PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3821-D-2016
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL ARTICULO 85 DEL PROYECTO DE LEY MODIFICACION AL REGIMEN FISCAL Y PROGRAMA NACIONAL DE REPARACION HISTORICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, QUE PREVE PENA DE PRISION Y MULTA PARA QUIENES DIVULGUEN O REPRODUZCAN DOCUMENTACION O INFORMACION RELACIONADA CON EL BLANQUEO DE CAPITALES.
Fecha: 22/06/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 77
Expresar preocupación por la iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo Nacional contenida en el artículo 85 del proyecto identificado como 0015-PE-2016, mediante la cual se prevé una pena de prisión y multa para aquellos terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con el blanqueo de capitales al que se refiere dicho proyecto.
Expresar que esta iniciativa constituye un ataque a la libertad de expresión, al imponer sanciones penales para quienes divulguen información, máxime si se repara en que la pena de multa, accesoria, sólo es para los terceros, pero no para los funcionarios.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto rotulado 0015-PE-2016 puede ser criticado por muchas razones que no vienen a ser cuestionadas en este proyecto de resolución. Lo que más dudas genera es que se trata de una iniciativa que pretende abordar asuntos que son propios de más de una temática o una comisión. Así, en el mismo texto se incluye, al menos, consideraciones respecto del llamado blanqueo de capitales, de los fondos jubilatorios y del acuerdo entre el Estado Nacional y las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de los recursos coparticipables.
Cierto es que hubiese sido más adecuada otra técnica legislativa, que permita analizar estas cuestiones con mayor detenimiento. Entre los temas que se incluyen, como si fuera una disposición general ordinaria, está lo contenido en el artículo 85°. El mismo prevé una sanción para funcionarios públicos que revelen información secreta en los mismos términos que el artículo 157 del Código Penal, al que se remite. La novedad consiste en que dicha pena, más una multa igual a una vez en el valor de los bienes exteriorizados, será aplicable a los terceros que divulguen esos datos. Es particularmente preocupante que en este caso se incluya una pena adicional para los terceros respecto de la que tienen los funcionarios. Así, los funcionarios del Estado, que son los mayores responsables por la información pública, están en una situación menos gravosa que el resto de los ciudadanos (o los terceros), sin que exista una razón que lo justifique.
Alguien que no es funcionario y se dedica a divulgar datos, generalmente es un periodista. Entendemos que, redactado de esta forma, la sanción penal prevista es, por sí sola, un ataque, una amenaza a la libertad de expresión. Independientemente del resultado del debate de toda la ley, es preocupante que el Ejecutivo Nacional proponga hacer ley medidas que demostraron su obsolencia e ineficacia, limitando, además, el libre ejercicio de la libertad de expresión.
Para los funcionarios, el artículo no introduce ninguna novedad: sólo ratifica su deber de guardar secreto y que les será aplicable, ante esta situación particular, la regla general prevista en el Código Penal. En cambio, para el periodismo, sí constituiría, de ser aprobada, una grave limitación, que por un lado es novedosa y por otro lado no lo es tanto. Se entiende una novedad respecto de la legislación vigente en la actualidad. Cabe recordar que en 2009, por iniciativa de la entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, se aprobó la ley 26.551 que excluye los delitos de calumnias e injurias a las expresiones referidas a asuntos de interés público. Se trata, entonces, del regreso de una norma punitiva que ya le costó a nuestro país la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Kimel vs. Argentina.
Lamentamos que un gobierno que prometió más de una vez su compromiso con la libertad de expresión esté ahora promoviendo esta expansión de las posibilidades punitivas y que, además, éstas sean más graves para un ciudadano común que para un funcionario. Además, cabe recordar que esta Cámara ya dio media sanción a la iniciativa del Ejecutivo de Ley de Acceso a la Información Pública. Son grandes contradicciones entre los dichos y los actos. Por un lado, el Presidente de la Nación, Mauricio Macri, anuncia su apoyo a la prensa libre, pero intenta cercenarlo con sanciones penales que configuran una verdadera amenaza a esa libertad.
Esperando el desarrollo del debate por la generalidad del proyecto mencionado, creemos que esta vocación del Poder Ejecutivo genera preoupación y es de esperar que los futuros proyectos no contengan disposiciones de esta naturaelza.
Por lo mencionado, solicito a mis pares me acompañen con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PEDRINI, JUAN MANUEL | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RACH QUIROGA, ANALIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SEMINARA, EDUARDO JORGE | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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