PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3095-D-2017
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS RAZONES DE NO PRORROGAR EL CONVENIO SUSCRIPTO EL 2 DE JUNIO DE 2015 ENTRE LA "ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES -" Y EL MINISTERIO PUBLICO FISCAL, RELACIONADO CON LA COMISION DE DELITOS EN PERJUICIO DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Fecha: 12/06/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 67
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguri-dad Social, y este a su vez a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a cargo del Lic. Emilio Basavilbaso, informe a esta Honorable Cámara sobre:
1. Motivo y/o fundamento por el cual se ha dispuesto el no ejercicio de la prórroga del Con-venio suscripto con fecha 02 de junio de 2015 entre la Administración Nacional de la Segu-ridad Social y el MINISTERIO PUBLICO FISCAL.
2. Las razones de mérito, oportunidad y conveniencia que esgrime dicho organismo y remita copia del acto administrativo por el cual se instrumentó tal decisión.
3. A partir de esta decisión cual serán los mecanismos vigentes a los fines de prevención, per-secución, investigación y detección de las actividades ilícitas e irregulares dirigidas a de-fraudar recursos económicos y financieros del Sistema de Seguridad Social. Asimismo, in-forme oficina y responsables de las mismas afectadas.
4. Si este no ejercicio de la prórroga del Convenio mencionado afectará las funciones y obje-tivos de la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos de la Seguridad Social. En caso afir-mativo, informe que ocurrirá con los trabajadores que se desempeñaban en la misma.
5. Qué oficina y/o funcionario controlaran el manejo de los recursos que componen el Fondo de Garantía de Sustentabilidad.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Unidad Fiscal de Investigación de Delitos de la Seguridad Social (UFISES), ha sido creada por Resolu-ción PGN N° 33/02 de fecha 23 de mayo del 2002, es el órgano facultado, dentro de la órbita del MPF, para perseguir e investigar las acciones o maniobras potencialmente típicas o que afecten la adecuada operatoria cotidiana de la ANSES enmarcada en los principios internacionales que regulan la materia.
Desde la firma del anterior Convenio de Cooperación con la ANSES — de fecha 16 de mayo de 2002— que fue el primer paso para la creación de la UFISES por parte del MPF, se ha ampliado sensiblemente la cobertura en materia de seguridad social que la ANSES viene desplegando, tanto en cantidad de titula-res de derechos como en cantidad y calidad de prestaciones y servicios de la Seguridad Social.
En dichos Convenios, las partes firmantes han considerado conveniente establecer un acuerdo marco general de cooperación que permita mejorar la intervención directa de la Unidad Fiscal de Investigacio-nes de Delitos de la Seguridad Social en todas aquellas acciones o maniobras que afecten la Administra-ción de la Seguridad Social.
Que en ese sentido debe establecerse que todas aquellas maniobras ilícitas relacionadas con las presta-ciones administradas por Anses, representan un interés tanto en su detección como en su persecución penal.
Por ello resulta menester optimizar Ia coordinación de las tareas de investigación preventiva y judicial desarrollada por los profesionales de la Administración Nacional de la Seguridad Social y los represen-tantes del Ministerio Publico.
Qué, asimismo, es de público y notorio que, desde su creación, la UFISES llevó adelante importantes investigaciones referidas a la comisión de delitos en contra de los intereses de la Administración de la Seguridad Social, y en los últimos años, ha sabido encarar sendas denuncias penales por el manejo, cuanto menos sospechoso, de los activos que integran el Fondo de Garantía de Sustentabilidad.
Por ende, el no ejercicio de la prórroga del Convenio mencionado, sin lugar a dudas afectará las fun-ciones y objetivos de la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos de la Seguridad Social, como así también generará un vacío legal de control, puesto que, si bien se ha decidido no prorrogar el Convenio que unía a ANSES con la UFISES, no menos cierto es que no se ha previsto ningún órgano y/o oficina y/o funcionario que reemplace las tareas que llevaba adelante la UFISES.
Es decir, con la no prórroga del Convenio, se genera un vacío de todo órgano de control que pueda llevar adelante las tareas de prevención, persecución, investigación y detección de las actividades ilíci-tas e irregulares dirigidas a defraudar recursos económicos y financieros del Sistema de Seguridad So-cial.
Y como si ello fuese poco, además, no poseemos dato alguno acerca del destino de los trabajadores que se desempeñan en la UFISES.
Por lo tanto, entendemos que el Poder Ejecutivo debe continuar tomando medidas concretas orienta-das a mejorar los niveles de eficiencia en la prevención, persecución e investigación de los delitos que afectan de manera directa o indirecta los fondos destinados al cumplimiento de objetivos sociales y/o a sus beneficiarios de la Seguridad Social.
Por todo lo expuesto, solicito a mis colegas que me acompañen en este pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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13/09/2017 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1662/2017 | 18/09/2017 |