PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6979-D-2018
Sumario: ASIGNACIONES FAMILIARES - LEY 24714 -. MODIFICACION, INCORPORANDO A LAS PERSONAS GESTANTES.
Fecha: 07/11/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 158
Régimen de Asignaciones Familiares. Modificación a la ley 24.714
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1.- Incorpórese a la Ley 24.714 el siguiente artículo:
“ARTICULO 23.bis- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 11 y 23 de la presente ley, la mujer o persona gestante que reciba la prestación dispuesta en el inciso e) del artículo 6° podrá autorizar la retención por el monto equivalente al aporte a tributarse al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) determinado por la Ley 24.241.”
ARTICULO 2.- Incorpórese al inciso a) del artículo 3 el siguiente punto:
3. Las mujeres o personas gestantes que se encuentren percibiendo la prestación dispuesta en el inciso e) del artículo 6° de la ley 24.714.
ARTICULO 3.- Incorpórese como segundo párrafo al artículo 7 de la ley 24.241 el siguiente:
“Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las mujeres o personas gestantes que se encuentren percibiendo la asignación familiar dispuesta en el inciso e) del artículo 6° de la ley 24.714 podrán aportar voluntariamente por un monto equivalente al que correspondería por cobrar su remuneración habitual. En tal caso, se computará el periodo de licencia como periodo de servicios a los efectos de lo dispuesto en los Capítulos II y III de la presente ley.”
ARTICULO 4.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde mediados del siglo pasado, el sistema de seguridad social argentino se conformó a través de un conjunto de programas de carácter eminentemente contributivo. Consolidado desde el primer gobierno peronista y hasta mediados de la década del setenta, el sistema previsional fue funcional a una economía que se encontraba cercana al pleno empleo y con bajos niveles de informalidad, asegurando una amplia cobertura en cuanto al acceso a los beneficios previsionales.
Luego de la reforma previsional de 1994 los requisitos para acceder a un haber previsional se hicieron más restrictivos de manera concomitante con el deterioro del mercado de trabajo. Más allá de las mejoras logradas durante el período 2003-2015, se evidencia cierta dificultad para cumplir con los requisitos mínimos para percibir, durante la etapa de vejez, los beneficios de la seguridad social. Las medidas implementadas para permitir la cobertura de lxs adutxs mayores en ese período dan cuenta de los límites del sistema previsional contributivo. El incremento en beneficiarios de pensiones no contributivas y las diversas moratorias jubilatorias lograron revertir con creces el proceso de caída en la cobertura pasiva, abriendo el debate acerca de la necesidad de buscar complementos al sistema previsional tradicional.
Pero aún en el caso de que, a lo largo de toda su vida laboral no transiten episodios de desempleo o inactividad, las estadísticas dan cuenta de que las mujeres con nivel educativo inferior a universitario completo logran una cantidad de aportes de entre 22 y 27 años, mientras que los hombres logran en promedio acumular entre 34 y 36 años de aportes.
Este diferencial de género refleja en gran medida las discriminaciones que sufren las mujeres en el mercado de trabajo que se traducen en una historia laboral con mayores episodios de informalidad además de menores salarios. Pero incluso las mujeres que tienen trayectorias de empleo más formales pueden acumular menos años de aportes si deciden tener hijxs, durante el período de licencia y/o excedencia debido a que en dichos períodos no se les computan aportes.
Hasta tanto se logre la ampliación de derechos laborales que podrían aportar una mayor equidad en las tareas de cuidado dentro de los hogares, el presente proyecto de Ley busca establecer de manera transitoria la posibilidad de realizar aportes voluntarios durante los períodos de licencia por maternidad y excedencia a fin de contribuir en la consecución del número mínimo de años de aporte requeridos para jubilarse para las mujeres y personas gestantes que tengan un empleo registrado.
Por las razones expuestas, se solicita el acompañamiento y tratamiento de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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KICILLOF, AXEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |