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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 430

Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

Martes 16.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1796-D-2011

Sumario: DEROGACION DEL DECRETO 441/11 DE PARTICIPACION ACCIONARIA DEL ESTADO EN EMPRESAS PRIVADAS.

Fecha: 13/04/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28

Proyecto
ARTICULO 1º: Deróguese el Decreto N° 441/2011, publicado en el BO del día 13 de abril de 2011.
ARTICULO 2º: De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante el Decreto N° 441/2011, publicado en el BO del día 13 de abril del mismo año, el Poder Ejecutivo Nacional amplió su intervención en la conducción de las empresas privadas en las cuales tenía participación accionaria, proveniente de la eliminación del sistema de las AFJP.
En efecto, como consecuencia de la eliminación del sistema de capitalización de administración de los fondos de pensión, por un sistema estatal de reparto, todas las acciones que las AFJP poseían en diversas compañías pasaron directamente a la ANSES.
Este proceso fue consecuencia directa la ley 26.425, que terminó con el sistema de capitalización y por lo tanto se transfirieron fondos a la ANSES acumulando paquetes accionarios. La normativa anterior y que regía para todas la AFJP le impedía acumular mas del 5% de las acciones de una empresa, con el Decreto 441/2011 el PEN elimina ese tope por lo que el gobierno nacional puede tener injerencia directa en varias empresas privadas al haber acumulado hasta el 30% de acciones en algunos casos.
Esta injerencia, implica que el Gobierno podrá nombrar más directores y tener más peso en las decisiones de las compañías, esto puede tornarse peligroso y hasta obstaculizar el normal desenvolvimiento de las mismas.
Asimismo, con la publicación del Decreto 441 se pone en evidencia la intención del gobierno nacional de utilizar el paquete accionario transferido desde las AFJP como control político hacia al sector privado, toda vez que al momento de sancionarse la ley 26.425 el oficialismo dispuso respetar el tope del 5% que ahora luego de transcurrido dos años se pretende eliminar.
Esta maniobra, insisto, desnuda un sistema de control político ya evidenciado en otros hechos protagonizados por el gobierno nacional, y en el cual se pone de manifiesto la connivencia entre el PEN y sectores ligados al poder político como los sindicatos, quienes ya han exigido poner directores de extracción gremial en las empresas privadas.
Es por ello, que esta H. Cámara debe derogar la norma citada toda vez que viola el principio básico de libertad económica y pone en peligro decisiones empresarias de inversión.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
LANCETA, RUBEN ORFEL BUENOS AIRES UCR
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
RE, HILMA LEONOR ENTRE RIOS COALICION CIVICA
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
MICHETTI, MARTA GABRIELA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
THOMAS, ENRIQUE LUIS MENDOZA PERONISMO FEDERAL
DAHER, ZULEMA BEATRIZ SALTA PERONISMO FEDERAL
RUCCI, CLAUDIA MONICA BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
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