PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 430
Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER
Martes 16.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2424 Internos 2424/25
cpyssocial@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 5606-D-2012
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA EL "VI CONGRESO ARGENTINO DE PREVISION SOCIAL", A REALIZARSE DEL 31 DE OCTUBRE AL 2 DE NOVIEMBRE DE 2012 EN LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 15/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
de INTERES PARLAMENTARIO
NACIONAL, al VI CONGRESO ARGENTINO DE PREVISIÓN SOCIAL, que se llevará a
cabo en la Ciudad de Mar del Plata, del 31 de octubre al 2 de noviembre de 2012,
organizado por la Asociación de Abogados Previsionalistas, conjuntamente con la
Asociación de Abogados de Buenos Aires - AABA- en el Hotel Costa Galana de esa
ciudad, en la cual se congregarán mas de 500 participantes de todo el país
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El VI Congreso de Previsión social ya
cuenta con la Declaración de Interés Turístico municipal, otorgado por el ENTE
MUNICIPAL DE TURISMO DE LA MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE GENERAL
PUEYRREDON y están tramitándose la declaración de Interés Municipal y
Académico.
La Asociación Civil de Abogados
Previsionalistas, creada el 23 de octubre de 1996, es una entidad sin fines de
lucro, cuyos propósitos fundamentales son el bien común de la cultura y
solidaridad general; la investigación en la materia del Derecho de la Previsión
Social; la capacitación e información; la producción de proyectos y dictámenes
técnicos cuando sean requeridos por organismos oficiales o privados y todos
aquellos aportes que sean necesarios para el enriquecimiento de la especialidad.
Se determina dentro de los objetivos
de la Asociación, promover el desarrollo del conocimiento en el campo del derecho
de la previsión social, representar a los profesionales asociados ante los foros,
entidades y organismos privados y públicos tanto municipales, Nacionales e
Internacionales; promover el mejoramiento de la Legislación Previsional y sus
Reglamentaciones, la defensa del Sistema Previsional Público; propender a
mantener la constitucionalidad del Derecho de la Previsión Social, con el objeto de
exigir el cumplimiento de los derechos y deberes inherentes al ejercicio de la
profesión.
Es misión de la ASOCIACIÓN CIVIL
DE ABOGADOS PREVISIONALISTAS colaborar con los profesionales del derecho
para su permanente actualización en materia tan dinámica como lo es el derecho
de la Seguridad Social, contando, desde su creación con la participación de
profesionales idóneos y con la eficacia y experiencia necesaria para la satisfacción
del bien común, excediendo el mero interés sectorial.
La trayectoria como Institución de
Formación Académica marca la realización de las I JORNADAS NACIONALES DE
PROCEDIMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL realizados del 6 al 8 de noviembre
del 2003 en la ciudad de Mar del Plata, II JORNADAS NACIONALES DE PREVISIÓN
SOCIAL realizadas el 1 y 2 de noviembre de 2005, en la Facultad de Derecho de la
Universidad de Buenos Aires, las III JORNADAS NACIONALES DE PREVISIÓN
SOCIAL realizadas el 23 y 24 de abril de 2008, declaradas de INTERES
PARLAMENTARIO por la HONORABLE
CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
NACIÓN, las IV JORNADAS NACIONALES DE PREVISIÓN SOCIAL realizadas el 5 y 6
de noviembre del 2009, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de
Mar del Plata, siendo distinguidas con la Declaración de Interés Municipal por el
Honorable consejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, con la
Declaración de INTERES TURÍSTICO MUNICIPAL por el Ente Municipal de Turismo
de General Pueyrredon, y con la declaración de Interés Académico por la Facultad
de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, las V JORNADAS
NACIONALES DE PREVISIÓN SOCIAL realizadas el 20 y 21 de octubre de 2011, en
el Hotel Bauen de la Ciudad de Buenos Aires.
La Asociación organizó asimismo el I
CONGRESO INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEL MERCOSUR y EL 1º
CONGRESO FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL, realizados los 6, 7 y 8 de octubre
de 2010, en el centro de Eventos y Convenciones del Iguazú de la Ciudad de
Puerto Iguazú, Misiones.
También organizaron conjuntamente
con la Asociación de Abogados de Buenos Aires -AABA- el I CONGRESO
ARGENTINO DE PREVISIÓN SOCIAL, realizado del 22 al 24 de agosto del 2001, en
la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, el II CONGRESO
ARGENTINO DE PREVISIÓN SOCIAL, realizado del 28 al 30 de Noviembre del
2002, en la ciudad de Córdoba, el III CONGRESO ARGENTINO DE PREVISIONAL,
realizado el 25 y 26 de noviembre de 2004, en la ciudad de Santa Fe, el IV
CONGRESO ARGENTINO DE PREVISIÓN SOCIAL realizado del 18 al 20 de
septiembre de 2006, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de
Catamarca, el V CONGRESO ARGENTINO DE PREVISIÓN SOCIAL, realizado del 29
al 31 de octubre del 2008, en el Hotel Alejandro I de la Ciudad de Salta.
Con el fin de logras estos objetivos es
que solicito a los señores Diputados la aprobación de este Proyecto de
Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
23/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1252/2012 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 33/2012 | 02/11/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 20/11/2012 | APROBADO |