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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 8229-D-2010

Sumario: CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION PLURILINGÜE, DE ACUERDO CON LA LEY 26206 (LEY NACIONAL DE EDUCACION) Y CONCORDANTES.

Fecha: 17/11/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175

Proyecto
Programa Nacional de Educación Plurilingüe
ARTÍCULO 1º: Créase el Programa Nacional de Educación Plurilingüe, cuyo objetivo es el desarrollo equilibrado de la personalidad del educando y su identidad, en respuesta a la experiencia de la alteridad, de acuerdo con la Ley 26206 - Nacional de Educación y concordantes.
ARTÍCULO 2º: Entiéndase por educación plurilingüe aquélla destinada a ampliar la construcción de capacidades comunicativas del sujeto y a la que contribuye cualquier conocimiento o experiencia de lenguas, en la que éstas están en correlación e interactúan en la comunicación humana, a través de los distintos lenguajes. Contempla las lenguas indígenas, regionales y extranjeras.
ARTÍCULO 3º: El Ministerio de Educación de la Nación, convocará a representantes e instituciones de los distintos grupos étnicos, incluidos los extranjeros; representantes de los gremios docentes y de asociaciones de profesores de lenguas extranjeras, legalmente reconocidos; y otros actores sociales y culturales, conforme lo fije la reglamentación, la que también establecerá los otros aspectos relativos a su funcionamiento.
ARTÍCULO 4º: El Ministerio de Educación de la Nación:
a) Velará por la diversidad de opciones en materia de selección de lenguas.
b) Cuidará la coherencia y continuidad de los recorridos de lenguas propuestas.
c) Elaborará una campaña comunicacional institucional destinada a las unidades educativas y sus respectivas comunidades, así como a la sociedad.
d) Actualizará y enriquecerá las propuestas en función de necesidades detectadas.
e) Toda otra tarea relativa a la difusión del plurilingüismo y sus aspectos positivos.
ARTÍCULO 5º: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, adoptará las medidas técnico - pedagógicas y presupuestarias a fin de instrumentar la extensión progresiva de por lo menos dos lenguas, sean éstas indígenas, regionales o extranjeras, además de la materna, de acuerdo con un mapa lingüístico nacional.
ARTÍCULO 6º: Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente, serán imputadas a las partidas presupuestarias que correspondan.
ARTÍCULO 7°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Bicentenario de nuestro País ha favorecido el debate profundo sobre nuestra identidad socio - cultural y lingüística de una rica diversidad, tal como lo ha señalado la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner: "Y ese 1810 tenía una América que bullía en todas partes (...) Esos hombres y esas mujeres interpretaron, entonces, valores universales que vienen desde el fondo de los tiempos y que es la necesidad de la autodeterminación de los pueblos y de que cada sociedad pueda construir su historia, su presente y su futuro", de manera de "aceptar nuestras diversidades, nuestros diferentes procesos históricos, nuestras diferentes identidades." Y en nuestro caso, identidad marcada por la confluencia de culturas indígenas, preexistentes, de pueblos inmigrantes y de criollos. Y sabemos que las lenguas, tanto maternas como extranjeras, inciden profundamente en la construcción de las identidades individuales y colectivas.
En el primer caso, la de los sujetos, puede verse enriquecida o no según el niño o la niña sea o no sensibilizado, en su primera infancia, a distintos lenguajes y lenguas. Sensibilización o pre - aprendizajes a los que un número importante de esos niños y niñas sólo podrán acceder en la Escuela. Y hablamos de plurilingüismo, tal como se lo presenta en el artículo 2º del presente Proyecto, pues se trata de favorecer también otros aprendizajes y no limitarse a un bilingüismo reductor ni a un poliglotismo convencional.
Por otra parte, la diversidad socio - cultural y lingüística conlleva la aceptación de la coexistencia de personas y grupos heterogéneos. Así constituye un nudo ético - mítico ligado a los valores de cualquier sociedad que se pretenda justa y plural, en que el reconocimiento del Otro esté presente en la cotidianidad, en el derecho y en las leyes.
Este proyecto tiene sus antecedentes en otro que hemos presentado en nuestra Provincia y ha sido bisagra en el tratamiento del rico patrimonio lingüístico del Chaco. Además, también nuestra Provincia ha oficializado las lenguas indígenas de los tres Pueblos preexistentes (Ley 6604). Hecho destacado como un umbral en la conservación o revitalización de las lenguas. Sabemos que, a nivel nacional, el Ministerio de Educación trabaja en sentido similar, en el marco de los principios de la interculturalidad y el plurilingüismo.
Es así que la presentación de este proyecto se enmarca en un federalismo enriquecedor y en la búsqueda de nuestra Identidad como personas y ciudadanos argentinos.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA