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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 7872-D-2014

Sumario: CONVENIO DE REGULARIZACION N° 45/07 QUE DISPONE EL TRASLADO DEL DEPOSITO DE AUTOMOVILES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA UBICADO EN LUGANO, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, PREVIO SANEAMIENTO DEL SUELO, A FIN DE URBANIZAR EL PREDIO Y CONSTRUIR VIVIENDAS, CELEBRADO EL DIA 16 DE NOVIEMBRE DE 2007, ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA NACION Y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. APROBACION.

Fecha: 07/10/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 140

Proyecto
Artículo 1°: Apruébese el Convenio de Regularización N° 45/07 celebrado el 16 de noviembre de 2007, entre el Ministerio del Interior de la Nación, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la llamada Villa 20, predio ubicado entre Villa 20 en el polígono comprendido por la Av. Francisco Fernández de la Cruz, eje de la calle Pola, borde sudeste de la villa 20 y Av. Escalada, se encuentra una playa de depósito de automóviles perteneciente a la Policía Federal Argentina, conocida como "cementerio de autos".
En dicho predio, también se encuentra el Barrio Papa Francisco, que ha sido recientemente desalojado. No obstante, este barrio comprende solo el 40% de dicho predio. El 60% restante (aproximadamente una superficie de 122.000 mts. cuadrados) se encuentra ocupado por el "cementerio de autos" de la Policía Federal Argentina.
En el año 2007 el Gobierno Nacional (a través del Ministerio del Interior de la Nación) y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebraron el Convenio 45/07. Este convenio dispone el traslado del "cementerio de autos" de la Policía Federal Argentina ubicado en barrio Villa 20 de Lugano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo saneamiento del suelo, a fin de urbanizar dicho predio y construir viviendas.
Por otra parte a través de diversos reclamos y luchas sociales en el año 2005 se sancionó la Ley 1770 de la Ciudad de Buenos Aires, la cual establece que el predio debe ser vaciado de autos -previo remediado del suelo contaminado- y destinado a la construcción de viviendas para la Villa 20, comenzando específicamente por tres manzanas (la 28, 29 y 30) y siguiendo por el resto de la villa con el fin de lograr el esponjamiento necesario para su urbanización.
Como no se ha avanzado en el cumplimiento de la Ley por la falta de traslado del depósito de autos, se inició una causa judicial obrante en el juzgado a cargo de la Jueza Elena Liberatori. El pasado 29/8 la jueza se expidió ordenando al GCBA que para diciembre de 2015 el predio COMPLETO deberá estar urbanizado. El GCBA apeló o está por hacerlo pidiendo un plazo mayor.
El quid de la cuestión es que mientras Policía Federal no libere ese porcentaje del predio no se podrá avanzar ni en la remediación del suelo ni tampoco en la urbanización y construcción de viviendas.
Es dable destacar que en los considerandos de dicho Convenio se señala que "El presente convenio se suscribe por iniciativa del GOBIERNO NACIONAL, con el objeto de llevar a cabo acciones concretas tendientes a resolver la situación conflictiva existente en algunos de los
predios que ocupa la denominada Villa 20 [...] Que, los habitantes de la Villa 20 se encuentran en condiciones de habitabilidad precaria y de alto riesgo social [...] Que en ese entendimiento, el Señor Presidente de la Nación, con fecha 11 de octubre de 2005, en el acto público realizado ante los habitantes de la Villa 20 y representantes de diversas organizaciones sociales que desarrollan actividades en ese predio, hizo mención a su compromiso de hacer entrega de los terrenos que ocupa la Policía Federal Argentina en la finca ubicada en la intersección de la Avenida Escalada y la Avenida F. Fernández de la Cruz de esta Ciudad, y que utiliza como playa de depósito de automóviles, ello, con la finalidad de facilitar la urbanización de la Villa 20 lindera con dicho lugar...".
Por último cabe mencionar que el 24 de abril de 2008 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sancionado la Ley 2692 mediante la cual se aprueba dicho Convenio. En este sentido resulta preocupante que a la fecha, la aprobación de dicho Convenio por parte de esta Honorable Cámara se encuentra pendiente.
Por lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES PROYECTO SUR - UNEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA