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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3648-D-2009

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL INCUMPLIMIENTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-.

Fecha: 04/08/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 86

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo para solicitarle brindar información sobre incumplimientos en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), como ser:
- Informar sobre los motivos de no haberse consultado al Congreso sobre las designaciones que deben representarlo en el Consejo del Fondo de Garantía del sistema jubilatorio, cuyo objetivo es monitorear los recursos del sistema de seguridad social, habiéndose designado al Senador Calcagno que ya es presidente de la Comisión Bicameral que debe controlar los Fondos de la Anses, y además a un diputado oficialista, marginando al resto en ambas cámaras.
- Detallar si el titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), pondrá en funcionamiento antes del 4 de agosto el Consejo del Fondo de Garantía recientemente designado por el Decreto 926/2009, al ser importante que se disponga su funcionamiento dado que una de las funciones del Consejo es brindar "a la sociedad información" sobre el Fondo de Garantía, que debería ser recabada semestralmente. A pesar de llevar siete meses de vigor de la norma, el Consejo no se integró y la información es escasa.
- Informar respecto de la ley de movilidad en vigor desde este año, resta la publicación de las variables usadas para el cálculo de los aumentos, para transparentar cómo se asignan las alzas. Efectivizar la publicación de las estadísticas necesarias e indicadores que se utilizan para el cálculo, como así los datos que intervienen en la fórmula que determina la movilidad establecida en la ley:
la recaudación de recursos destinados a la Anses,
los datos mensuales del número de jubilados y pensionados;
el índice de salarios; la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte),
y los recursos que recibe la Anses bajo todo concepto detalladamente en forma quincenal.
- Informar el monto actual del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto (FGS), creado por el Decreto 897/2007,
- Detallar los montos invertidos durante el año 2008, antes de la incorporación de las AFJP, detallando fechas, montos, rentabilidad, garantías requeridas, plazo de reintegro o vencimiento
- Detallar los montos invertidos durante el año 2008, después de la incorporación de las AFJP, detallando fechas, montos, rentabilidad, garantías requeridas, destino asignado, plazo de reintegro o vencimiento
- Informar los motivos de no publicarse el Informe General de Gestión del Fondo. Según lo dispuesto por el Gobierno, el Estado había puesto en marcha un mecanismo de monitoreo diario de las operaciones financieras, y de difusión de informes quincenales con el detalle de la composición del fondo previsional. Pese a la existencia de los instrumentos y a las promesas de transparencia y de control, la publicación de datos se eliminó al estatizarse los recursos.
- Explicar los motivos de no haberse concretado el envío del Informe Previsional de Aportes (IPA) a los trabajadores. Una resolución dictada por la Anses en enero último fijó que cuatrimestralmente se mandaría una carta a todos los afiliados para informar el ingreso de los aportes de los meses previos. El primer envío, con datos de todo 2008 y del primer trimestre de 2009, iba a ser enviado en mayo último, pero eso no ocurrió
- Informar los motivos del incumplimiento del fallo de la Corte Suprema declaró que desde 2002 debió aplicarse una movilidad a todas las jubilaciones y pensiones, y no aumentarse sólo el haber mínimo como ocurrió durante los primeros años de inflación. La política oficial provocó una gran pérdida de poder adquisitivo para muchos; en lo que va de este año ingresaron 50.000 nuevos litigios.
- Detallar porqué no se definió qué decisión se adoptará con los aportes voluntarios hechos por varios ex afiliados a las AFJP, un régimen que habilitaba ese mecanismo de contribuciones en exceso de la obligación legal. La ley 26.425 indica que esos recursos serán gestionados por la Anses o por una administradora para mejorar el ingreso jubilatorio del aportante. Aún no se reglamentó el derecho a esa opción, en la práctica inexistente, porque no hay más AFJP, ni se dispuso cómo la Anses aplicará esos fondos a los haberes cuando los interesados se jubilen.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La gestión de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene temas pendientes que deben aclararse.
El artículo 11 de la ley 26245 requirió para realizar los controles de la operatividad del organismo, como la Comisión Bicameral y el Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema previsional. Esos fondos provienen de las eliminadas AFJP y de superávits de la propia Anses que tiene la responsabilidad sobre las jubilaciones y pensiones.
La integración de ese Consejo, de representantes de entidades empresariales, sindicales y sociales cuyo objetivo es monitorear los recursos del sistema de Seguridad Social, viene demorada, al igual que lo fue la Comisión Bicameral.
Da la impresión que la relevancia y magnitud de los fondos que administra la Anses, no merecen un tratamiento transparente, continuo y con controles permanentes.
Es llamativo que hayan sido designados por el Decreto 926/2009, los representantes del Congreso en el Consejo del Fondo de Garantía del sistema jubilatorio, cuyo objetivo es monitorear los recursos del sistema de seguridad social, tanto el Senador Calcagno que ya es presidente de la Comisión Bicameral que debe controlar los Fondos de la Anses, y además a un diputado oficialista, marginando al resto en ambas cámaras, que no han sido consultadas.
Siendo que este Consejo designado con un atraso de dos años desde su creación por el decreto 897 de agosto de 2007, cuando la caja ya contaba con recursos derivados del superávit mensual del organismo y del traspaso de los ahorros de algunas cuentas del régimen de capitalización. La regulación sobre el funcionamiento del Consejo se modificó a fines del año pasado, junto con el traspaso de todo lo acumulado en las AFJP
Resulta importante que se disponga su funcionamiento de inmediato como determina el decreto antes citado, dado que una de las funciones del Consejo es brindar "a la sociedad información" sobre el Fondo de Garantía, que debería ser recabada semestralmente. A pesar de llevar siete meses de vigor de la norma, el Consejo no se integró y la información es escasa.
Se hace necesaria conocer respecto de la ley de movilidad en vigor desde este año, la publicación de las variables usadas para el cálculo de los aumentos, para transparentar cómo se asignan las alzas. Efectivizar la publicación de las estadísticas necesarias e indicadores que se utilizan para el cálculo, como así los datos que intervienen en la fórmula que determina la movilidad establecida en la ley:
la recaudación de recursos destinados a la Anses,
los datos mensuales del número de jubilados y pensionados;
el índice de salarios; la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte),
y los recursos que recibe la Anses bajo todo concepto detalladamente en forma quincenal.
Otro de las informaciones que se necesita conocer es el monto actual del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto (FGS), creado por el Decreto 897/2007,
- Detallando los montos invertidos durante el año 2008, antes de la incorporación de las AFJP, detallando fechas, montos, rentabilidad, garantías requeridas, plazo de reintegro o vencimiento
- Detallando los montos invertidos durante el año 2008, después de la incorporación de las AFJP, detallando fechas, montos, rentabilidad, garantías requeridas, destino asignado, plazo de reintegro o vencimiento
Cuál es el fin último de los fondos, que, según la ley, únicamente podrán ser utilizados para pagos de los beneficios provisionales, a diferencia de capitalización, en la que lo ahorrado por cada uno definía el haber jubilatorio, en reparto no hay cuentas individuales y los ingresos futuros dependen de otras variables. Según lo previsto entonces, el fondo de garantía sería utilizado en caso de que una crisis o emergencia no permita cumplir con todos los pagos a jubilados y pensionados.
Se utilizaron fondos para financiar los créditos al consumo y planes de todo tipo, sin controles adecuados e información pormenorizada de las condiciones y destinos donde fueron dirigidos.
Los 90.000 millones del Fondo de Garantía están colocados en depósitos a plazo fijo, títulos públicos, acciones de empresas, fideicomisos financieros, fondos comunes de inversión, préstamos para infraestructura y operaciones con el BCRA. Para decirlo de otro modo: no se trata de dinero líquido.
Deben ser asumidas y puestas a revisión como provisorias las decisiones tomadas hasta este momento ya que las mismas deberán ser aprobadas o rechazadas por los órganos de control mencionados.
Los recursos que recibe el organismo y que exceden el monto de los pagos asumidos por el sistema jubilatorio integran desde julio de 2007 el llamado Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino.
- La ANSES tiene dos grandes fuentes de ingresos: los tributarios (que paga la población en general) y las contribuciones de seguridad social (que aportan los propios beneficiarios y sus empleadores). Aportan a la "caja": Ingresos Tributarios.
- 11% del IVA.
- 120 millones del Impuesto a las Ganancias, más del 20% del total que se recaude.
- El 15% de la masa de recursos coparticipables.
- El 21% del impuesto a los combustibles líquidos (naftas).
- El cien por ciento del gravamen al gasoil, diesel, querosén y gas natural comprimido.
- El cien por ciento del adicional sobre los cigarrillos denominado "de emergencia" y transitorio pero que sigue y seguirá vigente.
- El 70% del monotributo.
Así, la caja estatal pasó a contar con mas de $ 100 mil millones, tras la votación de una ley que significó una fuerte reforma estructural, y a la que el Congreso le dedicó menos de un mes de debate, obviando temas importantes pendientes de resolución en el sistema previsional.
Es bueno recorda que de ser un organismo concentrado en la gestión de jubilaciones, la Anses pasó a asumir un rol de gran financista; pese a la cifra millonaria que maneja, no se pusieron en marcha mecanismos para dar transparencia a la gestión de los recursos
Hasta hace poco, era un organismo que gestionaba prestaciones de la seguridad social. Pero todo cambió y pasó a asumir el papel de actor principal en el mundo financieros, un rol que por ahora cumple sin controles externos y sin emitir informes públicos que permitan conocer los movimientos y el estado de un fondo millonario, alimentado con aportes de los trabajadores y de las empresas.
En poco tiempo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se convirtió en una fuente de recursos para el financiamiento de empresas privadas, consumidores, y del sector público, que requiere de recursos tanto para la ejecución de la obra pública como para las obligaciones financieras del Estado
Las licitaciones fueron los únicos movimientos del fondo publicados. No hay informes sobre sus inversiones ni su composición total ni su valor ni sus resultados financieros, por una decisión política que trascendería a la Anses, se intentó obtener datos, pero no hubo respuesta del organismo a los pedidos.
El fin que tiene el fondo, debería darse información permanente y totalmente pública, tal como les exigía el Estado a las AFJP, de los ingresos, egresos y de la conformación de la cartera. no parece haber voluntad política para informar, lo cual deja espacio para un grado de discrecionalidad muy alto en el uso de los recursos
Las AFJP tenían un monitoreo estatal diario; el valor del fondo era de difusión diaria, y quincenalmente había informes de sus activos.
Una parte del fondo no es de fácil disponibilidad, y la liquidez está dada principalmente por los plazos fijos y por los aportes de quienes estaban en las AFJP: son alrededor de $ 1000 millones mensuales, unos $ 13.000 millones anuales.
Hay otras cuestiones pendientes en la Anses:
No se publica el Informe General de Gestión del Fondo. Según lo dispuesto por el Gobierno, el Estado había puesto en marcha un mecanismo de monitoreo diario de las operaciones financieras, y de difusión de informes quincenales con el detalle de la composición del fondo previsional. Pese a la existencia de los instrumentos y a las promesas de transparencia y de control, la publicación de datos se eliminó al estatizarse los recursos.
No se ha concretado el envío del Informe Previsional de Aportes (IPA) a los trabajadores. Una resolución dictada por la Anses en enero último fijó que cuatrimestralmente se mandaría una carta a todos los afiliados para informar el ingreso de los aportes de los meses previos. El primer envío, con datos de todo 2008 y del primer trimestre de 2009, iba a ser enviado en mayo último, pero eso no ocurrió
No se conocen los motivos del incumplimiento del fallo de la Corte Suprema declaró que desde 2002 debió aplicarse una movilidad a todas las jubilaciones y pensiones, y no aumentarse sólo el haber mínimo como ocurrió durante los primeros años de inflación. La política oficial provocó una gran pérdida de poder adquisitivo para muchos; en lo que va de este año ingresaron 50.000 nuevos litigios.
Tampoco se definió qué decisión se adoptará con los aportes voluntarios hechos por varios ex afiliados a las AFJP, un régimen que habilitaba ese mecanismo de contribuciones en exceso de la obligación legal. La ley 26.425 indica que esos recursos serán gestionados por la Anses o por una administradora para mejorar el ingreso jubilatorio del aportante. Aún no se reglamentó el derecho a esa opción, en la práctica inexistente, porque no hay más AFJP, ni se dispuso cómo la Anses aplicará esos fondos a los haberes cuando los interesados se jubilen.
Requerimos de los señores legisladores la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GALVALISI, LUIS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)