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PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Comisión Permanente

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Jefe LIC. LAMANNA DIEGO CESAR

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3006-D-2014

Sumario: EXIMICION DE LA PRESENTACION DE LA "DECLARACION JURADA DE IMPORTACION - DJAI -" PARA LAS EMPRESAS ENCUADRADAS BAJO EL CONCEPTO PYME NORMADO POR LA LEY 24467 Y SUS MODIFICATORIAS.

Fecha: 30/04/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36

Proyecto
Artículo 1: Dispóngase la eximición de la presentación de la Declaración Jurada de Importación (DJAI) para las empresas encuadradas bajo el concepto de PYME, por la ley 24467 y sus modificatorias.
Artículo 2: Esta eximición se aplicará a partir de la sanción de la presente ley, y en caso de encontrarse reunidos los demás requisitos vigentes, permitirá la oficialización de despachos de importación, su tramitación, liberación a plaza y comercialización, incluidos aquellos que se encuentre en trámite con efecto retroactivo al 1 de enero de 2014.
Artículo 3: De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A principios de 2012 la Resolución AFIP 3252/12 creó la DJAI, una Declaración Jurada Anticipada de Importación que tiene como objeto establecer un régimen de información aplicable a todas las destinaciones de importación definitiva. De esta manera, toda información que se registre queda a disposición de los Organismos que adhieran al mecanismo
La creación de este tipo de normas no es nueva, y ha sido utilizada ya en su momento para entorpecer las importaciones.
Esta norma creada por la AFIP es esencialmente igual con el aggiornamiento lógico de los años y la informatización de los despachos de importación y exportación, que lo que disponía el Decreto 4070/84, dictado por el entonces Presidente Raúl Alfonsín.
Aquella norma de un modo más sincero, explicitaba su real cometido que era la prohibición de importaciones de bienes, y creaba el régimen de Declaración de necesidad de importación. Esta norma fue derogada por el Decreto 2226/90, y digamoslo así, puesta en vigor nuevamente, por la Resolución General mencionada, es decir, una norma que en los hechos, lo que busca es impedir las importaciones, así como otras, dificultan enormemente las exportaciones, creando una maraña administrativa e infralegal que ha llevado a paralizar el comercio hacia dentro y hacia fuera de nuestro país.
El Gobierno Nacional a través de la AFIP, ha usurpado facultades que son del Congreso. El reciente fallo " Camaronera Patagónica SA" ha dejado claro que las Facultades del Congreso, establecidas constitucionalmente no quedan obturadas por el funcionamiento de órganos administrativos.
La Resolución General AFIP 3252/12 y sus posteriores modificaciones también administrativas, en los hechos representan un uso más de la torpe policía económica que pretende el Gobierno Nacional que sea el rol de la AFIP. Sin embargo, ese no es el rol constitucional ni legal.
Además, el contenido en sí de estas DJAI, en lo que se refiere a las PYMES, choca con los objetivos y articulado de la ley 24467, que fue creada precisamente, para fortalecer y facilitar que las PYMES se inserten en los mercados, y no para dificultar su existencia.
En razón de lo expuesto, entendemos que la modificación propuesta de eximir de las DJAI a las PYMES, cuando se reúnan los demás requisitos legales, permitiendo la oficialización de despachos de importación, su tramitación, liberación a plaza y comercialización, incluidos aquellos que se encuentre en trámite con efecto retroactivo al 1 de enero de 2014, permitirá al Congreso Nacional recuperar parte de sus atribuciones, y a la vez aportar una solución a los cientos de miles de despachos trabados en la Aduana y la AFIP, fruto de medidas que han deteriorado nuestra economía nacional.
Esta medida tiene, a su vez, como objetivo mejorar la productividad interna para combatir reducir costos y combatir la inflación. Una industria altamente protegida durante un tiempo prolongado pierda productividad. La principal manera de combatir la inflación es mediante el aumento de la oferta agregada. La competencia generada mediante la importación de algunos productos, permitirá que la producción nacional se compare con estándares internacionales de producción y mejore su productividad.
Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y aprobación del proyecto de ley que ha sido puesto en consideración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TRIACA, ALBERTO JORGE CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMERCIO (Primera Competencia)
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS