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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 8230-D-2013

Sumario: INCLUSION DE LOS CLUBES DE FUTBOL DEL TORNEO "ARGENTINO A" Y "ARGENTINO B" EN EL REGIMEN DE PERCEPCION Y RETENCION PARA EL INGRESO DE LOS APORTES PERSONALES Y CONTRIBUCIONES PATRONALES, PREVISTO EN EL DECRETO 1212/03.

Fecha: 20/02/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 196

Proyecto
Articulo 1º - Los Clubes de Futbol participantes de los Torneos "Argentino A" y "Argentino B", organizados por la Asociación del Futbol Argentino (AFA) quedan incorporados de pleno derecho a partir de la sanción de la presente ley al régimen de percepción y retención para el ingreso de aportes personales y contribuciones patronales para el futbol profesional dispuesto por el Decreto 1212/03.
Articulo 2º - El Poder Ejecutivo nacional reglamentara la presente ley dentro de los treinta (30) días. La Secretaria de Seguridad Social, la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Administración Nacional de la Seguridad Social, dictarán las normas complementarias para la aplicación de la presente ley, dentro de sus respectivas competencias.
Articulo 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto reparar la injusta situación en que se encuentran los clubes de futbol del interior del país que participan de los torneos organizados por la Asociación del Futbol Argentino (AFA) denominados "Argentino A" y "Argentino B" que, no obstante integrar el futbol profesional, son excluidos de los beneficios establecidos por el Decreto 1212/03.
Por dicha norma fue creado en sistema especial de aportes y contribuciones a la seguridad social correspondientes tanto al personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que militan en las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B" de esa entidad, como a los jugadores de fútbol, cuerpos técnicos, médicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional en cualquier categoría y demás personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
En efecto, el Decreto 1212/03 estableció un fondo solidario al que contribuyen los clubes dedicados a la práctica del futbol profesional, con un porcentaje de la recaudación, la transferencia de jugadores y la televisación de los torneos correspondientes a las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B" en todas las categorías. Dicho porcentaje a partir de agosto de 2005 es del 6,5 %, pudiendo reajustarse anualmente por la Secretaria de Seguridad Social.
La redacción del Decreto 1212/03 al enumerar las divisiones comprendidas ( Primera "A", Nacional "B" y Primera "B") impidió que cuando el Torneo Argentino A adquirió la condición de profesional, los clubes participantes del mismo, fueran alcanzados por los beneficios del Decreto. Tal situación de desactualización normativa fue confirmada con el Reglamento del Consejo Federal Art. 45 inc. b), que estableció desde la temporada 2009/2010 la profesionalidad del Torneo Argentino A.
Desde entonces, se viene generando un situación de desequilibrio en relación a los clubes efectivamente comprendidos en el decreto 1212/03, que provoca numerosas consecuencias negativas para los clubes de los Torneos Argentino "A y B" que acarrea serios perjuicios económicos a los clubes del interior del país.
Los equipos del Torneo Argentino A y los equipos de la Primera B Metropolitana conforman el tercer nivel del fútbol argentino detrás de la Primera A y el Nacional B. (1) Ambos torneos son de jerarquía similar, solo por el hecho de que el Torneo Argentino A congrega a clubes indirectamente afiliados principalmente del interior del país.
Resulta irritante además que cada vez que los clubes que suben de categoría profesional quedan encuadrados en las disposiciones del Decreto 1212/03, mientras los que pierden esa condición deben abandonar el régimen especial de aportes del futbol profesional, creando mayores problemas económicos a dichas instituciones deportivas. Esa situación significa un riesgo para todos los clubes del interior del país que descienden a los Torneos Argentinos "A" y "B".
Lamentablemente el Poder Ejecutivo nacional no ha demostrado hasta ahora voluntad política para reparar esta injusta situación, que ha dado lugar a muchos reclamos e incluso demandas judiciales de las instituciones deportivas, por las que se ha reconocido que el Decreto 1212/03 en su redacción actual contraviene el principio constitucional de igualdad ante la ley. Ello resulta de la injustificable exclusión que padecen los clubes intervinientes en el torneo Argentino A y B, no obstante reunir la condición de profesional, y de detentar una jerarquía similar a los de la Primera B Metropolitana, comprendidos en los beneficios de dicha normativa.
Advierto que nos encontramos en una situación que podría resolver por sì el Poder Ejecutivo con la sanción de un nuevo Decreto. Tal desidia se ha intentado corregir desde el Congreso Nacional, pero la norma propuesta se encuentra próxima a perder estado parlamentario en el Senado de la Nación.
Todo ello nos mueve a replantear la cuestión en esta Cámara de Diputados, llamando la atención del oficialismo para la oportuna modificación del Decreto 1212/03, que conlleva otra muestra palpable del deterioro del federalismo que sufrimos en nuestro país.
Por todo lo expuesto, solicito el apoyo de mis ares para dar aprobación al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEPORTES (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA