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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4617-D-2014

Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSION LABORAL DE JOVENES PROFESIONALES: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION.

Fecha: 12/06/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65

Proyecto
ARTICULO 1°.-
Créase el Programa Nacional de Inclusión Laboral de Jóvenes Profesionales en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguri- dad Social de la Nación, con el objeto de fomentar la contratación de jóvenes profesiona- les por empresas y organismos privados a cambio de descuentos contributivos.
ARTICULO 2°.-
Créase un Registro Vir- tual para la inscripción voluntaria de aquellos jóvenes que hayan obtenido títulos tercia- rios, técnicos o universitarios, a los fines de crear una lista de postulantes a distintos em- pleos en las empresas u organismos que adhieran mediante convenio al presente progra- ma.
Las inscripciones se rea- lizarán por medio de una página web en donde los interesados podrán seleccionar las empresas de su interés, las cuales estarán diferenciadas por áreas y enviar sus datos per- sonales, profesionales y de contacto.
ARTICULO 3°.-
Las empresas u organis- mos privados podrán adherir al presente programa mediante la suscripción de convenio con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a fin de obtener un descuento en las contribuciones patronales del 100% por cada trabajador contratado en el marco de este programa por el plazo de 24 meses, y un descuento del 50% los 24 meses siguientes.
ARTICULO 4°.-
Los beneficios previstos en el Artículo 3°.- serán otorgados a los empleadores siempre que, la contratación de uno o varios jóvenes profesionales, implique aumento efectivo de la planta de personal preexistente.-
ARTICULO 5°.-
El presente proyecto y el Registro Virtual de Aspirantes deberán ser puestos en funcionamiento en el plazo de 6 meses desde su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 6°.-
Pase al Poder Ejecutivo para su reglamentación.
ARTICULO 7°.-
De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene como obje- to la creación del Programa Nacional de Inclusión Laboral de Jóvenes Profesionales en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, con la finalidad de fomentar la contratación de jóvenes profesionales por empresas y organismos privados a cambio de importantes descuentos contributivos.
Teniendo en cuenta que los últimos diez años han sido objeto de una ardua tarea de inclusión social de diversos sectores, y las estadísti- cas nacionales y provinciales nos muestran un crecimiento significativo en la cantidad de jóvenes que ingresan a carreras universitarias , técnicas o terciarios y logran concluir sus estudios y formarse profesionalmente, es necesario seguir profundizando este sistema, ayudando a aquellos jóvenes que se han graduado recientemente a ingresar a su primer trabajo como profesional. Cuestión que muchas veces es difícil, ya que no cuentan en su mayoría con antecedentes laborales, o experiencia en áreas relacionadas con la carrera que han estudiado.
La Dra. Cristina Fernández de Kirchner co- menzó este proceso con la Asignación Universal por Hijo, seguido x el Programa Nacional "Conectar Igualdad" y más recientemente la excelente iniciativa de "PROGRESAR", es por ello que pretendemos que mediante un esfuerzo compartido entre las distintas empresas y organismos privados y el Estado, esta tarea inclusiva llegue aún más allá, abarcando tam- bién a las personas que han concluido sus estudios y cuentan con conocimientos en distin- tas áreas laborales.
Si bien el presente proyecto se encuentra directamente dirigido a facilitar el acceso de los jóvenes profesionales a un primer empleo, para ayudar a eliminar las barreras que presentan la falta de experiencia y la necesidad de capacitación que se hace necesaria, indirectamente las empresas u organismos también se verán beneficiadas al adherir a este programa, no solo por eximirse de abonar las contri- buciones por el plazo de 2 años y abonar solo el 50% los 2 años posteriores, sino también porque tenemos que tener en cuenta que los jóvenes estadísticamente son más abiertos a los cambios y al aprendizaje, lo que permite incorporar personas capaces de hacer frente a las nuevas realidades que atraviesan todos los procesos sociales.
Los jóvenes son el presente y el futuro, y de su formación e inserción en el mundo del trabajo dependerá el fortalecimiento y creci- miento de nuestro país, es por ello que solicito a mis pares el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ABRAHAM, ALEJANDRO MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0236-D-16