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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 430

Jefe SR. AMBOADE FABIO JAVIER

Martes 16.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2424 Internos 2424/25

cpyssocial@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 1664-D-2015

Sumario: HABER MINIMO GARANTIZADO EN EL ARTICULO 125 DE LA LEY 24241, DE SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES. FIJASE EN EL EQUIVALENTE AL OCHENTA Y DOS POR CIENTO DEL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL (REPRODUCCION DEL EXPEDIENTE 8013-D-13).

Fecha: 10/04/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26

Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO
PRESUPUESTO Y HACIENDA