PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2589-D-2017
Sumario: PLAN NACIONAL DE SOSTENIMIENTO Y ESTIMULO A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - LEY 27264 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 10, SOBRE COMPENSACIONES A LAS QUE SE UBIQUEN EN ZONAS DE FRONTERA
Fecha: 17/05/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
COMPENSACIÓN MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN ZONAS DE FRONTERA
ARTICULO 1°.-¬ Sustituyese el Artículo 10 de la Ley 27.264 por el siguiente:
“ARTICULO 10.- Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para implementar programas tendientes a compensar a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en las zonas de frontera que este establezca por asimetrías y desequilibrios económicos provocados por razones de competitividad con países limítrofes, para lo cual podrá aplicar en forma diferencial y temporal las siguientes herramientas fiscales así como incentivos a las inversiones productivas y turísticas:
a. Utilización del cien (100) por ciento del impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias establecido por el artículo 1° de la Ley N° 25413 para compensar impuestos y contribuciones ante la Administración Federal de Ingresos Públicos-
b. Reducción hasta un máximo de setenta y cinco (75) por ciento del monto total de las contribuciones patronales establecidas en el régimen general con destino a los subsistemas de la seguridad social previstos en las leyes N° 19.032, 24.013, 24.241 y sus modificatorias.
c. Reducción hasta un treinta (30) por ciento de los saldos técnicos mensuales a depositar en concepto de Impuesto al Valor Agregado.
d. Reducción del quince (15) por ciento en las tasas de interés de todas las líneas de créditos de los bancos o entidades financieras de carácter público de jurisdicción nacional.
ARTÍCULO 2º.- La presente ley entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto pretende resolver un vacío legal ante la falta de normas resolutorias del artículo 10 de la ley 27.264 que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a “…implementar programas tendientes a compensar a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en las zonas de frontera que este establezca por las asimetrías y desequilibrios económicos provocados por razones de competitividad con países limítrofes para lo cual podrá aplicar en forma diferencial y temporal herramientas fiscales así como incentivos a las inversiones productivas y turísticas…”.
Según los datos oficiales las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas generan el 70% del empleo privado registrado en la Argentina, y han tenido una baja tasa de crecimiento y de generación de empleo en los últimos años.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas presentan una estructura organizativa y una capacidad financiera ciertamente vulnerable a los períodos
de recesión o de bajo crecimiento económico. Esta situación se torna mucho más compleja aún en las zonas de frontera donde las asimetrías provocan el éxodo constante de consumidores a los países limítrofes ante el tipo de cambio favorable a los mismos, así como también la compra de productos importados en alta escala.
En el año 2016 y en el actual asistimos diariamente el movimiento masivo de personas residentes en zonas de frontera y aledañas que cruzan los pasos fronterizos de Argentina con Paraguay, Brasil y Chile fundamentalmente para realizar compras de artículos de diferentes rubros. Esto ha provocado una brusca caída de la demanda local por un lado, y también de la demanda de estos países que en años anteriores realizaban compras de diferentes productos y servicios en nuestro país.
Esta caída del consumo local ha generado en el último año en algunas ciudades fronterizas del país el cierre de comercios y de pequeñas y medianas empresas, así como también la reducción de empleados. Esta situación es permanentemente denunciada en los medios de comunicación por las organizaciones representativas, cámaras de comercio, y representantes políticos, en reclamo de medidas urgentes para paliar las asimetrías en las provincias con pasos fronterizos.
Ante este contexto complejo en las zonas de frontera, se hace necesario avanzar en la instrumentación y aplicación urgente de herramientas fiscales que contribuyan al sostenimiento de las Micro, Medianas y Pequeñas Empresas, debido a la situación pública de desequilibrio económico que enfrentan en este tiempo.
Estas herramientas fiscales aquí propuestas están orientadas a contribuir a la sostenibilidad de estos emprendimientos a partir de descuentos impositivos que posibiliten montos inferiores en las exigencias de pagos, y por ende, la posibilidad de márgenes de rentabilidad.
Se establece además un beneficio diferencial ante la toma de créditos en entidades financieras de carácter público nacional, a los efectos de contribuir al acceso a líneas crediticias para su desarrollo o crecimiento futuro.
En la comprensión de que se hace necesaria y urgente la generación de herramientas fiscales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en zonas de frontera, que actualmente padecen el impacto negativo de las asimetrías, es que presento estos beneficios impositivos orientados a las mismas, y solicito el acompañamiento de mis pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CLOSS, MAURICE FABIAN | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
RISKO, SILVIA LUCRECIA | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
FRANCO, JORGE DANIEL | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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