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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 430

Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4557-D-2018

Sumario: ASIGNACIONES FAMILIARES - LEY 24714: INCORPORACION DEL ARTICULO 18 BIS, SOBRE INCREMENTO DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS PARA DISTINTAS ZONAS DEL PAIS.

Fecha: 01/08/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91

Proyecto
Artículo 1°: Incorpórese como artículo 18 bis de la Ley N° 24.714, el siguiente artículo:
“Artículo 18 bis: Los montos establecidos en el artículo 18° para las asignaciones familiares previstas en la presente ley, se incrementarán en los siguientes porcentajes para los beneficiarios que vivan en las Zonas que a continuación se detallan:
a) Incremento del 100% (Cien por ciento) para Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.
b) Incremento del 200 % (Doscientos por ciento) para Zona 2: Provincia del Chubut.
c) Incremento del 300% (Trescientos por ciento) para Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.
d) Incremento del 300% (Trescientos por ciento) para Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.”
Artículo 2°: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través del Decreto 702/2018 publicado el 26 de julio de 2018 el gobierno nacional elevó el piso y bajó el techo para acceder al cobro de las asignaciones familiares, pero al mismo tiempo eliminó los beneficios que en ese concepto alcanzaban a más de 100 mil niños y niñas de provincias de la Patagonia y algunas zonas del norte.
La medida, que comenzaría a regir a partir de septiembre, fue presentada con el objetivo de aumentar la recaudación por aportes de empleadores, esto es un ajuste en el gasto social.
La vicepresidenta de la nación Gabriela Michetti, el Jefe de Gabinete de Ministros Marcos Peña y el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Jorge Triaca refrendaron este decreto que equiparara hacia abajo el valor de las asignaciones familiares en todo el país y de ese modo las personas de las zonas en las que se percibían beneficios pasarán a cobrar menos de la mitad.
Actualmente, el monto general por asignación percibido por los trabajadores en relación de dependencia con menores salarios alanza los $1.578, y entre $3.155 y $3.407 para los registrados en las provincias de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y algunos departamentos de Catamarca, Jujuy y Salta, entre otras zonas.
El decreto afirma que “resulta conveniente asociar el valor del límite de ingresos mínimo habilitante para la liquidación de asignaciones familiares, con el valor de la base imponible mínima previsional. Más aún teniendo en cuenta que el Sistema de Asignaciones Familiares, en su faz contributiva, tiene como fuente primordial de financiamiento a las contribuciones patronales y está fundado en los principios de reparto.”
Sin embargo, el decreto desconoce por completo que lo ingresos adicionales por zona desfavorable son un complemento que se incorpora al salario con el objeto de compensar los mayores costos que tienen los trabajadores por realizar sus tareas o vivir en lugares geográficos que, como la Patagonia, por diversas causas, tienen un nivel de precios superior al del promedio Nacional. Mantener un esquema de asignaciones familiares con un adicional por zona desfavorable no implica otra cosa que mantener el poder adquisitivo respecto de otras regiones del país, en un marco de federalismo y un verdadero imperativo de justicia social.
Las consecuencias directas del decreto sobre los grupos familiares son:
• Los grupos familiares (dos empleados en blanco con hijos)que hoy perciben ingresos hasta $94.786, cobran la asignación de forma mensual, pero desde el primero septiembre próximo sólo la recibirán los grupos familiares que perciban en conjunto hasta $83.917.
• Hoy un integrante del grupo que tiene un salario máximo de $47.393 pude cobrar la asignación, pero desde septiembre sólo aquel que tuviera un ingreso superior a los $41.959 ya no la recibirá más.
• De los que hoy cobran entre $200 a $2.815, cuando entre en vigencia la medida, el piso del salario mensual para acceder a las asignaciones familiares será de $ 2.816.
• Para los habitantes con hijos de las cuatro Zonas desfavorables que actualmente reciben hoy entre $3.155 y $3.407 por mes (Patagonia y algunos departamentos provinciales del Norte), desde septiembre se igualará hacia abajo con el área metropolitana, el Litoral y el centro de la Argentina al "valor general", que actualmente es de $ 1.578. O sea, dejaran de percibir entre $1.577 y $1.829 mensuales.
La entrada en vigencia de este decreto atenta contra el federalismo y directamente sobre el bolsillo cada familia de trabajadores que se encuentran en zonas de nuestro país bajo condiciones climáticas adversas y muy distanciados de los grandes centros urbanos de consumo y distribución de bienes y servicios. Es por ello, que conociendo las intenciones del gobierno del presidente Marucio Macri revalidamos el concepto de zona desfavorable aplicado a las asignaciones familiares y proponemos se incrementen los porcentajes percibidos por sus beneficiarios.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, DARIO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KICILLOF, AXEL CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
IGON, SANTIAGO NICOLAS CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LEAVY, SERGIO NAPOLEON SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SAPAG, ALMA LILIANA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TUNDIS, MIRTA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SALVAREZZA, ROBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SORIA, MARIA EMILIA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MUÑOZ, ROSA ROSARIO CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
SNOPEK, ALEJANDRO FRANCISCO JUJUY FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MOREAU, LEOPOLDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA