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PRESUPUESTO Y HACIENDA

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo Dr. Seguí Ariel

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0204-D-2010

Sumario: DEROGACION DE LA LEY 23681 SOBRE RECARGO EN EL PRECIO DE VENTA DE ELECTRICIDAD RESPECTO DE LAS TARIFAS VIGENTES.

Fecha: 02/03/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5

Proyecto
Artículo 1.- Derogase la ley Nº 23.681.
Artículo 2.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley que por medio del presente proyecto se pretende derogar, instituyó a partir del mes del año 1989 un recargo para todos los usuarios domiciliarios del país del servicio de energía eléctrica, consistente en el 6/00 (seis por mil) del precio de venta de cada una de las prestadoras del servicio.
Dicho recargo, estaba destinado para que la Empresa Servicios Públicos Sociedad del estado de la Provincia de Santa Cruz realice las inversiones pertinentes a los efectos de la reducción del nivel de tarifas para que éstas alcancen los promedios generales del resto del país (artículo 3º) y hasta tanto se produjera la interconexión de la provincia beneficiada al sistema interconectado nacional.
Sin perjuicio de que la Provincia de Santa Cruz accediera la Sistema Interconectado Nacional por medio del dictado del decreto 1378/01 se prorrogó loa vigencia de la ley.
Con posterioridad, al sancionarse la ley de presupuesto correspondiente al ejercicio 1999, se estableció como tope para transferir sumas de dinero por aplicación de la ley 23.681 a la suma anual de pesos y/o dólares estadounidenses veintiséis millones doscientos mil ( 26.200.000) y el monto que supere dicho importe tenía como destino de ingreso al Tesoro Nacional.
Atento las normas jurídicas citadas, no es aventurado poner de manifiesto que el propósito establecido por la ley 23.681 ha cumplido con creces su cometido, ello sin tener en cuenta que la realidad o la situación económica financiera de la Provincia de Santa Cruz ha cambiado, pues durante el proceso privatizador de la década del 90, se ha visto beneficiada con el cobro de regalías petroleras, y en los últimos tiempos con aportes extraordinarios del Tesoro Nacional.
Además este tributo que continua vigente, en gran medida ingresa al Tesoro nacional.
No obstante la existencia de diversos proyectos similares al presente, considero oportuno poner de manifiesto que la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fé, Provincia a la que represento, por iniciativa del Bloque de Diputados del Partido Demócrata Progresista, sancionó un proyecto de comunicación declarando la necesidad de proceder a la derogación de la ley nacional 23.681.
Dicho proyecto, entre sus fundamentos ponía de manifiesto también que "según la denuncia presentada ante la justicia, por el Centro de Educación al consumidor (CEC), "483 millones de pesos del fondo eléctrico de Santa Cruz fueron desviados de sus destino original", es decir, que las autoridades políticas de dicha Provincia ya han desnaturalizado el espíritu de la ley.
Atento las normas jurídicas citadas, no es aventurado poner de manifiesto que el propósito establecido por la ley 23.681 ha cumplido con creces los fines que motivaron su sanción y por ello solicito su derogación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FAVARIO, CARLOS ALBERTO SANTA FE DEMOCRATA PROGRESISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/05/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
09/11/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
09/11/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)