PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 335
Jefe LIC. LAMANNA DIEGO CESAR
Jueves 11.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2343 Internos 2343/2374
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4109-D-2011
Sumario: APOYO A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES.
Fecha: 18/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
APOYO A LOS PEQUEÑOS
PRODUCTORES RURALES
CAPITULO I
DEFINICIONES Y
OBJETIVOS
Artículo 1º: Se entiende
como Pequeños Productores Rurales a aquellos productores que dirigen una
Explotación Agropecuaria en la que se cumplen las siguientes condiciones:
- el productor agropecuario trabaja
directamente en la explotación;
- no se emplean trabajadores no
familiares remunerados permanentes;
- no tiene como forma jurídica
la 'sociedad anónima' o 'en comandita por acciones';
- posee una superficie total de
la explotación de: hasta 500 ha en las provincias de Corrientes y Misiones; hasta
1.000 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Santa
Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Chaco, Formosa y Santiago del Estero;
hasta 2.500 ha en las provincias de
Jujuy, Salta, Catamarca, Tucumán, La Rioja y Neuquén y hasta 5.000 ha en las
provincias de Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego;
- posee una superficie cultivada de:
hasta 500 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa,
Santa Fe, Chaco, Formosa, Santiago del Estero y San Luís; hasta 25 ha en las
provincias de Neuquén, Río Negro, San Juan y Mendoza; y hasta 200 ha en el
resto del país; o posee hasta 500 Unidades Ganaderas en todas las provincias del
país.
Artículo 2º- Los objetivos son:
a) Asegurar e incrementar los
ingresos de los Pequeños Productores Rurales mediante los Programas Nacionales
creados por esta ley.
b) Los Programas Nacionales de
Apoyo a los Pequeños Productores rurales a través de aportes no reintegrables,
buscarán elevar sus ingresos para mantener su arraigo y evitar la migración hacia
los centros urbanos.
c) Promover la organización
asociativa y cooperativa de los pequeños productores.
d) Impulsar las economías y
cadenas de valor regionales en todos sus eslabones, involucrando a un mayor
número de Pequeños Productores, creando empleos y agregando mayor valor a los
productos.
e) Garantizar la construcción de
la infraestructura física y social para los pequeños productores rurales.
f) Favorecer el acceso a la tierra
entendida como garantía de arraigo, en especial de los jóvenes.
g) Garantizar a la población el
acceso a los alimentos saludables y de calidad.
h) Realizar programas de
regularización dominial de las tierras actualmente ocupadas por pequeños
productores.
i) La Soberanía Alimentaria será
un objetivo local, regional y nacional en camino hacia la agroecología, las chacras
diversificadas y la creación de nuevos empleos rurales y periurbanos.
j) Se procurará la
sustentabilidad ambiental, social, cultural, económica y política de las economías
regionales. Se respetará la capacidad de carga de los ecosistemas.
k) Los Programas se articularán
con las ciudades y los espacios urbanos en el marco de una planificación por
Cuencas y Ecosistemas hacia las sociedades sustentables.
CAPITULO II
DE LOS PROGRAMAS
NACIONALES
Artículo 3º- Créase el
Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar con el objeto de asegurar la
rentabilidad de los Pequeños Productores e incrementar sus ingresos a través de
subsidios/aportes no reintegrables, para mantener su arraigo y evitar la migración.
Las políticas diferenciales deben estar dirigidas a superar las desigualdades,
priorizando los grupos más vulnerables, como son las comunidades de pueblos
originarios, las mujeres y los jóvenes.
Artículo 4º- Créase el
Programa Nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor Regionales con
el objeto de establecer políticas activas para las cadenas de valor regionales
tendientes a incrementar la rentabilidad y la mayor capitalización de los Pequeños
Productores Rurales. Estas políticas regionales deberán involucrar a todos los
eslabones de la cadena con el objetivo de incrementar el número de Pequeños
Productores, la creación de mayor empleo y de valor.
Artículo 5º- Créase el Programa
Nacional de Apoyo a la Infraestructura para los Pequeños Productores Rurales
con el objeto de desarrollar una estrategia integral que incluya la totalidad de los
problemas que enfrentan los agricultores familiares (tierra, agua y riego,
infraestructura, vivienda, transporte, electricidad, salud, educación).
Artículo 6º- Créase el
Registro Nacional de la Agricultura Familiar. Para recibir los beneficios los
agricultores familiares deberán estar inscriptos en el mismo. El registro
comprenderá a los productores tipificados como Tipo 1, 2 y 3 del
PROINDER siendo la inscripción de
carácter voluntaria. Durante el período de transición que lleve la construcción del
Registro, los productores del Tipo 2 y 3 recibirán igualmente los beneficios a través
de la información censal y de cualquier otra que la Autoridad de Aplicación
considere pertinente. Los datos recabados serán reunidos en una Base Nacional
informatizada de datos. Los Pequeños Productores podrán acceder a la misma en
forma gratuita y desde cualquier punto del país.
CAPITULO III
BENEFICIARIOS
Artículo 7º- Los beneficiarios del
Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar serán los pequeños
productores de acuerdo al Censo Agropecuario del año 2002, correspondientes al
Tipo 2 y Tipo 3 de la clasificación del PROINDER según lo definido en el art. 1.
Artículo 8º- Los beneficiarios
del Programa Nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor Regionales
serán las organizaciones y cooperativas de agricultores familiares locales,
regionales y provinciales que representen al Tipo 2 y 3 de la clasificación del
PROINDER.
Articulo 9º- Los beneficiarios del
Programa Nacional de Apoyo a la Infraestructura para los Pequeños Productores
Rurales serán los Pequeños Productores Rurales de acuerdo al Censo
Agropecuario del año 2002, correspondientes al Tipo 2 y 3 de la clasificación del
PROINDER y las regiones agroeconómicas correspondientes.
CAPITULO IV
DE LOS RECURSOS
NECESARIOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LOS PROGRAMAS
NACIONALES
Artículo 10º- La asignación
presupuestaria inicial alcanzará para el Programa Nacional de Apoyo a la
Agricultura Familiar los 4.200.000 pesos en el presupuesto 2011. La distribución
de los fondos consistirá en un monto fijo y proporcional al poder adquisitivo de
esos aportes en cada provincia. Se deducirán los fondos presupuestados
asignados en programas similares.
Artículo 11º- Los fondos
indicados en el artículo anterior, serán entregados como aportes directos no
reintegrables a los agricultores familiares. Estos fondos.
deberán destinarse al fortalecimiento
de los ingresos de los productores familiares y a la compra de insumos y
herramientas
Artículo 12º- La asignación
presupuestaria inicial alcanzará para el Programa Nacional de Apoyo a las
Economías y Cadenas de Valor Regionales los 2.500.0000 millones de pesos en el
presupuesto 2011. Estos fondos deberán destinarse al fortalecimiento de las
cadenas de valor regionales de acuerdo a lo establecido en el art. 4. Se
descontarán los fondos presupuestados en programas similares.
Artículo 13º- Los fondos
indicados en el artículo anterior, serán entregados como aportes directos no
reintegrables a las organizaciones de agricultores familiares locales, regionales y
provinciales. Estos fondos deberán destinarse al fortalecimiento de las cadenas de
valor regionales -desde los eslabones iniciales a los finales- en un marco de
complementación social, económica y ambiental con las regiones agroeconómicas.
Artículo 14º- La asignación
presupuestaria inicial alcanzará para el Programa Nacional de Apoyo a la
Infraestructura para los Pequeños Productores Rurales los 3.000.0000 millones de
pesos en el presupuesto 2011. La Autoridad de Aplicación elaborará un
presupuesto plurianual de cinco años.
CAPITULO V
INSTITUCIONALIDAD Y
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Artículo. 15º- El Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca será la Autoridad de Aplicación del Programa
Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar, del Registro Nacional de la Agricultura
Familiar y del Programa Nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor
Regionales.
Artículo 16º- El Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios será la Autoridad de Aplicación
del Programa Nacional de Apoyo a la Infraestructura para los Pequeños
Productores Rurales. El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca colaborará
como órgano asesor de carácter técnico.
Artículo 17º- La autoridad de
aplicación deberá reglamentar la presente ley en un plazo de noventa días contado
a partir de la fecha de su promulgación.
Artículo 18º- Deróguense la
Resolución 255/2007 del Registro Nacional de la Agricultura Familiar, la Resolución
8/2008 del Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores y la Resolución
496/2008 del Programa de Desarrollo de las Economías Regionales creadas por la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
Articulo 19°. CLAUSULA
TRANSITORIA: Hasta tanto el ejecutivo reglamente la presente ley, dentro del
plazo que la misma prevé, continuaran vigentes las normas que regulan la
materia
Articulo 20°. Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
1. Justificación del
Proyecto de Ley
Desde el punto de vista de las
políticas públicas, la Agricultura Familiar ha tomado en los últimos años una
notable jerarquía que se manifiesta en la creación por Resolución 132/2006 del
Foro Nacional de la Agricultura Familiar, la creación por Resolución 255/2007 del
Registro Nacional de la Agricultura Familiar, por Resolución 8/2008 del Plan de
Apoyo a Pequeños y Medianos Productores, por Resolución 496/2008 del Programa
de Desarrollo de las Economías Regionales y por Decreto Nº 571 del 4 de abril de
2008 la Subsecretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar hoy transformada
luego de la creación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca por Decreto
del Poder Ejecutivo Nacional 1366/2009 en la Secretaría de Desarrollo Rural y
Agricultura Familiar.
Pero al mismo tiempo ese esfuerzo
institucional no fue acompañado por la sanción de leyes que definieran las políticas
integrales y sustentables para el mediano y largo plazo, y por un presupuesto
acorde a las necesidades de ese sector social y económico históricamente olvidado
y postergado.
Los Programas de Desarrollo Rural
con financiamiento externo (BID, Banco Mundial) de carácter focalizado nunca
tuvieron un impacto importante sobre el conjunto y no modificaron durante las
últimas décadas la situación de pobreza de la mayoría de las explotaciones
familiares agropecuarias.
La lucha, la constancia y la
persistencia de las organizaciones de la agricultura familiar y la creación del Foro
Nacional de la Agricultura Familiar lograron afianzar un avance en lo institucional
pero sin contar con el apoyo económico y presupuestario como para implementar
los planes y los programas nacionales.
Este proyecto de ley articula la
creación de tres programas nacionales y el Registro Nacional de Agricultura
Familiar. Cada uno de los tres programas nacionales complementa un aspecto de
las principales necesidades de los Pequeños Productores Pobres: Un programa
nacional de apoyo a la Agricultura Familiar como aportes directos no reintegrables
a los productores familiares. Estos fondos deberán destinarse al fortalecimiento de
los ingresos de los productores familiares y a la compra de insumos y
herramientas. Un programa nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor
Regionales como aportes directos no reintegrables a las organizaciones y
cooperativas de pequeños productores y un programa nacional de apoyo a la
infraestructura para los pequeños productores rurales. El objetivo es solucionar la
pobreza y el éxodo rural.
2. El éxodo y la pérdida de
población rural puede revertirse con políticas públicas
Entre 1988 y 2008 desaparecieron
127.275 EAPs con límites definidos y 144.640 en total con la inclusión de las EAPs
con límites indefinidos (Cuadro Nº 1)
Cuadro Nº 1
Pérdidas de Explotaciones
Agropecuarias (EAPs)
Censos Años 1988-2002-
2008
(en cantidad de EAPs)
Fuente: Censo Nacional Agropecuario 1988,
2002 y 2008 .
Entre los censos de 1988 y 2002
desaparecieron 103.955 explotaciones de las escalas más pequeñas (hasta 500
ha), aumentaron 23.064 de los estratos medios (entre 500,1 y 5.000 ha) y
disminuyeron en 41 EAPs de los más grandes (más de 5.000 ha). Esto significa
una desaparición neta de 80.932 explotaciones (Cuadro Nº 2).
Cuadro Nº 2
Pérdida de Explotaciones
Agropecuarias (EAPs)
Por Escala de Extensión en
hectáreas
Total País 1988-2002
(en cantidad de EAPs)
Fuente: Censo Nacional Agropecuario 1988 y
2002.
Entre los censos 1988 y 2002 los
Pequeños Productores de hasta 500 ha perdieron 103.955 explotaciones.
El análisis de la Población Rural en un
período más extenso muestra una pérdida de 1, 0 millón de personas entre 2000 y
2010 y de 1,8 millones entre 2000 y 2025 (Cuadro Nº 3).
Cuadro Nº 3
Población Rural
Años 2000, 2010 y
2025
(en miles)
Fuente: Boletín Demográfico, América Latina:
Proyecciones de Población Urbana y Rural, CEPAL, Julio 2005.
La Población Rural en porcentaje de
la Población total pasa de un 10,4% en el año 2000 a un 6,9% en el año 2010 y a
un 4,5% en la proyección al año 2025. La
población rural pasa de 3,8 millones
en el año 2000 a 2,8 millones en el año 2010 y a 2,0 millones en el año 2025. Esta
situación no es la tendencia dominante en América Latina. En un número
importante de países latinoamericanos, la caída porcentual es mucho más gradual
en relación a la población total y va acompañada de un crecimiento de la población
rural. (Cuadro Nº 4).
Cuadro Nº 4
Población Rural, Urbana y
Total
Años 2000, 2010 y
2025
(en miles y porcentajes)
Fuente: Boletín Demográfico, América Latina:
Proyecciones de Población Urbana y Rural, CEPAL, Julio 2005.
Lo mismo sucede con la Población
Económicamente Activa (PEA) que disminuye en 318 mil personas entre 2000 y
2010 y en 754 mil personas entre 2000 y 2030 (Cuadro Nº 5).
Cuadro Nº 5
Población Rural, Urbana y
Total
Años 2000, 2010 y
2025
(en miles y porcentajes)
Fuente: Observatorio Demográfico, Población
Económicamente Activa,
CEPAL, Nº 2, Octubre 2006.
Por su parte, la tasa de crecimiento
de la PEA urbana acompaña a la PEA total mientras que la tasa de la PEA rural es
negativa durante todo el período (Cuadro Nº 6).
Cuadro Nº 6
PEA Rural, Urbana y Total
Años 2000, 2010 y
2030
(en miles y porcentajes)
Fuente: Observatorio Demográfico, Población
Económicamente Activa,
CEPAL, Nº 2, Octubre 2006.
La última información disponible
sobre la población ocupada rural corresponde al Censo Nacional de Población del
año 2001 con 897.521 personas y al Censo Nacional Agropecuario del año 2002
con 774.876 personas.
La información por Categoría
Ocupacional relevada por el Censo Nacional de Población indicaba que el 51,5% de
la población ocupada rural correspondía a la categoría de obrero o empleado del
sector privado, la segunda categoría importante era el Trabajador por Cuenta
Propia que es asimilable a la categoría de Patrón -en el sentido que es propietario
de la explotación pero sin trabajadores permanentes contratados- que
representaba el 24,6% del total. Por lo tanto la suma de las categorías
Trabajadores por Cuenta Propia y Patrón con el 9,0% alcanza al 33,6% lo que
sumado a la categoría Obrero o Empleado (51,5% Privado y 3,1% Público) alcanza
al 88,6% (Cuadro Nº 7).
Cuadro Nº 7
Población Ocupada de 14
años y más en la Agricultura,
Ganadería, Caza y
Silvicultura por Categoría Ocupacional
Año 2001
(ocupados y porcentajes)
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población,
Hogares y Viviendas 2001.
La distribución de los Asalariados
muestra que un 61,7% vive en residencia rural y un 38,3 vive en residencia urbana
(Cuadro Nº 8).
Cuadro Nº 8
Distribución de los
Asalariados Agropecuarios
Residencia Rural y
Residencia Urbana
(en personas y porcentajes)
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población,
Hogares y Viviendas 2001.
Además, el Censo de Población
(2001) indica que los Hogares en área rural dispersa alcanzan un 66,7% mientras
que los Hogares en área rural agrupada sólo llegan al 33,3% del total (Cuadro Nº
9). Por su parte, los hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) se
encuentran en un 75,2% en el área rural dispersa alcanzando a 200.365 hogares
(Cuadro Nº 9).
Cuadro Nº 9
Hogares Rurales y Hogares
Rurales con NBI
Dispersos y
Agrupados
Año 2001
(ocupados y porcentajes)
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población,
Hogares y Viviendas 2001.
De los 3,8 millones de personas de
población rural se observa que 1,2 millones se encuentran con NBI de los cuales el
76,3% (938 mil) viven en área rural dispersa (Cuadro Nº 10).
Cuadro Nº 10
Población Rural y
Población Rural con NBI
Dispersa y Agrupada
Año 2001
(ocupados y porcentajes)
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población,
Hogares y Viviendas 2001.
La información del Censo Nacional
Agropecuario muestra una participación del 44,0% de productores, un 26,4% de
Trabajadores Familiares y un 29,6% de Trabajadores Permanentes. El total de los
ocupados alcanza a 774.876 personas (Cuadro Nº 11).
Cuadro Nº 11
Composición de los
Ocupados Rurales
Año 2002
(ocupados y porcentajes)
Fuente: Censo Nacional Agropecuario
2002.
Los pequeños productores familiares
de las economías regionales no pampeanas se ocupan mayoritariamente de los
cultivos agroindustriales tradicionales (caña de azúcar, vid, algodón, tabaco, yerba
mate, té, hortalizas, ovinos, caprinos). No se dedican a los alimentos básicos de la
canasta familiar (cereales, carnes, oleaginosas) que son producidos por el sector
capitalizado del agro (grandes y medianos) particularmente de la región
pampeana.
3. La concentración de la
propiedad de la tierra en la Argentina
La concentración de la tierra en la
Argentina muestra que 6.160 explotaciones (2,1% del total) de más de 5.000
hectáreas (grandes explotaciones) concentran el 50,0% de la tierra y que 246.947
explotaciones micro, pequeñas y medianas de menos de 500 hectáreas (83,0% del
total) ocupan el 13,3% de la tierra (Cuadro Nº 12 y 13).
Cuadro Nº 12
Argentina- Concentración
de la propiedad de la tierra
Explotaciones
agropecuarias con límites definidos,
por escala de
extensión
Año 2002
(en cantidades de establecimientos y hectáreas)
Fuente: Censo Agropecuario 2002.
Si se consideran tres escalas de
explotaciones de menos de 500 ha, entre 500,1 y 5.000 ha y más de 5.000 ha se
observa que el primer segmento que podemos caracterizar de Mipymes (micro,
pequeñas y medianas empresas) representa el 83% de las explotaciones y el
13,3% de la tierra, el segundo segmento de
medianos grandes representa el
14,9% de los establecimientos y el 36,8% de la tierra y el de los grandes
representa el 2,1% de los establecimientos y el 50,0% de la tierra. En Argentina el
grupo de medianos grandes y grandes representan el 17% de los establecimientos
y concentran el 86,7% de la tierra frente al 83% de establecimientos de Mipymes
que ocupan sólo el 13,3% de la tierra (Cuadros Nº 12 y 13).
Cuadro Nº 13
Argentina: Concentración
de la propiedad de la tierra
Explotaciones
agropecuarias con límites definidos,
por escala de
extensión
Año 2002
(en porcentajes)
Fuente: Censo Agropecuario 2002.
4. La Concentración de la
Propiedad de la Tierra y los Pequeños Productores
El Estudio del PROINDER-
SAGPYA/ICCA-Argentina, "Los pequeños productores en la República Argentina",
2006 -más allá de las imprecisiones y ausencias- es el más elaborado y completo
sobre la problemática realizado por el sector público argentino y servirá de
referencia para este proyecto de ley.
Este documento señala que los PP
son aquellos productores agropecuarios que dirigen una EAP en la que se cumplen
las siguientes condiciones:
- el productor agropecuario trabaja
directamente en la explotación;
- no se emplean trabajadores no
familiares remunerados permanentes;
- no tiene como forma jurídica
la 'sociedad anónima' o 'en comandita por acciones';
- posee una superficie total de
la explotación de: hasta 500 ha en las provincias de Corrientes y Misiones; hasta
1000 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Santa
Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Chaco, Formosa y Santiago del Estero;
hasta 2500 ha. en las provincias de
Jujuy, Salta, Catamarca, Tucumán, La Rioja y Neuquén y hasta 5000 ha en las
provincias de Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego;
- posee una superficie
cultivada de: hasta 500 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos,
La Pampa, Santa Fe, Chaco, Formosa, Santiago del Estero y San Luís; hasta 25 ha.
en las provincias de Neuquén, Río Negro, San Juan y Mendoza; y hasta 200 ha en
el resto del país; o posee hasta 500 Unidades Ganaderas en todas las provincias
del país (1) .
La cantidad de explotaciones
agropecuarias de los pequeños productores representa el 65,6% del total mientras
que la superficie sólo alcanza el 13,5%. Por su parte, los No PP (medianos y
grandes productores) participan con el 34,4% de las explotaciones y el 86,5% de
la superficie (Cuadro Nº 14).
Cuadro Nº 14
EAP, Superficie y
Superficie Media
Participación de los PP y
los No PP en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina,
Los pequeños productores en la República Argentina, 2006.
El análisis por Tipo de PP muestra que
el universo de 218.868 EAPs de PP (el 65,6% del total de EAPs) se divide en Tipo 1
con el 21,5%, Tipo 2 con el 26,8% y Tipo 3 con el 51,7%. Estos últimos que son
los productores más pobres representan el 34,0% del total de explotaciones
agropecuarias del país (Cuadro Nº 15) (2) .
Cuadro Nº 15
Cantidad y Tipos de EAP de
los PP
Participación de los PP por
tipo y en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina,
Los pequeños productores en la República Argentina, 2006.
5. El Territorio y los
Pequeños Productores Pobres
La regionalización agroeconómica
tiene por objetivo realizar una agrupación espacial de los PP según características
comunes referidas a las producciones que realizan, determinadas por las
potencialidades agropecuarias de las distintas regiones del país. Se tomó como
base el citado documento de PROINDER que a su vez se baso en el Documento
PROINDER N° 2 (2000) ya que se consideró que la misma se encuentra
suficientemente justificada en antecedentes técnicos de agronomía, producción
agropecuaria y economía agraria.
Los criterios que utiliza dicho trabajo
para determinar las regiones son los siguientes:
- geográfico: grandes unidades
geográfico-económicas;
- agroproductivo: grandes áreas
centradas en una o varias actividades principales;
- jurisdiccional: conjuntos de
departamentos (la pertenencia de cada uno a una región depende de la
orientación productiva de la mayoría de las explotaciones).
Así, los pequeños productores pueden
ser agrupados, en base a características espaciales y agroeconómicas comunes, en
las siguientes regiones:
1 - Puna
2 - Valles del NOA
3 - Agricultura Subtropical del NOA
4 - Chaco Seco
5 - Monte Árido
6 - Chaco Húmedo
7- Mesopotamia
8 - Patagonia
9 - Pampeana
10 - Oasis Cuyanos
11 - Valles Patagónicos
Un estudio complementario por
ecoregiones mostraría una subdivisión de la Mesopotamia en Selva Paranaense,
Esteros del Iberá, Campos y Malezales y Espinal y la Patagonia en Bosques
Patagónicos y Estepa Patagónica. Además habría que agregar Altos Andes y Delta
e Islas del Paraná.
6. La reparación histórica a
favor de los Pequeños Productores Pobres como objetivo central
El objetivo -a través de políticas
públicas- es dar solución a los problemas de pobreza de los productores tipo 2 y 3
para incluirlos -en un proceso de transición- en el tipo 1, que son aquellos
productores capitalizados que no presentan en general rasgos de pobreza.
El tipo 2 alcanza según el censo del
2002 a 36.700 Pequeños Productores y el tipo 3 -los más pobres- a 86.332
Pequeños Productores. El Universo de Pequeños
Productores que tenemos como
objetivo alcanza a 171.836 los cuales habría que ratificar o rectificar luego de la
inscripción en el RENAF (Registro Nacional de la Agricultura Familiar) (Cuadro Nº
16).
Cuadro Nº 16
Cantidad y Tipos de EAP de
los PP
Participación de los PP por
tipo y en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina,
Los pequeños
productores en la República Argentina, 2006.
Los dos sectores de actividad
fundamentales de la economía nacional, el sector agropecuario y el industrial,
vienen destruyendo puestos de trabajo desde la década de los setenta. Esto
provocó desocupación, mayor pobreza y el aumento del sector informal o
cuentapropista caracterizado por la precariedad y por la poca calificación del
trabajo. En el sector industrial se destruyeron 570 mil puestos de trabajo entre los
censos de 1974 y 2004 y en el sector agropecuario 257 mil durante los censos de
1988 y 2002. El modelo productivo no puede sustentarse en un modelo de
servicios y debe priorizar a los sectores que tienen mayor capacidad para
aumentar la productividad del trabajo, el sector agropecuario y el industrial.
Además, se debe promover una
Política de Ordenamiento Ambiental, Territorial y de Desconcentración Productiva
(particularmente del sector industrial y de servicios) y Poblacional desde los
grandes aglomerados urbanos hacia localidades rurales del interior del país. Se
debe fomentar el arraigo de los jóvenes en las áreas rurales dispersas y agrupadas
y permitir el acceso a la tierra (en tierras fiscales, improductivas y grandes
latifundios) a los jóvenes urbanos y rurales desocupados y subocupados. Una
reforma agraria integral sobre las explotaciones de más de 5.000 hectáreas (6.160
explotaciones, 2,1% del total) que concentran el 50% de la tierra crearía alrededor
de un millón de nuevos puestos de trabajo.
Esta política -articulada e integral- de
los tres programas nacionales y el Registro Nacional de la Agricultura Familiar,
permitiría frenar el éxodo rural y solucionar el oculto y postergado problema de la
pobreza rural (Cuadro Nº 17).
Cuadro Nº 17
Cantidad y Tipos de EAP de
los PP
Participación de los PP por
tipo y en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina,
Los pequeños
productores en la República Argentina, 2006.
Por todo lo expuesto, se solicita a las
Señoras Diputadas y Señores Diputados la aprobación del presente Proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/04/2012 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |