POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6949-D-2016
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL "ENCUENTRO MAPUCHE PLURALIDAD, DIVERSIDAD Y DERECHOS CULTURALES COMO DERECHOS HUMANOS", A REALIZARSE DEL 12 AL 14 DE OCTUBRE DE 2016, EN BENITO JUAREZ, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 05/10/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 142
Declarar de interés de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación al Encuentro Mapuche Pluralidad, Diversidad y Derechos Culturales como Derechos Humanos.
Los días 12, 13 y 14 de Octubre de 2016 se realizarán las Jornadas Culturales mapuche en Benito Juarez – Provincia de Buenos Aires. Dentro del Marco del día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Encuentro organizado por la Organización Mapuche KALLFÜ MAPU, dentro del marco del mes de la interculturalidad y los Pueblos Originarios, cuya finalidad es valorar y visibilizar la larga historia de luchas, resistencias y reivindicaciones del Pueblo Mapuche, generar un punto de encuentro y promover su cultura milenaria hacia toda la población regional en consonancia con políticas públicas para la inclusión e igualdad.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Encuentro es una iniciativa de la Organización Mapuche KALLFÚ MAPU de la CTA de los trabajadores, fundado en la Provincia de Neuquén hace 14 años, donde en la actualidad sus integrantes son de gran parte de la Patagonia y Buenos Aires. Estas fechas no son azarosas, ya que constituyen la conmemoración del 12 de octubre, “Día del Respeto a la Diversidad Cultural”, de reflexión histórica y diálogo intercultural. Esto implica dejar atrás la conmemoración de “la conquista” de América y el proceso que sólo valoró la cultura europea para dar paso al análisis y a la valoración de la inmensa variedad de culturas que los pueblos indígenas han aportado y aportan a la construcción de nuestra identidad. El Decreto Presidencial 1584/2010 publicado el día 3 de noviembre de 2010 constituye un hecho de reparación histórica para los Pueblos Originarios, y un avance en la promoción y protección de los Derechos Culturales como derechos humanos.
En este mismo sentido, el Plan Nacional Contra la Discriminación estableció entre sus prerrogativas, que el 12 de octubre sea un “día de reflexión histórica y diálogo intercultural”. Esto implica dejar atrás la conmemoración de “La Conquista” de América y el proceso que sólo valoró la cultura europea para dar paso al análisis y a la valoración cultural que los Pueblos Indígenas han aportado y aportan a la construcción de la identidad histórica de nuestro país.
Nuestra Constitución Nacional, a partir de la reforma de 1994 prevé en su Art. 75, inc.17:
“Corresponde al Congreso: Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos Indígenas Argentinos”.
Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una Educación bilingüe e intercultural; reconocer la Personería Jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ningún de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.
“Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”. Por su parte, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires expresa en su artículo 36 inc. 9: “De los Indígenas: La Provincia reivindica la existencia de los Pueblos Indígenas en su territorio, garantizando el respeto a sus identidades étnicas, el desarrollo de sus culturas, y la posesión familiar y comunitaria de las tierras que legítimamente ocupan” .
En Concordancia con esto, han surgido varias iniciativas legislativas como es el caso de la Ley Nacional de Educación N° 26.206 del año 2006, que prevé la Educación Intercultural Bilingüe; la Ley 26.160 del mismo año, que declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país por término de 4 (CUATRO) años y sus prórrogas; la inclusión del Derecho a la Comunicación con Identidad en la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual ley 26.552; la inclusión del derecho Indígena en la Reforma del Código Civil y Comercial, Art. 18 que comienza a regir en agosto de 2015; la nueva Ley de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena, Ley 27.118 del año 2015.
En el mismo sentido, se promovió la creación de la Dirección de Pueblos Originarios en la secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación en el año 2006, la Dirección de Afirmación del Derecho Indígena en el marco del INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) en 2010. En este mismo año, a través del Decreto 701, el INAI queda encargado de coordinar, articular y asistir en el seguimiento y cumplimiento de la Ley N° 25.517, que establece la
identificación y puesta a disposición de los pueblos indígenas de los restos mortales de aborígenes que forman parte de museos y/o colecciones públicas o privadas.
Mientras tanto el convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) expresa sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en su Art. 2:
Los Gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. Esta acción deberá incluir medidas: a) que aseguren a los miembros de dichos pueblos gozar, en pie de igualdad, de los derechos y oportunidades que la legislación nacional otorga a los demás miembros de la población; b) que promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales de esos pueblos, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones; c) que ayuden a los miembros de los pueblos interesados a eliminar las diferencias socioeconómicas que puedan existir entre los miembros indígenas y los demás miembros de la comunidad nacional, de una manera compatible con sus aspiraciones y formas de vida.
Art. 3:
1. Los Pueblos Indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos
2. No deberá emplearse ninguna forma de fuerza o de coerción que viole los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos interesados, incluidos los derechos contenidos en el presente Convenio
La Organización Mapuche Kallfü Mapu actualmente se encuentra ya radicado y trabajando en la Provincia de Buenos Aires. En pos de salvaguardar y preservar los valores que hacen a cada una de nuestras culturas, las cuales pueden convivir basándose en el respeto y la valoración por la interculturalidad, proponiendo reconocer esta última como una actitud, una forma de percibirse a sí mismo y a la propia cultura como parte integrante del mundo.
En este camino de Reconocernos en el Otro, continuamos salvaguardando y preservando los valores que hacen a cada una de nuestras culturas…. Podemos convivir en el respeto y la valoración, la Interculturalidad es recíproca.
Día del Respeto a la Diversidad Cultural
El Gobierno Nacional promueve para esta fecha un día de reflexión y diálogo intercultural acerca de los Derechos Humanos de los pueblos originarios, para construir entre todos una sociedad más justa y democrática.
Se trata de una convocatoria hacia la recuperación de la memoria silenciada en nuestro país, para sentirnos parte de una sociedad más justa, más democrática y cimentada en el irrestricto respeto a los Derechos Humanos.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MAZURE, LILIANA AMALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BARRETO, JORGE RUBEN | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HORNE, SILVIA RENEE | RIO NEGRO | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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15/11/2016 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1084/2016 | CON MODIFICACIONES | 30/11/2016 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO HUSS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 16/12/2016 | APROBADO |