PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4837-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CREACION DEL SISTEMA DE INFORMACION MIPYME ESTIPULADO EN LA LEY 25300, DE FOMENTO DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Fecha: 12/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través
de los organismos que correspondan, informe a esta Cámara:
1. Si se ha creado el Sistema de Información
MIPyME que estipula la ley 25.300, y si la información que recolecta es de carácter público.
2. En qué fecha se ha dejado de publicar el
Mapa PyME en la página web de la SEPYME, el motivo y si es posible obtener dichas
publicaciones por otro medio.
3. Si existen políticas desde las Agencias de
Desarrollo Productivo, conforme lo dispuesto por la Ley 25.300 (Art. 35), para promover la
descentralización. En caso afirmativo, especifique cuáles y cuál fue impacto.
4. Si la asamblea general del Consejo Federal
de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas creado por la Ley 25.300 (Art. 44) está
cumpliendo con la exigencia de tener al menos tres reuniones al año para cumplir con sus
objetivos. Indique la fecha de realización de tales reuniones.
5. Para el período 1992-2012, con frecuencia
de datos anual:
i) La cantidad de Micro, Pequeñas y Medianas
empresas (MIPyME) existentes según provincia.
ii) La cantidad de puestos de trabajo generados
por dichas empresas.
iii) La ejecución de los distintos programas
destinados al fomento de las MIPyME, distinguiendo entre aquellos dependientes de la Secretaría
de la Pequeña y Mediana Empresa (SEPYME) y los de otros organismos, detallando:
(1) El crédito anual inicial, vigente y devengado
de transferencias corrientes.
(2) El crédito anual inicial, vigente y devengado
de transferencias de capital.
(3) El crédito anual inicial, vigente y devengado
de gastos totales.
(4) El monto total de cupos fiscales máximo
autorizados por las leyes de presupuesto, y los asignados. Asimismo, estimación de los gastos
tributarios computables a programas de fomento a las MiPyME.
iv) La tasa de natalidad neta de empresas según
provincia y según rama de actividad.
v) La cartera MIPyME del sistema bancario,
desagregado en público o privado.
vi) Distribución provincial de los créditos y
garantías otorgados por el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa (Fonapyme) y el Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(Fogapyme). Especifique también el criterio objetivo definido para dicha distribución y a través
de qué norma se estableció.
vii) Especifique cuáles programas, acciones y
medidas han sido implementados desde la SEPYME con el fin específico de promover la
descentralización de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, incluyendo la ejecución
financiera y física de los mismos, y los documentos que evalúen su impacto.
2)
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 25.300 establece en su
artículo primero como objetivo declarado "alcanzar un desarrollo más integrado, equilibrado,
equitativo y eficiente de la estructura productiva" y estipula una serie de mecanismos para ello.
Este proyecto busca principalmente que la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, como
autoridad de aplicación de esa ley, informe sobre los avances de las distintas herramientas que
crea la norma y la evolución del sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en
general.
Las Micro, Pequeña y Medianas Empresas
(MIPyME) ocupan un lugar central en la economía. Según el Observatorio de Empleo y
Dinámica Empresarial del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el período
2006-2010, el empleo generado por estas empresas representó un 52,3% del total del empleo
privado. Las MIPyME suelen tener una estructura intensiva en mano de obra generando una
transformación importante en las regiones en las que se van fortaleciendo, con profundas
implicancias sociales. En este sentido, el fortalecimiento y apoyo estatal a las MIPyMES es una
posible estrategia para generar avances sociales y económicos a lo largo y a lo ancho del
territorio nacional.
En la Argentina, un problema para cumplir con el
objetivo declarado de la ley mencionada, se da por el nivel de concentración territorial de las
empresas MIPyME. Según la Unión Industrial Argentina (UIA), mientras que en la Pampa
Bonaerense se concentran el 57% de las PyMES de todo el país, en la región del NOA se
encuentran solamente el 6% y en la región del NEA, el 4%. Tanto el Nuevo Cuyo como la
Patagonia poseen cada uno un 6% del total de PyMEs del país mostrando la enorme diferencia
entre las regiones. Esto claramente tiene una relación directa con la distribución de la población a
lo largo del territorio. En un país con 40.117.096 de personas según el último censo nacional, un
46% de los habitantes vive en la región de la Pampa Bonaerense, es decir, casi la mitad del país
vive en la Provincia de Buenos Aires o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Resultaría
interesante observar la dinámica de la distribución de las MIPyMES en todo el país según las
cifras oficiales de la SEPYME pero es imposible acceder a ellas a través de su sitio web.
La ley 25.300 establece la creación
de Agencias Regionales de desarrollo productivo "que tendrá por objeto brindar asistencia
homogénea a las MIPyMEs en todo el territorio nacional". Esta es una herramienta clave para la
conformación de MIPyMES a lo largo del país pero, si bien ha crecido la cantidad de Agencias
en estos años, es necesario conocer las políticas implementadas por éstas para cumplir con su
objetivo. Otro organismo importante creado por la ley es el Consejo Federal MIPyME cuya
misión principal es la de "definir objetivos comunes y unificar criterios entre las diversas
jurisdicciones, cooperando en la consolidación de los mismos y velando por una equitativa
aplicación de los instrumentos de fomento a las MIPyMEs en todo el territorio nacional". Aquí
vemos nuevamente la intención de generar un desarrollo armónico entre todas las regiones del
país. Resulta imprescindible conocer la actividad de este Consejo en cuanto a políticas que
tiendan hacia un desarrollo MIPyME federal. Para cumplir con este objetivo de la ley, se estipula
también en ella la obligatoriedad de mantener un mínimo de tres reuniones por año de la
asamblea general del Consejo.
Otro de los problemas principales para estas
empresas es la dificultad que tienen para financiarse. Es en este sentido que se demanda
información sobre la ejecución de los distintos programas de financiamiento existentes en la
actualidad. Según el informe "Las pymes argentinas en el escenario post convertibilidad.
Políticas públicas, situación y perspectivas" de Matías Kulfas de la CEPAL del año 2007,
podemos observar que el financiamiento público representó sólo un 22% de las fuentes de
financiamientos para las PYMES. Para poder evaluar la eficiencia y eficacia de la acción de
gobierno en esta materia, es necesario observar la evolución a lo largo del tiempo de éste y el
resto de los indicadores, información que la SEPYME ha dejado de publicar.
Aparte de la concentración regional de las
MIPyMEs, y vinculado con las dificultades de financiamiento, otro problema muy importante en
la materia es la concentración económica existente y el hecho de que no se haya modificado la
estructura económica desde la segunda mitad de la década del '90 hasta la fecha. Según un
trabajo realizado por Víctor Ramiro Fernández et al. (2011), basado en estadísticas del Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, observamos que tanto el porcentaje de empleo
correspondiente a las MIPyMEs como el porcentaje de participación de MIPyMEs en el total de
empresas, ha sido levemente menor en el período 2006-2010 que en 1996-2000.
Es fundamental que la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación conozca el trabajo realizado por la SEPYME como responsable de la
política MIPyME del Poder Ejecutivo de la Nación y como autoridad de aplicación de la ley
25.300, tanto para conocer los avances en el apoyo a las MIPyMEs, si es que los hubo, como
para poder generar una articulación entre la legislación y las políticas efectivamente llevadas a
cabo por el Poder Ejecutivo Nacional. Resulta necesaria esta solicitud especialmente por la falta
de información publicada en la página web de la Secretaría respecto de su accionar a lo largo de
estos años. Este espíritu republicano es el que motiva este proyecto.
Un pedido de informes es una de las herramientas
que posee el Poder Legislativo para que el Poder Ejecutivo proporcione las explicaciones e
informes que aquél considere necesarios. El artículo 204 del reglamento de la Honorable Cámara
de Diputados de la Nación, que reglamenta al artículo 71 de la Constitución Nacional, asegura la
posibilidad de proponer que se requieran informes por escrito. Esta información escrita y
archivada para uso de todos los Diputados y Diputadas de la Nación, puede ser de gran utilidad
para futuras legislaciones sobre la materia.
Es por todo esto que solicito el acompañamiento de
mis pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DE PRAT GAY, ALFONSO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (Primera Competencia) |