PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 430
Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER
Martes 16.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2424 Internos 2424/25
cpyssocial@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 2064-D-2015
Sumario: HABER MINIMO GARANTIZADO EN EL ARTICULO 125 DE LA LEY 24241, DE SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES: FIJASE EN EL EQUIVALENTE AL OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) DEL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL (REPRODUCCION DEL EXPEDIENTE 0924-D-13).
Fecha: 21/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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