PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 430
Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER
Martes 16.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2424 Internos 2424/25
cpyssocial@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 5375-D-2008
Sumario: RATIFICACION DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS PROVINCIALES SOBRE RETENCION DEL 15% DE LA MASA DE IMPUESTOS COPARTICIPABLES, LEY 24130: DEROGACION DEL ARTICULO 1 DEJANDO SIN EFECTO LAS CLAUSULAS 1 Y 8 DE DICHO ACUERDO.
Fecha: 25/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
Articulo 1. Derogase el
artículo 1 de la ley 24.130, dejando sin efecto las cláusulas Primera y Octava
del Acuerdo que ratifica dicha ley.
Articulo 2. A partir de la
entrada en vigencia de la presente ley el Estado Nacional no podrá retener el
porcentaje establecido en la Cláusula Primera del Acuerdo mencionado en el
artículo precedente de la masa de impuestos coparticipables a las provincias,
de acuerdo a lo previsto en el artículo 2do de la Ley 23.548 y sus
modificatorias, para la atención de obligaciones previsionales nacionales y
otros gastos que resulten necesarios.
Artículo 3. Invitase a las
Provincias a adherir expresamente a la presente ley.
Artículo 4. Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En agosto de 1992 el
Gobierno nacional y los Gobiernos Provinciales suscribieron un acuerdo por el
que se autorizaba al Estado Nacional a retener un 15 % de la masa de
impuestos coparticipables prevista en el artículo 2do. de la Ley 23.548 y sus
modificatorias para atender el pago de obligaciones previsionales nacionales.
En septiembre de 1992 por ley 24130 el Congreso Nacional ratificó dicho
acuerdo.
La grave crisis por la que
atravesaba el sistema previsional público fue la razón por la que las provincias
acordaron dejar de percibir una importante suma de dinero para sostener en
conjunto el sistema.
La situación actual, dieciséis
años después de aquel Pacto, es totalmente opuesta. Desde hace algunos
años y en forma sostenida la Administración Nacional de la Seguridad Social
muestra un superávit creciente.
La invalorable ayuda de los
gobiernos provinciales, un aumento del empleo regular sumado al ingreso de
nuevos recursos al sistema de reparto, como consecuencia de los cambios
introducidos por la ley 26. 222 al sistema jubilatorio creado por ley 24241 que
le derivó, desde las AFJP, 1.263.478 nuevos aportantes y más de $ 7000
millones.
Concretamente el Sistema de
Seguridad Social ha devenido en una caja rebosante de recursos. Según datos
de la consultora MVAS Macroeconomía, entre enero y setiembre de 2006,
acumuló un superávit de 5.715 millones de pesos. Eso significa ya 57,6% más
que el saldo de todo 2005. Y un aumento sideral respecto de los magros 279
millones de 2004.
Tan holgado de plata está el
Sistema de Seguridad Social la ANSES le presta el excedente (que es de las
provincias) a la Nación y ésta le paga un 4% anual. La Nación, a su vez, les
presta a las provincias para que financien sus deudas la misma plata, al 7%
anual.
Por ello los fundamentos del
acuerdo celebrado en 1992 ya no existen. No hay nada que justifique que las
provincias dejen de percibir sumas de dinero que les corresponden y que les
son más que necesarias.
La Cláusula octava del Pacto
Fiscal expresa que el mismo tendría vigencia hasta el 31 de Diciembre de
1993, sin embargo se asegura el descuento hasta tanto no haya un nuevo
acuerdo de partes o una nueva Ley de Coparticipación Federal. Por supuesto
que esa aclaración no implicaba darle perpetuidad a un acuerdo que atendía a
una situación circunstancial, hoy superada. Asimismo, la ley de Coparticipación
Federal, atento la manda establecida por el artículo 75 inciso 2 de la
Constitución Nacional de 1994, debería haber sido sancionada en 1996.
Así las cosas, la ley 24.130 fue
prorrogada por el Art. 76 de la Ley Nº 26.078 de 2006.
Por otro lado, la distribución de
impuestos coparticipables se ha deteriorado año a año en desmedro de las
provincias, según un reporte de Economía & Regiones, de la masa de recursos
coparticipables, en el primer semestre de 2008, sólo el 31,5% se distribuyó
entre las 24 provincias. El mínimo de transferencias al interior debería ser del
34% según el artículo 7° de la actual ley 23.548. Así, la Nación retuvo el
68,5% de los impuestos recaudados.
Muchos gobernadores de
provincias reclamaron a la presidenta Cristina Kirchner un reparto equitativo
de los recursos nacionales y que el Gobierno convoque a los mandatarios a
discutir una nueva ley de coparticipación federal. La falta de recursos de
provincias y municipios viene agudizando el malestar del interior con la Nación,
que mes a mes anuncia superávit fiscal.
Por todo lo expuesto, siendo que
esa retención de fondos coparticipables ya no tiene razón de ser es que solicito
a mis pares acompañen con su voto afirmativo este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
NAIM, LIDIA LUCIA | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |