Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Previsión y Seguridad Social »

PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 430

Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

Martes 16.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2424 Internos 2424/25

cpyssocial@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 3520-D-2017

Sumario: ACTUALIZACION Y MOVILIDAD DE LA PRESTACION DEL "PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS - PROGRESAR -".

Fecha: 29/06/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 79

Proyecto
ACTUALIZACION Y MOVILIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR)
Artículo 1°- Las prestaciones previstas en el Decreto 84/2014 sus normas complementarias y modificatorias, correspondientes al PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR) serán móviles. El cálculo del índice de movilidad se realizará conforme a lo previsto en el Anexo de la ley 26.417, de movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional Público
En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir una disminución del valor de la asignación.
Art. 2º- La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tendrá a su cargo el cálculo de la movilidad de conformidad con las pautas establecidas en la presente ley.
Art. 3°.-Establécese la cuantía de la prestación PROGRESAR en Pesos un mil quinientos ($ 1.500) a partir del mes de septiembre de 2017.
Art. 4º- La movilidad establecida en esta ley se aplicará por primera vez en oportunidad del cálculo correspondiente al mes de marzo del año 2018.
Art. 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 84/2014 se creó el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR) cuyo objeto es el de generar oportunidades de inclusión social y laboral a través de acciones integradas que permitan capacitar a los jóvenes entre DIECIOCHO (18) y VEINTICUATRO (24) años de edad inclusive con el objeto de finalizar la escolaridad obligatoria, iniciar o facilitar la continuidad de una educación superior y realizar experiencias de formación y/o prácticas calificantes en ambientes de trabajo.
En el marco de dicho Programa y a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos que el mismo persigue se creó a través del artículo 2° de la norma mencionada en el párrafo precedente la prestación PROGRESAR.
Asimismo se estableció a través de su artículo 4°, el monto de la prestación en la suma de seiscientos pesos ($600), actualizada a novecientos pesos ($900) mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 505/2015, cifra vigente en la actualidad.
A fin de recomponer el poder adquisitivo de la prestación, se considera imprescindible actualizar el monto de la misma a la suma de mil quinientos pesos, y establecer su movilidad conforme a lo previsto en el anexo de la ley 26.417 de movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional Público, en forma similar a lo que estableció oportunamente este parlamento para las Asignaciones Familiares mediante la sanción de la ley 27.160.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares que nos acompañen en la sanción de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CLOSS, MAURICE FABIAN MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
FRANCO, JORGE DANIEL MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
BRITEZ, MARIA CRISTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RISKO, SILVIA LUCRECIA MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA