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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5463-D-2017

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA CUMPLIR CON EL PAGO DE LA ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO EN EL DEPORTE, PREVISTO EN LA LEY 27201.

Fecha: 10/10/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 144

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que corresponda, disponga las medidas necesarias para la plena aplicación de la ley 27.201 y su decreto reglamentario 2657/2015 y el cumplimiento inmediato, con carácter retroactivo a la fecha de su entrada en vigencia, del pago de la Asignación Universal por Hijo en el Deporte, prevista en dicha normativa.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 3 de noviembre de 2017 se promulgó la ley 27.201, que crea un sistema institucional conformado por el Ente Nacional de Desarrollo Deportivo (ENADED) y la Asignación Universal por Hijo en el Deporte (AUHD).
El ENADED es un persona jurídica de derecho público no estatal integra-da por el Observatorio Nacional del Deporte y la Actividad Física, dependiente del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación y la Confederación Argentina de Deportes, y tiene la principal misión de gestionar y coordinar el desarrollo del deporte y la actividad física entre la Nación, las provincias y los municipios, dando además asesoramiento y apoyo económico para el desarrollo de la infra-estructura deportiva.
La AUHD, tiene por objeto asegurar el derecho a la práctica del deporte y la actividad física de niños, niñas y adolescentes de toda la Nación. Es un suplemento adicional para cada persona menor de edad o con discapacidad, que tengan entre 6 y 16 años de edad y estén a cargo de los titulares de derecho que perciban la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, destinado al pago de la cuota de estímulo deportivo de los beneficiarios en las asociaciones civiles deportivas comprendidas en la Ley del Deporte, 20.655.
La ley 27.201 fue reglamentada por el decreto 2657/2015, del 30 de noviembre de 2015, cuyo artículo artículo 10 a) establece que el gasto que demande el cumplimiento del beneficio será afectado:
I. A lo establecido en el artículo 18 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias (Sistema integrado de Jubilaciones y Pensiones)
II. A los rendimientos anuales del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino creado por el Decreto N° 897/07 y modificatorias.
A veintidós meses de su creación, el gobierno nacional no ha puesto en práctica el sistema institucional descripto y por ende no ha cumplido con el pago de la AUDH.
Se estima que tres millones de niñas, niños y adolescentes se han visto privados de un derecho reconocido por la ley.
En una nota periodística publicada en “Tiempo Argentino” el 10/9/2017, Rodolfo Paverini, presidente de la CAD y titular del ENADED, señala que en marzo de 2016 el ente estableció un monto de $450.- para la AUHD - 40% de la AUH - y se comunicó a la ANSES, que incluso reconoció la procedencia del beneficio en una minuta del 6/6/16.
Se calcula entonces que desde enero de 2016, cuando debió abonarse por primera vez, hasta agosto de 2017, el gobierno omitió pagar 27 mil millones de pesos, monto se debía destinar a la cuota de los clubes para que los beneficiarios realizaran actividades deportivas.
Paverini agrega que el ente ha realizado una presentación judicial ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Federal N° 3, para que el gobierno nacional cumpla con la ley y pague la asignación.
Es evidente por lo tanto que hay una decisión del gobierno nacional de incumplir con la ley vigente, produciendo en los hechos un nuevo recorte presupuestario que se inscribe en las políticas de ajuste que viene des-plegando desde que asumió, siempre en perjuicio de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad, desconociendo, restringiendo o eliminando derechos adquiridos. Excluyéndolos, en definitiva.
En este caso, se apunta claramente a desactivar un sistema que promueve la integración social de millones de niñas, niños y adolescentes mediante el desarrollo de prácticas deportivas y de actividad física, que además redunda en un apoyo en dinero a los clubes que ofrecen estas actividades.
Por las razones expuestas solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GUZMAN, ANDRES ERNESTO CORDOBA BRIGADIER GENERAL JUAN BAUTISTA BUSTOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)