PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6281-D-2017
Sumario: TRABAJADORES DE LA CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES QUE SE DESEMPEÑEN EN CAMARAS FRIGORIFICAS Y TUNELES DE PREENFRIAMIENTO A TEMPERATURAS INFERIORES A CERO GRADO CENTIGRADO. SE ESTABLECE UN REGIMEN PREVISIONAL DIFERENCIAL.
Fecha: 27/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 174
Artículo 1º - Establécese que los trabajadores que se desempeñan en la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires, realizando cualquier actividad laboral en cámaras frigoríficas y túneles de preenfriamiento a temperaturas inferiores a cero grados centígrados (0º), gozarán de un régimen previsional diferencial pudiendo acceder a la jubilación cuando alcancen la edad de cincuenta y cinco (55) años, sin distinción de sexo.
Artículo 2º - Para acceder a los beneficios previsionales establecidos en esta ley, los trabajadores deberán acreditar trescientos (300) meses de servicios con aportes computables a uno o más regímenes del sistema de reciprocidad previsional, de los cuales al menos el ochenta por ciento (80%) de los últimos ciento ochenta (180) meses deben haber sido prestados en las condiciones establecidas en el artículo anterior.
Artículo 3º - Fíjase una contribución patronal adicional a la establecida en el Sistema Integrado Previsional Argentino, a cargo de los empleadores, a aplicarse sobre la remuneración imponible de los trabajadores comprendidos en el presente régimen. Esta contribución patronal adicional será de dos puntos porcentuales (2%) durante el primer año desde la vigencia de la presente ley, de tres puntos porcentuales (3%) durante el segundo año contado desde la misma fecha, de cuatro puntos porcentuales (4%) durante el tercer año contado desde la misma fecha y de cinco puntos porcentuales (5%) a partir del cuarto año.
Artículo 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se propicia esta ley, toda vez que los trabajadores que se desempeñan en la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires, en cámaras frigoríficas y túneles de preenfriamiento a temperaturas inferiores a cero grado centígrado, están sometidos a temperaturas extremadamente agresivas para el cuerpo humano.
Resulta indudable que estas tareas se desarrollan en condiciones de trabajo insalubre y ello afecta gravemente su salud. Trabajar en temperaturas inferiores a los cero grados centígrados, ocasiona estrés por frio y a tales condiciones se encuentran sometidos aquellos trabajadores que laboran en cámaras frigoríficas y túneles de preenfriamiento.
La exposición a temperaturas inferiores a los cero grados centígrados, puede generar efectos tales como malestar general, disminución de la sensibilidad, congelación de miembros del cuerpo, torpeza, perdida de coordinación, perdida de concentración e incluso la muerte.
Para afrontar estas temperaturas se requiere ropa de abrigo, botines de seguridad, guantes y protectores auditivos, la alimentación de los referidos trabajadores, debe ser especial toda vez que es necesario que consuman alimentos calientes y altos en calorías, como asi también abundante cantidad de líquidos.
Trabajos como los descriptos impactan en el acelerado envejecimiento de los trabajadores, es por ello que se propicia reconocer una disminución en la edad de retiro con el cumplimiento estricto de los requisitos para el financiamiento del sistema
Es por ello que solicito a los Sres. Diputados me acompañen con su firma en el presente proyecto.”
Firmante | Distrito | Bloque |
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RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
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