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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 9901-D-2014

Sumario: BOSQUES NATIVOS (LEY 26331). MODIFICACION DEL ARTICULO 2°, SOBRE AMPLIACION DE LA SUPERFICIE PROPIEDAD DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS Y DE PEQUEÑOS PRODUCTORES A VEINTE HECTAREAS.

Fecha: 04/02/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 192

Proyecto
MODIFICACION DEL ARTICULO 2 DE LA LEY Nº26331
ARTICULO 1:
Sustitúyese el art. 2 de la Ley Nº 26.331 por el siguiente: " A los fines de la presente ley, considéranse bosques nativos a los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea -suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos-, conformando una trama interdependiente con características propias y múltiples funciones, que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio ecológico dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica y científica.
Se encuentran comprendidos en la definición tanto los bosques nativos de origen primario, donde no intervino el hombre, como aquellos de origen secundario formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes de una recomposición o restauración voluntarias.
Quedan exceptuados de la aplicación de la presente ley todos aquellos aprovechamientos realizados en superficies menores a veinte hectáreas ( 20) que sean propiedad de comunidades indígenas o de pequeños productores".
ARTICULO 2. DE FORMA

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley de preservación de los Bosques Nativos, una vieja aspiración de muchos que hemos luchado durante largos años de nuestras vidas para lograr que se preste atención a un accionar que durante mucho tiempo ha dado como resultado la desaparición de cientos de miles de hectáreas de bosques nativos, tarea realizada sin un control por parte del Estado, con la única finalidad de un lucro personal a costa del deterioro del equilibrio ecológico, ha significado un gran logro para los que apostamos por la conservación de los recursos naturales.
Sin ir mas lejos, es conocida nuestra defensa a ultranza de nuestros recursos naturales como en el caso de la explotación minera que se quiere realizar en el Cerro Famatina que ha significado la lucha de todo un pueblo en defensa de los recursos de la naturaleza y del cuidado del medio ambiente.
Debemos admitir que la biodiversidad que nos aportan los bosques nativos, no solo tiene un gran valor económico, sino que desde el punto de vista científico el aporte es de inmejorable valor, y permitirá avanzar en el futuro, sobre la base del conocimiento en nuevas variables que serán aportes concretos a las ciencias bilógicas, a la vez que estaremos preservando a la naturaleza de depredaciones que atentan contra su vida futura.
Es importante también mencionar que la superficie que queda exceptuada en el texto de la ley aprobada, diez hectáreas, a mi modo de ver resulta escasa, por lo que propongo extender esa superficie a un mínimo de veinte hectáreas, o sea el doble. La explicación para el pedido de esta ampliación surge de comprobar que, en muchas zonas del país, la superficie de diez (10) hectáreas es muy limitante para legislar con el sentido de esta ley y debemos ampliarla a por lo menos veinte (20), pues muchos pequeños asentamientos de comunidades originarias, como también pequeños productores de diferentes zonas, poseen una superficie que excede ampliamente las 10 hectáreas que propone la ley aprobada y es necesario un ajuste en esta materia.
Por lo expuesto, Sr. Presidente, solicito la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
AGRICULTURA Y GANADERIA
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO