PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4785-D-2016
Sumario: CONVENIO MARCO DE COOPERACION ENTRE LA "ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES -" Y LA SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA DEPENDIENTE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - RESOLUCION N° 166/2016 -. DEROGACION.
Fecha: 05/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
Artículo 1°. – Derógase la Resolución N° 166/2016 del Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°. – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado 25 de julio se publicó en el Boletín Oficial la resolución 166 del Jefe de Gabinete de Ministros, Licenciado Marcos Peña, donde se aprueba un Convenio Marco de Cooperación entre el ANSES y la Secretaría de Comunicación Pública dependiente de la Jefatura de Gabinete.
Dicho Convenio posibilita a la Secretaría de Comunicación Pública a utilizar para sus campañas, la información de los 16 millones de ciudadanos que está en las bases de datos de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS).
Según lo publicado en el Boletín Oficial, uno de los objetivos del Convenio es “mantener informada a la población a través de diversas modalidades, que incluyen desde las redes sociales y otros medios de comunicación electrónicos, hasta el llamado telefónico o la conversación persona a persona”.
El ANSES deberá remitirle periódicamente a la Secretaría de Comunicación Pública la información de cada ciudadano y ciudadana especificando nombre y apellido, DNI, CUIT o CUIL, domicilio, teléfonos, dirección de correo electrónico, fecha de nacimiento, estado civil y estudios.
Esta resolución viola manifiestamente la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales y es anticonstitucional porque contradice la protección consagrada en el artículo 43 de nuestra Ley Fundamental.
No es la primera vez que el Gobierno de Mauricio Macri intenta hacerse con datos personales de los y las ciudadanas para potenciar sus campañas políticas. Hace aproximadamente un mes, el Jefe de Gabinete Lic. Marcos Peña intentó quedarse con la base de datos del Sistema Único de Boleto Electrónico, la tarjeta SUBE, el medio de pago del transporte público que usan unas 12 millones de personas.
Resulta muy preocupante que se siga utilizando legal e ilegalmente, tal como sucedía en el gobierno anterior, a los organismos del Estado con fines partidarios.
La protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, debe garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, de conformidad a lo establecido en el artículo 43 y a la Ley 25.326. Cabe agregar que el concepto de privacidad se encuentra vinculado al de la intimidad que es un derecho garantizado en los principales instrumentos interamericanos y universales de derechos humanos.
En virtud de las consideraciones expuestas, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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