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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 430

Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

Martes 16.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4081-D-2009

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA EMISION DE LETRAS DEL TESORO NACIONAL CONTENIDAS EN LAS RESOLUCIONES CONJUNTAS 177/09 Y 45/09 DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y DE FINANZAS, PARA PRESERVAR EL FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO.

Fecha: 26/08/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo, con el objeto de solicitarle que, por medio del organismo que corresponda, informe respecto a la emisión de letras del tesoro nacional contenido en las Resoluciones conjuntas Nº 177/09 y 45/09 de la Secretaría de Hacienda y de Finanzas, respectivamente, y sobre los siguientes puntos:
- Señale los planes de inversión previstos con esta nueva emisión de letras del tesoro.
- Explique los criterios adoptados para determinar las tasas de interés de dichas letras del tesoro, y cómo dichos criterios preservan el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino.
- Indique cuál es el plan de inversión a largo plazo de la ANSES y de los fondos provisionales argentinos.
- Indique el detalle de las inversiones de la ANSES a la fecha en el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, incluyendo el detalle de: tipo de inversión, entidad o emisor según el caso, plazo de corresponder, detalle por título en el caso de los títulos públicos.
- Detalle de los títulos públicos e inversiones efectuadas en función de las atribuciones otorgadas en el inciso e) del Decreto 897/07.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva el presente pedido de informes la publicación en el Boletín Oficial, de una Resolución conjunta de la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas dependientes del Ministerio de Economía, de fecha 28 de julio de 2009, mediante la cual se dispone una emisión de letras del tesoro por U$S 200.000.000 a ser suscripta por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino.
Esta nueva emisión de letras del tesoro utilizando el dinero de todos los jubilados del país, tiene las siguientes condiciones:
Fecha de emisión: 29 de julio de 2009
Plazo: 182 días
Tasa: 3,50% anual
Por otra parte, el artículo 1° del Decreto 897/07 de creación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino le asigna como una de las finalidades "Contribuir a la preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del Fondo."
Nótese que la tasa de "riesgo país" hoy está rondando los 925 puntos básicos, por lo cual, de salir a colocar títulos de deuda en el mercado financiero, Argentina debería pagar una tasa de 9.25%, es decir un 164% superior a la que le está pagando el gobierno a los jubilados por el préstamo de U$S 200.000.000.
Por este "préstamo", los jubilados cobrarán, si es que el gobierno paga la letra al vencimiento estipulado, un interés de 3.490.400, y si la ANSES hubiera cobrado la tasa de mercado, el interés hubiera sido de U$S 9.224.600.
O mejor aún, se podría haber invertido en bonos de Venezuela a una tasa de 10.5% o de Ecuador a 11.4%
Todo esto sin mencionar que el gobierno pudo haber pagado a los jubilados las tasas de entre 10.6 % y el 14.6 %, que le abonó a Hugo Chávez, Presidente de Venezuela, por sus compras de BODENES, y que luego el gobierno argentino tuvo que salir a recomprar de urgencia por el desprendimiento masivo de dichas bonos del mismo gobierno venezolano que las había comprado.
Resulta evidente que de los ejemplos de transacciones financieras efectuadas o pasibles de ser efectuadas por el gobierno argentino con terceros independientes las tasas de interés son sustancialmente diferentes, y que por lo tanto no se está "contribuyendo a la preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del Fondo."
El Decreto 2103/08 establece que el Director Ejecutivo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) administrará el FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS), con la asistencia de un Comité Ejecutivo integrado además por: el Secretario de Finanzas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS; el Secretario de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Secretario de Política Económica del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Es evidente que cuando se trata de inversiones en títulos públicos, estos funcionarios se constituyen en juez y parte, al presentarse un conflicto de intereses que no les permite defender apropiadamente los intereses del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, y en última instancia los intereses de los jubilados presentes y futuros. Es por ello, que giraremos estos antecedentes a la Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social para que se sugieran las correcciones legislativas pertinentes.
Ante tal precariedad regulatoria y con el propósito de que se efectúen las inversiones del Estado Argentino en el Fondo de Garantía con el criterio de Sustentabilidad que su nombre indica, solicito se requiera de forma urgente al Poder Ejecutivo Nacional, informe cómo piensa invertir dicha emisión de letras, así como también los criterios que ha sopesado para adoptar esta medida económica, cómo se determinó la tasa de interés a pagar y que detalle las inversiones del Fondo de Garantía mencionado.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)