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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 8623-D-2012

Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO, JORGE CAPITANICH Y AL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE FORMOSA, GILDO INSFRAN, ANTE LAS COMISIONES DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE POBLACION Y DESARROLLO HUMANO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, SOBRE LAS DUDOSAS MUERTES DE NIÑOS DE LA COMUNIDAD QOM, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 01/02/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 184

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en cumplimiento del artículo 128 de la Constitución Nacional para que arbitre los medios necesarios y disponga la concurrencia del Sr Gobernador de la Provincia del Chaco, Jorge Capitanich, y del Sr Gobernador de la Provincia de Formosa, Gildo Insfrán, a las Comisiones de Asuntos Constitucionales y de Población y Desarrollo Humano de esta Honorable Cámara, a fin de que brinden explicaciones sobre las dudosas muertes de niños de la comunidad Qom, y que respondan respecto a las siguientes cuestiones:
- ¿Qué información se tiene con relación a los hechos de discriminación y violencia ejercidas contra la comunidad Qom que pueden haber dado origen a estas muertes?
- ¿Qué medidas se adoptaron y/o adoptarán para esclarecer estos hechos?
- ¿Que han hecho estos gobiernos provinciales con relación a la mejora de las condiciones de hábitat, de trabajo, de convivencia comunitaria para garantizar los derechos del pueblo Qom?
- ¿Qué políticas públicas ha llevado adelante el Gobierno Nacional para garantizar la plena vigencia del articulo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional e implementar condiciones de hábitat, empleo y convivencia pacífica con los vecinos a la comunidad Qom y otras comunidades de pueblos originarios para que no sufran discriminación y condiciones de explotación?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde 1994 los derechos de los pueblos indígenas están consagrados en el ordenamiento legal argentino. En efecto, a partir de la reforma del '94, la Constitución Argentina establece en su artículo 75, inciso 17, que le corresponde al Congreso: "Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones." Sin embargo este artículo parece no cobrar vida en nuestra realidad. El enfrentamiento entre las autoridades provinciales y el pueblo Qom es conocido. Ya se han producido muertes, persecuciones y discriminaciones. Evidentemente este artículo que debe ser garantizado no lo es y la violencia contra la comunidad Qom continúa. Nuevos hechos han ocurrido y sobre ellos pedimos informes en esta oportunidad.
Recientemente, dos crímenes sacudieron a la comunidad indígena Qom. El 4 de enero de 2013, el niño Imer Flores (de 12 años de edad) se sumó a los festejos de la inauguración de la temporada de verano en Villa Río Bermejito, situada en El Impenetrable Chaqueño. Luego de una intensa búsqueda el sábado 5 encontraron su cuerpo ensangrentado a unos metros del camping municipal ubicado en el balneario de la mencionada localidad. Pudo ser identificado, a pesar del estado en que se encontró el cadáver (ferozmente golpeado y con su rostro desfigurado), por un tatuaje simbolizando la etnia Qom. Imer habría discutido con Nino Franco, detenido como sospechoso de ser autor material del homicidio, con antecedentes de enfrentamientos con los Qom.
Esta muerte se suma a otras de integrantes de esa comunidad, una mujer de 49 años y su nieta de 10 meses fueron atropellados por un gendarme en una ruta de la provincia de Formosa; y se agrega el fallecimiento de Daniel Asijak (16 años), sobrino del líder Qom Félix Díaz, quien fue encontrado sin vida con una fractura de cráneo probablemente ocasionada por un ataque con un objeto contundente.
Según el padre del joven, los miembros de la comunidad Qom deben padecer a diario una gran discriminación: "están los criollos y los indígenas". Para la familia, no se trató de un accidente sino que Daniel fue asesinado, y los médicos del Hospital Central de Formosa dijeron que el joven habría padecido una golpiza y que tenía fractura de cráneo producto de un fuerte golpe.
Estas muertes, que a la luz de la información de que se dispone hasta el momento serían más precisamente homicidios, no pueden quedar sin esclarecerse.
Por lo expuesto, es que le solicitamos Sr. Presidente la aprobación del presente pedido de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION POR TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO