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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 8400-D-2016

Sumario: REGIMEN ESPECIAL DE JUBILACIONES PARA TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD VITIVINICOLA.

Fecha: 29/11/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 178

Proyecto
Régimen especial de jubilaciones para trabajadoras y trabajadores de Viñas
Artículo 1°.- Estarán incluidos en el régimen de la seguridad social establecido en el Título XII, artículos 78, 79, 80, 81, 82 y 83 de la ley 26.727 de Régimen de Trabajo Agrario, los trabajadores de la actividad vitivinícola que desempeñen las tareas enumeradas a continuación:
Carpida, escardillado, aporque, raleo, desmalezado manual, desmalezado mecánico, sembrado, injertación, control de plagas y enfermedades químico y biológico, fertilización, transplante, tutorado, atado, poda, desbrote, raleo, control de heladas, desmoche, blanqueo, descanutado, coberturas del suelo, riego, descortezado, cosecha manual, cosecha mecánica, selección, acondicionamiento, empaque.
Artículo 2°.- Las exclusiones del régimen de aplicación de la ley 26.727 no se aplicarán para los trabajadores enumerados en el artículo primero de la presente ley en todo lo relacionado al régimen de la seguridad social.
Artículo 3°.- Deróguese toda norma contraria a la presente ley.
Artículo 4°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley N° 24.241 establece el régimen de jubilaciones y pensiones de nuestro país y un criterio general de 65 años para los varones y 60 años para las mujeres para acceder a la jubilación.
Sin embargo, se han establecido mediante leyes y decretos excepciones a la norma general basadas en la insalubridad del trabajo. Así ha sido por ejemplo en los casos de los trabajadores Gráficos tipógrafos y linotipistas (Dto. 4257/68 Art. 1º Inc. F); Radiólogos (Dto. 4257 Art. 1º inc. F); Petroleros en boca de pozo (Dto. 2136/74); Aeronavegantes (Dto 4257/68); Personal Embarcado (Dto 6730/68); Trabajadores en la industria del Vidrio (Dto. 3176/71); Conductor de Ómnibus (Dto 4257/68 Art. 1º Inc. d); Transporte de Carga (Ley 20.740); Ferrocarriles (Dto. 4257/68 Art. 1º inc. c); Minas a cielo abierto (Dto. 4257/68 Art. 1º inc. c); Cámaras Frías (Dto. 4257/68 Art. 1º inc. b); Altas Temperaturas en acería y fundición (4257/68 Art. 2º inc. a); Industria de la Carne (Dto. 3555/72 Art. 1º); Servicios Eléctricos (Dto. 937/74); Recolección de Residuos (Dto. 2091/86 y Dto. 2465/86); Industria del Chacinado (Res. CNPICAC 4301/75); Estibadores Portuarios, Capataces y Guincheros (Dto. 5912/72); Docentes y Docentes de Frontera (Ley 14.473 y 19.524/72).
Otra excepción importante en materia de edad jubilatoria es la establecida en la Ley N° 26.727 que estableció un Régimen Especial Jubilatorio para los trabajadores agrarios, quienes para acceder al Beneficio de Jubilación Ordinaria, deberán acreditar 57 años de edad -sin distinción de sexo- y 25 años de servicios con aportes como trabajador agrario en relación de dependencia.
Los trabajadores rurales de Mendoza, que en un gran porcentaje se desempeñan en la actividad vitivinícola, también están entre los más sufridos en materia de condiciones laborales. Las labores culturales son realizadas a la intemperie: largas jornadas al rayo del sol en verano sufriendo calores agobiantes y fríos extremos en invierno, combinado con actividades que provocan un gran desgaste físico. Pese a esto, actualmente se encuentran discriminados y excluidos del régimen previsional de la Ley 26.727 que regula el trabajo agrario, impidiéndoles acceder a este derecho que les permitiría a sectores de trabajadores con 25 años de aporte la posibilidad de jubilarse a los 57 años.
Cabe destacar en este sentido que los padecimientos de estos trabajadores son inauditos. Como denuncian, trabajadores de viñas encargados de las labores culturales del viñedo, responsables de 10 a 11 hectáreas, sufren de dolores en sus extremidades superiores (brazos y manos) y cuello en el caso de los parrales, y extremidades superiores, inferiores y lumbares en los casos de conducción con espaldero. Tractoristas que cumplen extensas jornadas de trabajo a veces con temperaturas bajo 0, otras con calor extremos que pueden superar los 35º C. Comenzando a las 6 de la mañana, y solamente parando a comer, con tractores que no cuentan con los sistemas de amortiguación esenciales, sufren de crónicos problemas y dolores lumbares y de columna.
Las labores se realizan en zonas rurales, muchos son los trabajadores que deben trasladarse varios kilómetros a lugares a donde no llegan redes de transporte público o son muy escasas y con poca frecuencia. Son para muchos la bicicleta o el caminar sus principales formas de traslado. Otros padecen las inclemencias climáticas, principalmente el frío en invierno y a primera hora del día, viajando en motocicletas. Trabajadores mayores de 57 años se movilizan de a cientos por día en el campo en estas condiciones.
El sueldo inicial de un obrero de viña ronda tan solo los $7500 y de $8000 para los especializados, sueldos que se encuentran muy por debajo de los que cuesta la canasta familiar, que hoy se estima en alrededor de $18.000, siendo históricamente de los más bajos de la provincia.
Las patronales han extendido el uso de las denominadas “cooperativas truchas”, un verdadero fraude laboral cuyo objetivo es la precarización del trabajo, la división entre los trabajadores y producir una baja en el salario de los mismos. Estas cooperativas organizan cuadrillas de trabajadores a los que les pagan en negro, sin los mínimos requisitos de vestimenta y seguridad, sin realizarles aportes ni posibilitarles disponer de obra social.
En Argentina se estima que sólo en la cadena vitivinícola trabajan más de 113.000 personas, casi la mitad está localizada en el sector agrícola, mientras un tercio lo hace en la elaboración de vino y jugo de uva, y un 18% en el subsector uva de mesa y pasa de uva. En Mendoza son más de 70.000 los trabajadores vitivinícolas. Ellos son los que hacen mover una de las principales industrias de la provincia.
A pesar de ser un sector clave en la economía, las condiciones de vida a la que son sometidos sus obreros son lamentables.
En contraste, un estudio realizado por la COVIAR en 2016, llamado "Análisis Integral de la Vitivinicultura Argentina", demuestra que la situación de los empresarios del sector es muy distinta. El estudio, que analiza el año 2013, parte de considarar el Valor Bruto de la Producción (VBP), compuesto por el Consumo Intermedio (que corresponde al costo de los insumos necesarios para producir los bienes y servicios de un sector o actividad) y el Valor Agregado (que corresponde a la remuneración que reciben los factores productivos intervinientes: típicamente el trabajo, la tierra y el capital); en términos más explícitos, la remuneración o el pago a los factores productivos (Valor Agregado). Según la mecánica de análisis de este documento, el Valor Agregado se divide en remuneración a la mano de obra y remanente de explotación (que corresponde a la remuneración al propietario, los impuestos, las amortizaciones de capital, entre otros).
El informe aporta que en la producción primaria de uvas, de $4.050.000.000 del Valor Bruto de Producción (VBP), $607.500.000 representó el "excedente de explotación" (que corresponde a un aproximado del 15%).
En tanto en la elaboración de vinos (tanto en ventas a granel como en ventas embotellas "fraccionadas") de $18.525.000.000 del Valor Bruto de Producción (VBP) $2.706.980.000 representó el "excedente de explotación" (14,61%).
Como resultante, se puede estimar que las ganancias capitalistas en 2013 del sector combinado (producción de uva y bodegas) representó la suma de $3.314.480.000.
Estos números exponen la profunda desigualdad entre los trabajadores rurales con sueldos de los más bajos y condiciones de vida precarias, y las ganancias de empresarios que verdaderamente amasan fortunas explotando la fuerza de trabajo de miles de obreros del campo.
A pesar de esta situación de contrastes, el estado de la provincia de Mendoza y el estado nacional no han avanzado en materia de derechos laborales y mejoras salariales reales para los trabajadores; aunque sí han sido verdaderos benefactores para el desarrollo y enriquecimiento empresarial.
Si consideramos la quita de las retenciones a la exportación de vinos implementada a principios de año, vemos que representará para las grandes bodegas (de las cuales las 5 más grandes concentran casi la mitad de las exportaciones) una transferencia de capitales del orden de los $600.000.000 anuales tomando las estadísticas de las exportaciones vitícolas en el año 2015 y sus proyecciones para el 2016.
Podemos considerar también la prórroga (que ya cumplió 11 años), a través del decreto 628 publicado en el Boletín Oficial este año, a la exención del 12% del impuesto interno a los espumantes. Esta exención significó, según datos aportados por la cámara empresarial Bodegas de Argentinas, $340.000.000 de beneficios a este sector del empresariado vitivinícola en el año 2014 y casi $500.000.000 en 2015. Beneficios que nuevamente, recaen sobre lo más concentrado de esta rama de la vitivinicultura, siendo las primera 5 grandes bodegas elaboradoras de espumantes (de un total de 127) quienes concentran cerca del 70% del mercado.
Al mismo tiempo y en adición, podemos considerar también como ejemplo las instituciones creadas para facilitar líneas de crédito, propiciar el desarrollo y promoción en mercados internacionales para empresas, como son: el Fondo para la Transformación y el Crecimiento (FTyC), el Instituto de Desarrollo Rural (IDR), y la Fundación ProMendoza.
Solamente si consideramos el FTyC Mendoza vemos que esta es una entidad estatal creada en 1994. En 1995 la Legislatura provincial sancionó la Ley 6.303 “para canalizar la asistencia financiera directamente a los titulares de los proyectos de inversión privada, con tazas muy inferiores a las disponibles en el circuito bancario sustentadas por el estado con convenios con privados”.
Según datos y estadísticas obtenidos de la página oficial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento de la Provincia de Mendoza, algunos de los financiamientos destinados desde el año 2008 a la fecha a la industria vitivinícola de medio y gran capital (ya sea referente a la producción de uvas como su elaboración, fraccionamiento y comercialización) y sus derivados y afines, han sido:
Bonificación en tasas (Fondeo de Terceros / Convenios con Bancos): 662 operaciones por un total de $ 659.064.285,11
Cosecha y acarreo de uva: 8222 operaciones por un total de $ 566.556.430,96
Malla antigranizo: 1001 operaciones por un total de $ 242.722.628,30
Capital de trabajo: 510 operaciones por un total de $ 185.094.636,60
Un total de operaciones que ascienden a las 11.901 por un total de $ 2.062.135.667,32. Un número que contrasta, como hemos expuesto, con la situación de los trabajadores.
Por estos motivos, y por los que desarrollaremos oportunamente, solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BREGMAN, MYRIAM BUENOS AIRES PTS - FRENTE DE IZQUIERDA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
AGRICULTURA Y GANADERIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA