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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 430

Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

Martes 16.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6288-D-2012

Sumario: ASIGNACIONES FAMILIARES (LEY 24714): INCORPORACION DE INCISO G) AL ARTICULO 14 TER, SOBRE ACREDITACION DEL REAL CONVIVIENTE CON EL MENOR, DEL TITULAR DEL BENEFICIO.

Fecha: 06/09/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118

Proyecto
Artículo 1: Incorpórese el inciso "G" al artículo 14 ter. De la ley 24.714 que quedará redactado de la siguiente forma:
"g) El titular del beneficio debe acreditar real convivencia con el menor a su cargo o en su defecto, en caso de no convivir con el menor, deberá demostrar anualmente que el beneficio es destinado a la manutención del mismo a los fines de seguir recibiéndolo.
El poder ejecutivo reglamentará la forma en la cual se acreditarán dichos requisitos."
Artículo 2: de forma, comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Decreto 1602/2009 tuvo por objeto Incorporar el Subsistema no Contributivo de Asignación Universal por Hijo para la Protección Social con el fin de mejorar la situación de los menores y adolescentes en situacion de vulnerabilidad social mediante la inclusión de los grupos familiares desocupados o que se desarollan en el sector informal al régimen de asignaciones familiares que establece la ley 24.714.
Teniendo en cuenta que dicho beneficio se concibió destinado a los sectores más vulnerables de la sociedad es menester tener en cuenta factores que hacen a la cotidianeidad de dicho espectro social que sin ser exclusivas tampoco le son ajenos.
Vivimos en tiempos donde la contitución de la familia tradicional se encuentra en crisis, donde el divorcio, la separación de hecho y el concubinato casi igualan las tasas de matrimonios legalmente constituidos, en este contexto existen infinidad de casos donde uno de los padres del menor es el que convive con los hijos mientras el otro forma nuevas familias sin que esto conste formalmente en los registros públicos.
En los sectores más vulnerables de la sociedad es donde observamos este fenómeno con mas frecuencia, mas allá de la judicialización de los temas relativos a alimentos.
Suele suceder aveces que el conyugue, concubino o pareja titular del beneficio de asignación familiar (ya sea dentro de la economía formal como de la informal) al separarse de su pareja no cumple con la manutención de los hijos,esto, si bien puede subsanarse mediante juicio por alimentos, produce hasta el día de la sentencia una situación de desamparo para el adulto que ha quedado extraoficialmente a cargo de los menores y para los menores mismos.
Es por eso que se plantea la necesidad de nombrar titular del beneficio al adulto que realmente convive, tiene a su cargo y se ocupa de la manutención y amparo de los menores producto de la relación mientras esa situación se mantenga.
Es por lo antes expuesto que solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FORCONI, JUAN CARLOS SANTA FE SANTA FE EN MOVIMIENTO
ARENA, CELIA ISABEL SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GERMANO, DANIEL SANTA FE FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA