PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1022-D-2011
Sumario: FOMENTO DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA - LEY 25300 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 35, SOBRE ORGANIZACION DE UNA RED DE AGENCIAS REGIONALES DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Fecha: 18/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
Artículo 1º - Sustitúyese el
artículo 35º de la Ley 25.300 de Fomento de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa, por el siguiente:
ARTICULO 35. -
Sustitúyese el artículo 13 de la ley 24.467 por el siguiente:
Artículo 13: La Secretaría
de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía
organizará una red de agencias regionales de desarrollo productivo
que tendrá por objeto brindar asistencia homogénea a las MIPyMEs en
todo el territorio nacional. Para ello dicha secretaría queda facultada
para suscribir acuerdos con las provincias y con otras instituciones
públicas o privadas que brindan servicios de asistencia a las MIPyMEs
o que deseen brindarlos, que manifiesten su interés en integrar la
red.
La Secretaría de la
Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía privilegiará y
priorizará la articulación e integración a la red de aquellas agencias
dependientes de los gobiernos provinciales y centros empresariales ya
existentes en las provincias. En los casos en que no existiesen o no se
encuentren consolidados las agencias y centros empresariales
precitados, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa del
Ministerio de Economía queda facultada para establecer por sí
agencias regionales de desarrollo productivo, en coordinación con las
jurisdicciones provinciales y municipales, con el fin de impulsar y
afianzar el desarrollo productivo regional.
Todas las instituciones que
suscriban los convenios respectivos deberán garantizar que las
agencias de la red cumplan con los requisitos que oportunamente
dispondrá la autoridad de aplicación.
Las agencias que
conforman la red funcionarán como ventanilla de acceso a todos los
instrumentos y programas actuales y futuros de que disponga la
Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Economía para asistir a las MIPyMEs. También las agencias
promoverán la articulación de todos los actores públicos y privados
que se relacionan con el desarrollo productivo y entenderán, a nivel de
diagnóstico y formulación de propuestas, en todos los aspectos
vinculados al desarrollo regional, tales como problemas de
infraestructura y de logística que afecten negativamente el
desenvolvimiento de las actividades productoras de bienes y servicios
de la región.
La Secretaría de la
Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía queda
facultada, además, para celebrar convenios con otras áreas del
Estado nacional con el objeto de que la información y/o los servicios
que produzcan destinados a las MIPyMEs puedan ser incorporados al
conjunto de instrumentos que ofrecerán las agencias.
Los contratos de
fideicomiso mencionados en los artículos 3° y 9° de la Ley de Fomento
para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, preverán una asignación
de fondos para la instalación y puesta en marcha de la red de
agencias regionales por hasta la suma de cinco millones de pesos ($
5.000.000).
Los principios que regirán
el desarrollo y el funcionamiento de la red son los de colaboración y
cooperación institucional, asociación entre el sector público y el sector
privado, y cofinanciamiento entre la Nación, las provincias, el gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios.
Artículo 2º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El objetivo del presente
proyecto de ley es fomentar un mayor desarrollo productivo regional a
través de del establecimiento de agencias públicas de desarrollo
productivo por parte de la Secretaría de la Pequeña y Mediana
Empresa y Desarrollo Regional (Sepyme).
Particularmente, el
proyecto de ley modifica el artículo 35º de la ley 25300 de Fomento
para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa el cual establece que la
Secretaría precitada "organizará una red de agencias regionales de
desarrollo productivo que tendrá por objeto brindar asistencia
homogénea a las MIPyMEs en todo el territorio nacional". Aquel
artículo también especificaba que se privilegiaría y priorizaría "la
articulación e integración a la red de aquellas agencias dependientes
de los gobiernos provinciales y centros empresariales ya existentes en
las provincias". La modificación plantea mantener estas prerrogativas
agregando la posibilidad de que la Sepyme pueda establecer por sí
agencias regionales de desarrollo productivo sólo en los casos en que
"no existiesen o no se encuentren consolidados las agencias y centros
empresariales precitados".
Recordemos que las
Agencias de Desarrollo Productivo tienen una importancia vital para el
sector al constituirse, según la propia Secretaría Pymes, en la
"plataforma institucional de información y soporte, a través de la cual la
Sepyme facilita su vinculación con las PyMES de todo el país".
Actualmente, se formalizan como instituciones intermedias
conformadas por actores públicos y privados de inserción local, que
"promueven la colaboración y cooperación institucional, la asociación
entre el sector público y privado y la asistencia homogénea e integral
para todas la pymes nacionales". A través de las agencias Pymes, las
unidades productivas pueden obtener información integral y asistencia
respecto de los instrumentos financieros y no financieros de apoyo a
las pequeñas y medianas empresas; pueden identificar oportunidades
de negocios e inversiones; acceder a canales de transferencia
tecnológica, capacitación y asistencia técnica; participar en misiones
comerciales, rondas de negocios, eventos y ferias regionales,
nacionales e internacionales, entre otros.
Entre las tareas de las
Agencias Productivas, se señala desde la Secretaría Pymes que:
logran un incremento y mejora permanente en las condiciones de
empleo local; identifican sectores económicos dinámicos para la
región, con potencial para contribuir a la creación de nuevas empresas
y al mejoramiento de su competitividad; brindan y/o canalizan servicios
financieros y técnicos de actualización empresarial; promueven el
aumento y mejora
permanente en las
condiciones de empleo local e impulsan el fortalecimiento de los
sistemas productivos locales.
Frente a este importante
abordaje territorial que posibilita una mayor accesibilidad a los
servicios, beneficios e información brindada desde la Sepyme, es
preciso que este esquema se extienda a municipios o departamentos
donde no existan o no se encuentren consolidadas agencias
dependientes de los gobiernos provinciales ni centros empresariales.
En este sentido, el proyecto de ley presentado rescata el
"empoderamiento" a través del actual modelo de agencias, aunque
propone ampliar la plataforma institucional de modo que el Estado
estimule el desarrollo productivo regional a través de las pequeñas y
medianas empresas.
Es importante recordar
que según los datos de la AFIP, de las 984.749 empresas existentes
en nuestro país, un 99% se encuadran dentro de las MIPyMES de las
cuales un 80% son micro, un 16% pequeñas y un 3% medianas
empresas. Un dato destacable es que las MIPyMES engloban el 69%
del empleo total y son responsables del 42% de las ventas agregadas.
Es decir, su importancia en la economía y producción del país es
superlativa.
Aún así, las estadísticas a
nivel internacional indican que el 80% de las PyMES fracasa antes de
los cinco años y el 90% de ellas no llega a los 10 años. En nuestro
país, según la Asociación Argentina para el Desarrollo de la Pequeña
y Mediana Empresa esta situación se incrementa si consideramos que
"sólo el 7% de los emprendimientos llega al 2º año de vida y sólo el
3% de los emprendimientos llega al 5º año de vida".
Las razones
de la alta tasa de mortalidad son varias, entre las que se destacan las
extrínsecas, vinculadas al contexto económico-político-social tales
como deficiencias en las políticas de fomento públicas (problemas en
las fuentes de financiamiento, falta de accesibilidad a los instrumentos
de promoción, altas tasas impositivas, alto costo de las fuentes de
financiamiento disponible) y las intrínsecas, vinculadas a la capacidad
de gestión de sus propios dueños. Actualmente, desde el Gobierno
nacional se ha tratado de subsanar esta situación a través de amplias
herramientas e instrumentos para el sector y que se brindan a través
de la plataforma institucional de las Agencias Productivas.
A pesar de
ello, y dado el relativo aislamiento que sufren numerosas unidades
productivas en las provincias, muchas carecen de la accesibilidad
necesaria a los beneficios, servicios e información que se brindan en
otros espacios y que les permitiría sin duda estimular, potenciar y
consolidar sus emprendimientos productivos. Para el caso del NOA,
pero especialmente para Salta, la presencia de políticas de fomento y
promoción se tornan urgentemente necesarias, en especial para las
zonas postergadas y relegadas productivamente.
Según el Observatorio
PyME Regional de Salta, dos son los aspectos que merecen
destacarse para esta provincia respecto a las PyMES: la juventud de
sus empresas y su fuerte aislamiento del mercado internacional,
debido principalmente a los límites de las vías de comunicación de la
región NOA con los principales puertos del comercio internacional.
Sumado a esto, se destaca la escasa penetración estatal ya que sólo
el 1.8% de las PyMES relevadas han utilizado algún programa público
nacional.
Cabe recordar que en la
Provincia de Salta, de las PyMES industriales "más de un tercio inició
sus actividades a partir de 2001, evidenciando a través de varios
indicadores estadísticos que aún no han superado la fase de la
consolidación de su posicionamiento en el mercado. Por otra parte,
una proporción mínima de las empresas salteñas, menos del 3% (muy
similar a Tucumán), son exportadoras". Por último, se señala que "las
PyMES salteñas, al igual que las tucumanas y sus colegas del NOA,
se dedican sustancialmente a abastecer el mercado local y provincial,
(...) pero ese abastecimiento del mercado local queda en alguna
medida condicionado por el abastecimiento de insumos industriales
extra-regionales" ya que para el 30% de las PyME salteñas el principal
proveedor se sitúa a más de 1.000 Km. A esto, debemos sumar el
desequilibrio provincial que se genera por la ubicación de las PyMES,
en especial las industriales ya que el 70% se ubica "en los
departamentos que ocupan el Valle de Lerma, especialmente en el
Departamento Capital (54%) y en aquellos aledaños al mismo, como
Rosario de Lerma y Gral. Güemes"; el restante 30% en los
departamentos de Orán y Gral. San Martín.
Frente a estos datos
nacionales y provinciales concluimos en la necesidad que el Estado
amplíe su plataforma y canales institucionales en pos de contemplar
una política de promoción hacia las PyMES que las integre
territorialmente y equilibradamente para lograr un mayor desarrollo
productivo regional.
Por todas las razones
expuestas, es que solicito el acompañamiento en el presente proyecto
de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TORFE, MONICA LILIANA | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
GALLARDO, MIRIAM GRACIELA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | SOCIAL PATAGONICO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (Primera Competencia) |
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/04/2012 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |