la ineficacia de dicho convenio.
Estos hechos me llevan a expresar preocupación y repudio por la utilización de armas químicas letales, lo que implica un crimen de guerra y de lesa humanidad.
Debe considerarse, que en 1993 se firmó en París la "Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento de armas químicas y sobre su destrucción". El tratado entró en vigor en 1997 y la República Argentina fue signataria y luego la aprobó mediante la Ley 24.534 de 1995. La implementación en el ámbito interno se efectúo a través de la Ley 26.247 de 2007.
Por dicho motivo, en cumplimiento de las obligaciones contraídas con la comunidad internacional, debe ser repudiado todo acto violatorio de las normas internacionales vigentes.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares, que acompañen con su voto el presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
NUÑEZ, JOSE CARLOS SANTA FE UNION PRO
SCAGLIA, GISELA SANTA FE UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
07/06/2017 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución
Dictamen
09/06/2017
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1348/2017 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1571-D-2017, 1672-D-2017 y 1518-D-2017 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 09/06/2017
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 21/06/2017 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1571-D-2017, 1672-D-2017 y 1518-D-2017 APROBADO