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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4033-D-2013

Sumario: INSTITUCION DEL REGIMEN NACIONAL DE RECONOCIMIENTO A LA ACTIVIDAD DE LOS ARTISTAS PLASTICOS Y/O VISUALES Y AL APORTE SOCIAL DE LA CREACION ARTISTICA.

Fecha: 21/05/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53

Proyecto
Reconocimiento a la Actividad de los Artistas Plásticos y/o Visuales
Artículo 1°.- OBJETO. Instituyese el Régimen Nacional de Reconocimiento a la Actividad de los Artistas Plásticos y/o Visuales y al aporte social de la creación artística, que consistirá en una pensión especial contributiva.
Artículo 2°.- REQUISITOS. Para obtener la Pensión el interesado deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser argentino, naturalizado o tener residencia permanente en la República Argentina, con una antigüedad no inferior a cuarenta (40) años.
b) Tener una edad mínima de sesenta (60) años las mujeres y sesenta y cinco (65) los hombres, al momento de solicitar el beneficio.
c) Acreditar una trayectoria pública en la creación artística no inferior a veinte (20) años frente a la Secretaria de Cultura de la Nación.
d) Haber realizado, como mínimo, aportes por quince (15) años, de manera continua o alternada, al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS). Para cumplimentar este pago los interesados podrán adherirse al régimen de regularización de deudas vigente.
Artículo 3°.- La Secretaría de Cultura de la Nación conformará un comité consultivo evaluador para tratar las solicitudes de acceso al beneficio, Para lo cual consultará a las entidades representativas de la actividad. Los cargos serán ejercidos ad honorem. Una vez obtenida la acreditación por parte de la Secretaría de Cultura, el solicitante estará en condiciones de presentarse ante la Administración Nacional de Seguridad Social.
Artículo 4°.- MONTO. El monto de la pensión especial contributiva establecida en la presente Ley será el equivalente a tres veces (3) el monto que corresponda a una jubilación mínima.
Artículo 5°.- OTROS BENEFICIOS. También gozarán, lo mismo que sus cónyuges o convivientes, de un seguro de atención médica, equivalente al que determina el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados - PAMI- o del organismo que en el futuro lo reemplace.
Artículo 6°.- INCAPACIDAD. El beneficio establecido por la presente ley corresponderá también al artista plástico y/o visual que estando en actividad se incapacitare para el trabajo profesional y cumpliere los requisitos establecidos en el inciso a) y c) del artículo 2, reduciendo las cantidades allí expresadas en forma proporcional a los años de trayectoria, sin que ésta pueda ser inferior a 10 años. El monto de este beneficio en estos casos será equivalente al 70 % de lo establecido en el artículo 3°.
Artículo 7°.- FALLECIMIENTO. La prestación establecida en esta ley, se extiende a los derechohabientes del titular del beneficio en caso de su muerte, entendiéndose por tales a los enumerados en el artículo 53 de la Ley 24.241.
Artículo 8°.- La percepción del beneficio referido en el artículo 2° de la presente es incompatible con la de cualquier otro ingreso nacional, provincial o municipal, ya sea de orden previsional, por premios o subsidios o pensiones no contributivas o graciables. En caso que el interesado quiera optar por el presente reconocimiento, deberá renunciar a aquellos otros ingresos.
Artículo 9°.- FINANCIAMIENTO. A los fines de garantizar el cumplimiento de los fines de la presente ley, el Poder Ejecutivo proveerá anualmente la correspondiente asignación presupuestaria.
Artículo 10°.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La autoridad de aplicación será la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES o el organismo que lo reemplace en el futuro.
Artículo 11°. REGLAMENTACIÓN. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor a sesenta (60) días.
Artículo 12°.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto propone un reconocimiento por medio de una pensión especial contributiva hacia la tarea de quienes expresan y nutren la creación en las Artes Plásticas y/o Visuales en todo el país.*
Sus fundamentos obedecen a dos consideraciones primordiales: el aporte de la creación artística al conjunto social y las especificidades del oficio del artista plástico y/o visual.
Las artes en general y particularmente las plásticas y/o visuales, imprimen valores, experiencias y conocimientos, que deben ponderarse en su importancia simbólica y cultural. El modo de hacer y conocer del arte, dio respuestas y nuevas posibilidades de crecimiento a muchas otras áreas de conocimiento. El auténtico significado de cada creación artística reside en su capacidad para condensar, simbolizar y representar una parte del sentido, del sentimiento, y del conocimiento de una época, de un momento, de un hombre. El arte expresa nuestras identidades como personas y como pueblos, nos manifiesta, comunica percepciones y sensaciones que no son explicables de otro modo.
Las obras artísticas plásticas y/o visuales resultan particularmente relevantes para nuestra cultura en tanto podemos apreciarlas, y al hacerlo participamos en un trabajo metafórico: percibir semejanzas y así dar cuenta de nuevas situaciones a través de imágenes conocidas. La metáfora plástica no ilustra, no representa ni traduce un contenido preexistente, por el contrario, lo crea. Es además de imaginada, percibida, entrando en relación con nuestra subjetividad (1). El arte nos convoca a descubrir las potencialidades encerradas en la existencia individual y social. Para que esto se realice, se necesita que la realidad actual, inmutable en apariencia, revele su contingencia. El artista nos lo hace posible.
El gran aporte cultural que nuestros artistas plásticos realizan a la sociedad a través de sus obras no siempre es valorado y, mucho menos, retribuido. La escasez de subsidios a la creación en las artes plásticas, la falta de claridad con respecto a la situación laboral del artista (lo cual lo/a priva de acceder a beneficios jubilatorios y otros servicios sociales como la cobertura médica por ejemplo), ubican a nuestros artistas plásticos en una situación de injusticia social. Sin embargo, la actividad de las Artes Plásticas de la Argentina ha sido y es intensa y fructífera, y constituye un elemento fundamental de nuestro desarrollo cultural y social, a pesar de tantas adversidades. Nuestra cultura se ve expresada y enriquecida con obras de artistas como Benito Quinquela Martin, Lino Eneas Spilimbergo, Eduardo Sívori, Lola Mora, Fernando Fader, Emilio Petorutti, Antonio Berni, Alfredo Bigatti, Gyula Kosice, Juan Carlos Castagnino, Raquel Forner, Julio Le Parc, Ricardo Carpani, León Ferrari, Luis Felipe Noé, Luis Perlotti, Rogelio Yrurtia, entre tantos otros referentes
A través de sus obras, desde los primeros habitantes hasta hoy, los artistas expresaron creencias, modos de entender y comprender el tiempo que les tocó vivir, de cuestionar y cuestionarnos, construyendo modelos de interpretación y conocimiento.
Sobre estas premisas la actividad de las Artes Plásticas constituye un elemento vital del desarrollo cultural y social conjunto.
El otro sentido fundamental que sustenta este proyecto es el reconocimiento de que el hecho artístico se nutre de la creación, un acto absolutamente libre en el que el artista se expresa, dando lugar a una obra original. Esto condiciona de una manera particular la construcción de la vida de un artista, quien dedica a su obra todo el tiempo y los recursos que ésta le demande, muchas veces sin miramientos de índole práctica que hacen a la organización de su subsistencia.
La situación de los artistas plásticos en nuestro país permanece desconocida para la gran mayoría. Tenemos instituciones de formación artística de gran prestigio y calidad, pero muchos egresados encuentran múltiples dificultades para vivir de su trabajo y dedicar su tiempo y talento al arte que los expresa y para el que se han formado. Sus opciones siguen pivoteando entre la migración a mercados artísticos más activos fuera del país o el dictado de talleres. La docencia en el campo artístico resulta una elección más estable profesionalmente, pero no siempre compatible con la disponibilidad que el artista debe tener para la dedicación a la tarea creativa.
En la actualidad, el sector privado o "mercado" prevalece en la difusión y comercialización de obras de arte a través de ferias, galerías o subastas, cuya venta significativa es la que se dirige principalmente hacia el exterior, y esto expone a los artistas a las contingencias que dominan la producción de precios, tornándose la relación entre el artista y quienes difunden, venden o se benefician de su obra, en una relación muy asimétrica.
Para enviar obras de su autoría al mercado del arte (galerías, ferias, premios, etc.) los artistas plásticos y visuales producen una cantidad que excede la demanda puntual, hecho derivado fundamentalmente de su modo de trabajo, que consiste en un "hacer continuo". Generalmente para realizar una exposición, el artista presenta una selección de obras producto del trabajo de varios años. Esta forma de producir y desarrollar la actividad no ha sufrido grandes cambios a través del tiempo. Aunque si se produjeron modificaciones en cuanto a las formas de difusión y comercialización de las obras de arte.
En este sentido la especulación financiera que acompaña a la crisis económica mundial no deja de lado "el mundo del arte". Así como en otros sectores de la economía argentina la especulación primó sobre la producción y sólo la decisión política cambió ese rumbo, en el sector de las artes plásticas y visuales, se hace cada vez más necesaria una intervención estatal para mejorar la situación actual.
Por otra parte, es justo considerar que la inmensa mayoría de los artistas consume durante el proceso de trabajo otros bienes y servicios. Movilizan así un sin fin de actividades económicas que producen ingresos en la cadena de comercialización y en los medios de comunicación donde se publicitan (revistas de arte, suplementos dedicados a las actividades plásticas), de las que también participan periodistas, críticos e investigadores de arte, etc.. En la realización de una exposición, individual o colectiva, se generan efectos sobre otros sectores de la economía: enmarcado de las obras, fundiciones, montaje de esculturas, realización de catálogos, diseño gráfico, impresión, alquiler de transportes para el traslado de la obra; contratación de seguros, entre otros.
Hacia 2001, el Fondo Nacional de las Artes (FNA) publicó una investigación denominada "El aporte del arte a la economía argentina" cuyos autores (2) hacían referencia al sector de artes plásticas y al modo peculiar y específico de la tarea del artista y su forma de producir: "Siendo que la producción artística no se ajusta a los clásicos procesos de producción de otras mercancías sino que gran parte de ella se realiza en régimen artesanal (sea este de carácter individual o grupal) creando un producto muchas veces no incorporado al flujo económico del país, resulta obvio que existe un importante número de consumos intermedios que han sido incorporados a los activos patrimoniales de los artistas como parte del proceso de producción de sus obras y que cumplen un importante efecto multiplicador en la economía". En el mismo sentido se expresaba que: "El trabajo realizado por el artista es un trabajo que no se paga con los mismos criterios que son pagados los demás trabajos. Eso de que todo hombre tiene derecho a vivir del producto de su trabajo aquí no se cumple. Solo una ínfima parte de los trabadores del campo artístico llegan a ganarse el pan por medio de la venta de su fuerza de trabajo".
El presente proyecto intenta suplir la falta de reconocimiento a estas circunstancias del sector, otorgando al artista plástico y visual que demuestra con su obra la dedicación constante a este quehacer, a la creación y a la cultura, la posibilidad de acceder a una protección a su vejez que considere las especificidades del oficio al que dedicó su vida, independientemente del valor monetario que imprime a la obra artística el complejo mercado de valores contemporáneo.
En la era de la técnica de multiproducción y la reproductibilidad de sonidos, imágenes, textos, defender la dedicación concentrada del artista en la creación de un objeto único parece ser una responsabilidad que nos debemos como sociedad democrática que apuesta a la creación, al conocimiento y a la cultura para su crecimiento.
Vale destacar que numerosas provincias ya cuentan con legislaciones que intentan mejorar la situación de nuestros artistas plásticos o establecer regímenes similares de protección a otras actividades artísticas como la literaria, con el presente proyecto se busca la nacionalización de este importante reconocimiento, de vital importancia para nuestro federalismo. Como antecedentes de este tipo podemos mencionar la Ley 5258/2008 de Catamarca que establece el Régimen de reconocimiento a la trayectoria y al mérito artístico, la Ley 9578/2009 de Régimen de reconocimiento artístico de la provincia de Córdoba, la Ley 4178/1985 de Asignación permanente para escritores de la provincia de Jujuy y la Ley 3014/2009 que establece para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un Régimen de Reconocimiento a la Actividad Literaria. Como precedentes del presente proyecto también debemos considerar los proyectos en tratamiento de esta Honorable Cámara, presentados para el reconocimiento de otras actividades artísticas, como lo son el proyecto de Asignación Única por Trabajos y Obras en Reconocimiento a Escritores - Autores (Expdte N°2063-D-2012) de los Diputados Heller, Junio, Sabbatella, Harispe, Raimundi y Perié -reproducción del Expdte N°7818-D-2010- y el Régimen Nacional De Asignación Única De Reconocimiento Artístico (Expte. 6743-D-2012) de los Diputados Sabatella, Harispe y Raimundi).
Consideramos que el presente proyecto de ley es una importante contribución a fin de mejorar la situación actual de nuestros creadores y creadoras, además de un justo reconocimiento a una labor de vital importancia para nuestro pensamiento y nuestra cultura.
Por las razones expuestas, solicito a mis colegas el acompañamiento de este proyecto de ley.
Referencias:
(*) El Grupo de Trabajo APyV- 2012, integrado por Jorge Abot, Mónica Christiansen, Jorge Iberlucea, Alberto Morales y la Socióloga María Laura Elizalde present{o una versi{on .
(1) - Elena Oliveras. La metáfora en el arte. Retórica y filosofía de la imagen. Editorial Emecé, Buenos Aires - 2007.
(2) - Monice Glenz, Gustavo Rodríguez y María Laura Elizalde. El párrafo citado corresponde a los comentarios finales, pags.70 y 71
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BRAWER, MARA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PERIE, JULIA ARGENTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)
CULTURA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
10/09/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
20/11/2013 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría