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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4475-D-2017

Sumario: ESTABLEZCASE UN AUMENTO DE EMERGENCIA A FAVOR DE LOS BENEFICIARIOS DEL "SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES".

Fecha: 24/08/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110

Proyecto
ARTÍCULO 1°: Establézcase un aumento de emergencia a favor de los beneficiarios del SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES del Régimen Previsional Público y a los del Régimen de Capitalización que perciban componente público, a cuyo efecto el Estado Nacional deberá garantizar un aumento de 20% del haber mínimo establecido en el artículo 17 de la presente ley.
El aumento se adicionará al incremento que surge según lo estipulado en la Ley de Movilidad Jubilatoria (N° 26.417).
ARTÍCULO 2°: El financiamiento se hará conforme los recursos establecidos en el Artículo 18 de la ley 24.241.
ARTÍCULO 3: Modificar el artículo 135 de la ley Nacional N°24.013, estableciendo la incorporación de las organizaciones más representativas de Jubilados y Pensionados, en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil
ARTÍCULO 4°: El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley en el plazo de 30 días de ser sancionada.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley pretende compensar el desfasaje económico que han perjudicado a los haberes de los jubilados y pensionados, a raíz del ascendente proceso inflacionario que se registrara durante el año 2016.
Claramente, conforme surge de la realidad social y económica los vaivenes económicos han afectado a los sectores más vulnerables, con manifiesto perjuicio a la naturaleza integral del beneficio y el derecho de propiedad.
El defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, dijo que "en el hipotético caso que se mantuviera la pauta inflacionaria para lo que resta del año, el haber jubilatorio se estaría recuperando alrededor de 4 puntos respecto a la pérdida de 10 que hubo en 2016", muy lejos de lo anunciado por el Poder Ejecutivo, referente a que el segundo aumento anual para jubilados establecido por la ley de Movilidad "significará un aumento del 27% en todo el año", y que eso se traduce en "siete puntos por encima de la inflación".
Al magro haber que perciben los jubilados y pensionados, debemos a su vez sumar otra situación como lo es el aumento de los medicamentos entre octubre de 2015 y junio de 2017 fue del 132%" mientras que los jubilados solo recibieron una mejora entre septiembre de 2015 y marzo de 2017 del 67,33%.
Por esta razón enteremos oportuno que se establezca una suma adicional al haber correspondiente que encuentre relación con el valor de la canasta básica, cuyo monto asciende a la fecha a la suma de $16.134,00
En función de ello, hemos previsto que este monto se adicione y liquide en el periodo correspondiente al año 2017, a los efectos de poder compensar, sin perjuicio de seguir insistiendo en una real recomposición del haber que mantenga parámetros de mayor equidad en lo que perciban los activos y pasivos.
Por este motivo entendemos necesario que se incorpore a las organizaciones mas representativas de jubilados y pensionados en la discusión del Consejo del Salario, hecho por cual hemos previsto la reforma del Artículo 135 de la Ley 24.013.
El presente proyecto queda enmarcado en lo establecido en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que en su Artículo 17 sobre el Derecho a la Seguridad Social, prevé la obligación de los Estados Parte de promover progresivamente, dentro de los recursos disponibles, que la persona mayor reciba un ingreso para una vida digna a través de los sistemas de seguridad social.
Por todo lo expresado, solicitamos a los Sres. Legisladores, el acompañamiento del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARRETO, JORGE RUBEN ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SEMINARA, EDUARDO JORGE SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GRANA, ADRIAN EDUARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
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