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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3026-D-2008

Sumario: RATIFICAR LA SUBSISTENCIA DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NO TRANSFERIDOS A LA NACION.

Fecha: 10/06/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63

Proyecto
) Ratificar la subsistencia de los sistemas previsionales provinciales y el mantenimiento de los beneficios y garantías de los trabajadores activos y pasivos, amparados por sus respectivas cajas jubilatorias, cuyos derechos podrían comprometerse a partir de su transferencia a la jurisdicción nacional.
2º) Señalar las graves consecuencias que al respecto pueden derivarse de los compromisos asumidos con el gobierno nacional, según el "Convenio para la Armonización y el Financiamiento del Sistema Previsional de la Provincia del Chaco", suscripto recientemente por el Señor Gobernador, con el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y que forma parte de la presente como anexo 1.
3º) Reafirmar la defensa de la autonomía y continuidad de las instituciones provinciales de la seguridad social, como el INSSSEP (Instituto de Servicios Sociales y Seguros Provincial) de la provincia del Chaco, así como de las prestaciones, la movilidad y los requisitos propios de los regimenes especiales que rigen en cada jurisdicción, con independencia de las pautas determinadas por las normativas nacionales en materia previsional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto reafirmar la vigencia de los sistemas provinciales de la seguridad social que no fueron transferidos a la Nación, como consecuencia del proceso de reformas y privatizaciones que arreciaron en nuestro país durante la década del 90.
En varias provincias subsisten instituciones previsionales que mantienen una administración autónoma consolidada con el esfuerzo de muchos años de aportes y luchas sindicales de los trabajadores, quienes son sus legítimos titulares, tanto activos como pasivos, y por lo tanto merecen mantener los beneficios y garantías que les otorgan sus respectivas cajas jubilatorias y normativas vigentes.
En particular, en la provincia del Chaco, el gobierno provincial suscribió recientemente con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) un convenio denominado de "armonización del sistema provisional", que pone en riesgo los beneficios y garantías de los jubilados chaqueños y de los trabajadores activos, para acceder a las prestaciones previsionales que les corresponden de acuerdo a la legislación provincial.
Al respecto, se han pronunciado por un contundente rechazo a dicho convenio un número importante de organizaciones gremiales y asociaciones civiles que representan a los trabajadores y jubilados chaqueños.
Durante la primera semana del mes de Junio del corriente año, luego de debatir sobre las consecuencias de dicho convenio, emitieron un documento en defensa del sistema provisional chaqueño las siguientes organizaciones: ATECH, SITECH FEDERACION, STM Sindicato de Trabajadores Municipales, UPCP, SEJCH Sindicato de Empleados Judiciales del Chaco, SIEMPRE Sindicato de Empleados de Rentas, ASECAM Asociación de Empleados de Caja Municipal, AGUEL Legislativos, SELCH Lotería Chaqueña, AMUDOCH Asociación Mutual de Docentes Chaqueños, Federación de Asociaciones de Jubilados, Asociación de Jubilados de Machagai, Asociación de Docentes Jubilados, Mutual Círculo de Oficiales de Policía, MUPESA Mutual Personal de Sameep (empresa provincial de agua y saneamiento) Policías Auto convocados, Mutual del Insssep, Unión Judicial del Chaco, Asociación Judicial del Chaco, Años Vida Asociación de Jubilados Provinciales, Jubilados
Municipales de Resistencia, Círculo de Oficiales de la Policía del Chaco, Asociación Sindical de Agentes Viales y Mutual de Centros de Jubilados.
Las expresiones de dichas organizaciones son testimonio de la profunda preocupación que ha despertado en la provincia la difusión pública de los lineamientos que contiene el denominado "Convenio para la Armonización y el Financiamiento del Sistema Provisional de la Provincia del Chaco", suscripto el 22 de Abril último entre el Gobernador de la Provincia y el Director Ejecutivo del ANSES.
En virtud de dicho convenio la provincia del Chaco se compromete a iniciar un proceso de "armonización" de su normativa en materia de jubilaciones y pensiones a partir del 1º de Enero de 2010 y asume el compromiso de dictar y promover la promulgación de las normativas necesarias para tal fin, en un plazo máximo de
tres años. Incumplido dicho plazo, las obligaciones asumidas por el Estado Nacional para contribuir al financiamiento del sistema previsional "perderán eficacia y exigibilidad".
La preocupación no es en vano, si no que se ve fundamentada en los criterios políticos sostenidos por el actual gobernador de la provincia en su trabajo bibliográfico "La sumergida", publicado en 1999, donde expresamente propone la transferencia de las cajas provinciales al sistema nacional de jubilaciones y pensiones.
Dicha armonización deberá realizarse en función de las leyes nacionales vigentes en materia de seguridad social, en orden al régimen de aportes y contribuciones, así como los beneficios y los requisitos para su acceso.
En particular deberán modificarse las pautas sobre edad jubilatoria, años de servicios con aportes, compensaciones de exceso de edad con años de servicios, prestaciones de retiro por invalidez, pensiones por fallecimiento, haber inicial y ajustes por movilidad.
A su vez, la provincia deberá remitir al ANSES información vía conexión directa correspondiente a padrones de jubilados, pensionados y retirados provinciales, padrones de titulares y grupo familiar de la obra social adherido a la obra social provincial, padrones de trabajadores activos del sector público, padrones de datos correspondientes a la operatoria del Registro Civil de la provincia, padrones de la población escolarizada y de beneficiarios de programas de empleo, asistenciales y no contributivos, administrados por la provincia y/o los municipios a través de la administración centralizada o descentralizada.
De tal manera se abre camino a la transferencia del sistema previsional del Chaco a la Nación, para encuadrar el mismo en el SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SIJP) creado por la Ley 24241, que privatizó el sistema jubilatorio nacional, mediante fondos privados de jubilaciones y pensiones, por el cual nuestro país se apartó durante la década del 90 de las normas que garantizaban la movilidad de las jubilaciones y pensiones de acuerdo con los principios y derechos reconocidos por la Constitución Nacional.
Precisamente dicha legislación nacional, inspirada por el Ministro Domingo Cavallo, durante la presidencia del Dr. Carlos Menem, puso fin a la garantía de "movilidad" jubilatoria, como proporción entre el haber de retiro y las remuneraciones de los activos. Tema que ha meritado la presentación de múltiples proyectos con estado parlamentario, entre ellos también uno de autoría de la suscripta.
La ley 24241 cuyos lineamientos pretenden imponerse ahora en la provincia del Chaco, establece que no habrá otra movilidad para las prestaciones de los jubilados y pensionados, que la que determine cada año la Ley Nacional de Presupuesto. Ello significa que sin recursos asignados por el presupuesto nacional, no habrá ajuste de haberes jubilatorios.
Por tal motivo, dicha ley fue declarada inconstitucional en conocidos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que obligan a sancionar una nueva legislación previsional sobre movilidad jubilatoria por parte del Congreso Nacional, para adecuarla a los preceptos constitucionales.
En definitiva, por obra del convenio suscripto por el gobernador, desaparecerán en breve para los jubilados y pensionados chaqueños las garantías de ajuste por
movilidad, las compensaciones de edad con años de servicios, se incrementará la edad jubilatoria y se pondrán en riesgo todos los regímenes especiales como docentes y policías, de acuerdo a la normativa provincial en vigencia.
A su vez el Instituto de Servicios Sociales y Seguro Provincial (INSSSEP) que cumple funciones de obra social y de caja otorgante de jubilaciones y pensiones en la provincia, quedará a la deriva y expuesto a desaparecer al mismo tiempo en que se liquiden todos los derechos, garantías y beneficios de los jubilados y pensionados chaqueños.
Ante la amenaza que proyectan sobre dicho instituto chaqueño los compromisos asumidos por el gobierno provincial con el ANSES, queremos reafirmar su autonomía, así como la continuidad de las demás instituciones provinciales de la seguridad social.
Creemos sinceramente que renunciar a la defensa del INSSSEP en las actuales circunstancias, resulta imperdonable por su trayectoria como institución señera de los trabajadores y jubilados chaqueños. Ello significa nada más y nada menos que renegar de una de las mejores tradiciones de nuestro pueblo en materia de justicia social.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BEVERAGGI, MARGARITA BEATRIZ CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)