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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 8966-D-2016

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA RESPETAR LA VOLUNTAD PARLAMENTARIA ESTABLECIDA EN LA SANCION DE LA LEY 26417 DE MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES DEL REGIMEN PREVISIONAL PUBLICO.

Fecha: 15/02/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 195

Proyecto
Solicitar al poder ejecutivo respecte la voluntad parlamentaria establecida en la sanción de la Ley 26.417 de Movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional Público, modificatoria de ley Nº 24.241, sancionada en 2008, que se vería vulnerada de acuerdo a lo comunicado por el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso el 15 de febrero de 2017.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Resolución tiene como finalidad solicitar al Poder Ejecutivo respete la voluntad parlamentaria establecida en la sanción de la Ley 26.417 de Movilidad de las Prestaciones del Régimen Provisional Público modificatoria de la Ley 24.241 sancionada el 1 de octubre del 2008, y su reglamentación.
De acuerdo a lo comunicado en el día 15 de febrero de 2017, por Director Ejecutivo del ANSES, Emilio Basavilbaso, mediante Comunicado Oficial del organismo que dirige así como en sus declaraciones públicas a los medios de comunicación, esta Ley se vería vulnerada mediante un decreto.
Según las expresiones vertidas por el funcionario modifica el cambio implementado a través de una resolución técnica modifica la fórmula de cálculo de los aumentos a los jubilados y pensionados y todos aquellos planes sociales actualizados por la misma modificando de esta manera lo que ordena la Ley de Movilidad Previsional e impactando a la baja de los aumentos que hubieran correspondido con el mecanismo que establece la Ley.
De esta manera, la modificación opera sobre una población de más de 8,5 millones de personas que recibirían pagos ajustados mediante la fórmula reinterpretada.
La sanción de la Ley de Movilidad Jubilatoria requirió de un gran trabajo de todos los representantes del Poder Legislativo y tuvo un importante consenso entre todos los sectores políticos en la búsqueda de un camino con hacia el horizonte del 82%, por lo que esta reinterpretación atenta contra el trabajo y la voluntad parlamentaria.
Por todo lo aquí expuesto, convencida que la medida a tomar es contraria al espíritu de aquella sanción y a la voluntad de los legisladores solicito a mis pares me acompañen en el pronto tratamiento y aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN PARTIDO BLOQUISTA DE SAN JUAN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)