RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 0249-D-2020
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA SUSCRIBIR LA CONVENCION IBEROAMERICANA DE LOS DERECHOS DE LOS JOVENES - CIDJ -, TRATADO INTERNACIONAL SOBRE DERECHOS CIVILES, POLITICOS, ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES DE LAS PERSONAS JOVENES.
Fecha: 05/03/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Instar al Poder Ejecutivo Nacional a suscribir la Convención Iberoamericana de los Derechos de Los Jóvenes (CIDJ) -acta principal y protocolo adicional-, en tanto resulta ser el único tratado internacional sobre derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las personas jóvenes -
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sin perjuicio de los fundamentos que enunciare infra, habiendo presentado ya en su momento un proyecto similar de declaración (N° 5809-D-2017), considero que los motivos que me impulsaran a proponerla se mantienen vigentes.
La juventud es un estamento esencial de nuestra sociedad y el futuro de nuestro país. Es nuestro deber legislar y generar políticas públicas concretas para el desarrollo de nuestros jóvenes. Casi todo el espectro político de nuestro país tiene un discurso por el cuál dice querer gobernar para los jóvenes y generar políticas públicas tendientes a su progreso, mientras -a la vez- hace más de diez años evita suscribir la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (CIDJ).
El reconocimiento de los derechos de los jóvenes, es un proceso continuo que requiere muchas veces de un puntapié inicial como lo puede resultar adherir a ésta declaración.
He promovido por separado -y en paralelo al presente- un proyecto de Ley de la Juventud que intenta fundar tres pilares trascendentales para la vida de los jóvenes del país: el reconocimiento expreso de ellos como sujetos de derecho, el llamado a su participación plena en la sociedad, y el reconocimiento de las responsabilidades del Estado y la sociedad en la formulación y ejecución de políticas públicas de la juventud. En esta materia, Argentina expone un marcado atraso respecto a otros países de la región. Y ello se evidencia, entre otras situaciones, en la inexplicable mora en suscribir la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (CIDJ) que resulta ser el único tratado internacional centrado específicamente en los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las personas jóvenes. Firmado en la ciudad de Badajoz, España en octubre de 2005 -su entrada en vigor aconteció el 1 de marzo de 2008- disponiendo de un acta principal (44 artículos) y de un protocolo adicional. Su espíritu puede resumirse en la siguiente idea: “…Los Estados Parte aprueban, proclaman y se comprometen a cumplir y mandar cumplir la presente Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes con el espíritu de reconocer a los jóvenes como sujetos de derechos, actores estratégicos del desarrollo y personas capaces de ejercer responsablemente los derechos y libertades que configuran esta Convención; y para que todos los países de Iberoamérica, sus pueblos e instituciones se vinculen a este documento, lo hagan vigente en la práctica cotidiana y hagan posible que se lleven a la realidad programas que den vida a lo que esta Convención promueve en favor del respeto a la juventud y su realización plena en la justicia, la paz, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos” (Preámbulo párrafo in fine).
Ante la diversidad y riqueza cultural de las juventudes de la región, la Convención Iberoamericana fue el fruto de un proceso colectivo en el que participaron diferentes países iberoamericanos durante casi una década, Dieciséis Estados firmaron la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, y posteriormente, entre los años 2007 y 2008, fue ratificada por siete de ellos: Bolivia, Costa Rica, Ecuador, España, Honduras, República Dominicana y Uruguay.
La Convención, tratado de carácter vinculante, establece el compromiso de los Estados Parte a garantizar a las personas jóvenes de entre 15 y 24 años de edad, sin discriminación alguna, el cumplimiento de los derechos humanos recogidos en su articulado.
Es preciso recordar que la decisión soberana de ratificar la Convención Iberoamericana, significa adoptar el compromiso de incorporar, de manera progresiva, medidas concretas para avanzar en la protección y promoción de los derechos reconocidos en ella para las personas jóvenes que se encuentran en su territorio
Hasta el presente la Argentina, lamentablemente, no ha hecho nada al respecto y este proyecto de Declaración instando al Poder Ejecutivo Nacional a suscribir la CIDJ es apenas un primer paso en la dirección correcta.
Por todas las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.-
Este proyecto fue presentado con el numero 3247-D-2018.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MASSETANI, VANESA LAURA | SANTA FE | FRENTE DE TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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