PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2521-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON " JUBILACION PARA AMAS DE CASA ".
Fecha: 16/05/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 59
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos que correspondan, informe a esta Honorable Cámara las siguientes cuestiones vinculadas con las Leyes de Moratorias Jubilatorias, conocidas también como “jubilación para amas de casa”:
a) Informe si desde el Poder Ejecutivo Nacional se está evaluando eliminar el régimen de moratorias jubilatorias para “amas de casa” implementado por las Leyes de Moratorias Jubilatorias. En caso afirmativo, detallar los motivos de dicha eliminación.
b) Informe si desde el Poder Ejecutivo Nacional se está evaluando prorrogar el régimen de moratorias jubilatorias para “amas de casa” implementado por las Leyes de Moratorias Jubilatorias. En caso afirmativo, detallar la prorroga estipulada.
c) Informe, en caso de estar evaluando una modificación del régimen de moratorias jubilatorias para “amas de casa” implementado por las Leyes de Moratorias Jubilatorias, en qué consiste dicha modificación y desde cuándo comenzaría a regir.
d) Informe, en caso de estar evaluando eliminar o modificar el régimen de moratorias jubilatorias para “amas de casa” implementado por las Leyes de Moratorias Jubilatorias, si están estudiando el impacto que dicha decisión podría traer aparejado y, en consecuencias, las medidas que elaborarán al respecto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las moratorias previsionales se basan en dos leyes: Ley 24.476 denominada “Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones”, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación el 29 de marzo de 1995, promulgada el 21 de noviembre del mismo año, modificada en 2005 y Ley 26.970 denominada “Sistema Integrado Previsional Argentino”, sancionada el 27 de agosto de 2014 y promulgada el 9 de septiembre de 2014.
Estas leyes permitieron a los/las trabajadores/as autónomos/as o en relación de dependencia que reunieran los requisitos de edad para una jubilación o pensión por fallecimiento de un/a trabajador/a, regularizar el régimen de deudas que tuvieran con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a través de la adhesión a una moratoria, que les permitiera completar los años de aporte faltantes. Tal fue el sesgo de género resultante de esta política, que la reforma fue popularmente conocida en Argentina como la “jubilación para las amas de casa”.
La moratoria previsional para las mujeres mayores de 60 años que quieren acceder a una jubilación y no tienen todos sus aportes regularizados vencerá el próximo 23 de julio, tal como estaba previsto en el cronograma de ANSES y luego de una extensión del plazo original.
Con este tipo de políticas se buscó combatir la pobreza y la desigualdad entre los/as adultos/as mayores. Dicha reforma previsional benefició a más de 1,8 millones de mujeres en nuestro país, mujeres de entre 60 y 65 años con menos de 30 años de aportes que pasaron a tener acceso a una pensión y cobertura de salud. (Información disponible en https://www.clarin.com/economia/economia/jubilacion-amas-casa-cambio-relaciones-poder-dentro-hogar_0_Y4wxzYZGt.html, fecha de compulsa 15/05/2019).
Es preciso señalar que, a pesar del marcado aumento de la participación laboral femenina, la brecha de género sigue siendo aún muy alta. En América Latina, por ejemplo, mientras que casi el 95% de los hombres entre 25 y 65 años trabaja o busca un empleo, solo lo hace el 66% de las mujeres en ese rango de edad. Esta asimetría en la participación laboral, por supuesto, se traduce en una asimetría en la generación de ingresos y, por ende, en el empoderamiento de las mujeres, su autonomía y su dependencia en la vejez.
De acuerdo a un estudio reciente titulado “La dependencia en la vejez y las pensiones no contributivas” que publicó el CEDLAS, el Centro de Estudios Distributivos, Laborales y Sociales de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de La Plata, surge que el sistema de pensiones en Argentina habilitó a un gran número de personas, que no cumplían con el requisito mínimo de años de aporte al sistema de Seguridad Social, a acceder a una pensión básica cumplida la edad jubilatoria. Precisamente por los bajos niveles de inserción en los mercados laborales, esta reforma benefició mucho más a las mujeres y resultó en sustancial aumento de sus ingresos. Como consecuencia, el porcentaje de mujeres mayores de 60 años sin ningún ingreso personal se redujo notablemente, pasando en zonas urbanas del 35% al 10% (Información disponible en http://www.cedlas.econo.unlp.edu.ar/wp/la-dependencia-en-la-vejez-y-las-pensiones-no-contributivas/, compulsada el 15/05/2019).
El estudio citado agrega que antes de la implementación de esta política, en Argentina la cobertura de pensiones alcanzaba a sólo el 55% de las mujeres en edad jubilatoria debido, fundamentalmente, a su baja tasa de participación laboral y la alta tasa de informalidad.
En este contexto, es menester señalar que las mujeres tienen una doble jornada laboral (se estima según el INDEC que destinan 6 horas promedio por día a tareas domésticas), pero solo perciben ingresos por una jornada, que tiene –por otro lado– menos horas que la de los varones y, por ende, se traduce en la percepción de ingresos menores. Según datos de la Encuesta Permanente de Hogares, el 62% de las inserciones laborales asociadas al cuidado están ocupadas por mujeres, mientras que sólo el porcentaje restante, el 38%, ocupan a los hombres. Como contracara: el 94% de las ocupaciones no asociadas al cuidado las realizan hombres y solo el 4% mujeres. Esto muestra la división de tareas en el hogar: la atención de la salud, la educación, la realización de servicios sociales y el trabajo doméstico son, bajo la óptica patriarcal, tareas asignadas a las mujeres”. Otro elemento clave es que la mayor tasa de no registración en las mujeres, que supera en 5 puntos a la de los varones. Hay 36,4% de mujeres con empleo no registrado y 31,9% de hombres con empleo no registrado (Información disponible en https://www.laciudadweb.com.ar/fin-de-la-moratoria-el-gobierno-da-de-baja-el-derecho-a-la-jubilacion-de-ama-de-casa/, fecha de compulsa 15/05/2019).
Por lo expuesto, podemos concluir que de no renovar la moratoria previsional, ello afectará entonces mayormente a las mujeres, y redundará en la profundización de la feminización de la pobreza.
En definitiva, el objeto de este pedido de informe no es otro más que conocer si el Poder Ejecutivo Nacional renovará o no la moratoria previsional que permite jubilarse a quienes no tuvieran treinta años de aportes y que vence el 23 de julio de 2019.
Por ello, solicito a mis pares legisladores y legisladoras que acompañen el presente proyecto a fin de que sean evacuadas de manera inmediata todas las cuestiones relativas al tema presentado y pueda ser evaluado por esta Honorable Cámara de Diputados.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RACH QUIROGA, ANALIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MERCADO, VERONICA | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VALLEJOS, FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MACHA, MONICA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BRITEZ, MARIA CRISTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, LAURA V. | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CAROL, ANALUZ AILEN | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FRANA, SILVINA PATRICIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA FRANA (A SUS ANTECEDENTES) |