POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6901-D-2014
Sumario: SISTEMA DE BECAS PARA PREMIO E INCENTIVO A ESTUDIANTES DESTACADOS INTEGRANTES DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS, EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA: CREACION.
Fecha: 03/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 115
ARTÍCULO 1º.-
Creación del Sistema de Becas para Premio e Incentivo a estudiantes
Destacados integrantes de los Pueblos Originarios, en todo el territorio
de la República Argentina.-
ARTICULO 2º.-
Al final de cada ciclo lectivo, se pagará la suma de Pesos veinte Mil
($20.000) a cada uno de aquellos estudiantes secundarios destacados
pertenecientes a los Pueblos Originarios cuyos respectivos promedios
generales, correspondientes al año en curso, se sitúen entre los diez
(10) más elevados de sus respectivas provincias o bien, en su caso, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
En el caso de los menores
de edad, el beneficio será abonado a sus padres o tutores.-
Se encuentran incluidos
del beneficio los estudiantes repitentes, así como también aquellos que
hayan recibido alguna sanción disciplinaria.-
ARTÍCULO 3º.-
Al final de cada año, se pagará la suma de Pesos Veinticinco Mil
($25.000) a cada uno de aquellos estudiantes Universitarios
pertenecientes a los Pueblos Originarios que, habiendo aprobado la
mayor cantidad de materias o asignaturas durante el transcurso del
aludido período, paralelamente hayan obtenido un promedio general
situado entre los diez (10) mejores de sus respectivas Universidades.-
Se encuentran excluidos
del beneficio los estudiantes que hayan recibido, en el transcurso del
mismo año, algún aplazo en examen final o evaluación análoga; así
como también aquellos que hayan sido pasibles de sanción
disciplinaria.-
ARTÍCULO 4º.-
Se pagará anualmente la suma de Pesos Treinta Mil ($30.000) a todos
aquellos profesionales que se hayan graduado con un promedio
situado entre los diez (10) más elevados de su universidad. El
beneficio tendrá vigencia a lo largo de los años en que el profesional
beneficiado se encuentre cursando una nueva carrera universitaria o
bien, alguna carrera de posgrado.-
ARTÍCULO 5º.-
Son condiciones para el mantenimiento del beneficio
otorgado:
a) Pertenecer a
una Comunidad Aborigen y cursar una nueva carrera universitaria o
bien, una carrera de posgrado.-
b) No resultar
aplazado en ningún examen final (o evaluación análoga, destinada a
determinar la aprobación de la materia o asignatura).-
c) Obtener el
correspondiente título de carrera dentro del término equivalente al
previsto por el respectivo plan de estudios para su finalización con más
de seis meses.-
d) No recibir
ninguna sanción disciplinaria.-
ARTÍCULO 6º.-
Los términos establecidos por el artículo precedente como condición
para el goce de los beneficios acordados, serán suspendidos cuando,
por razones de fuerza mayor, el profesional se vea materialmente
impedido de cumplirlos. Una vez cesado el impedimento, los plazos en
cuestión comenzarán a correr nuevamente, de la manera prevista en la
presente norma.-
ARTÍCULO 7º.-
En caso de que un estudiante y/o profesional perteneciente a la
comunidad aborigen curse el ciclo secundario o una carrera
universitaria, de grado y/o posgrado, parcialmente en una jurisdicción
o universidad y parcialmente en otra, se tomará en consideración la
totalidad de su desempeño dentro del nivel correspondiente, en
relación a los demás estudiantes o profesionales de la jurisdicción o
universidad en la que haya culminado dicho cursado.-
ARTÍCULO 8º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se ha publicado en
distintos medios periodísticos el caso de un estudiante perteneciente a
la comunidad aborigen de misiones en donde se hace mención a la
falta de recursos para poder completar sus estudios.
Se trata del estudiante
Fabián Ramos, de la etnia mbyá que llegó a representar al país en la
última Feria Internacional de Ciencias, en Colombia, quien abandonó
sus estudios secundarios en una escuela de Misiones por la falta de
recursos.
Sus ganas de aprender y
llegar a la universidad se estrellaron tras el receso escolar, cuando
advirtió que los pocos recursos familiares ya no alcanzaban para pagar
las hojas de carpeta, apuntes y calzados adecuados para llegar
caminando hasta el colegio.
Fabián tiene 18 años y
vive en la aldea Tekoa Arandú, en el paraje "Pozo Azul", unos 260
kilómetros al Noreste de Posadas. En su casa atesora las medallas que
le entregaron junto a Reinaldo Benítez por una investigación sobre el
uso medicinal que los mbyá hacen de las plantas medicinales de la
selva misionera.
En Misiones son 400 los
aborígenes que van a la secundaria y se estima que unos 80 seguirían
los pasos de Fabián por la falta de recursos, esto no escapa a otras
realidades que existe en distintas localidades del interior del país
donde las comunidades aborígenes es la más golpeada y
vulnerable.
Porque no mencionar el
caso de Santos Gabriel Rueda que nació en el paraje Candado Grande,
al norte de Salta, en el límite con Bolivia, tiene 23 años, fue a la
escuela rural salteña Plurigrado, que a pesar de sus orígenes humildes
y con el apoyo familiar y estatal logro el titulo de Ingeniero nuclear
egresado del Instituto Balseiro, siendo destacable el hecho de que
todos los estudiantes que egresan de ese prestigioso Instituto reciben
becas completas, lo que les permite una dedicación plena al estudio.
Esto posibilita que los
alumnos de las carreras de grado, maestría y posgrado accedan a una
formación de avanzada tanto en los aspectos teóricos como en la
práctica de laboratorio y la innovación tecnológica.
Es cierto también que se
han creado políticas de gobierno importantes en materia de educación,
es así que existen planes destinados a promover el derecho a la
educación de adolescentes, jóvenes y adultos pertenecientes a
comunidades indígenas.
Su objetivo es reducir los
niveles de abandono y repitencia, y facilitar el ingreso, la permanencia
y la promoción de los estudiantes en situación de vulnerabilidad
socioeducativa.
El Ministerio de Educación
de la Nación trabaja en forma coordinada con el Instituto Nacional de
Asuntos Indígenas (INAI) del Ministerio de Desarrollo Social.
Quienes pueden solicitar
la beca son adolescentes, jóvenes y adultos pertenecientes a pueblos
originarios, de nacionalidad argentina, que sean alumnos regulares de
7º, 8º o 9º año de la ex EGB3 o su actual equivalente según la
jurisdicción, o de cualquiera de los años de la Secundaria en
instituciones educativas públicas de gestión estatal o privada de todo el
país, tanto de zonas urbanas como rurales.
Para solicitar la beca debe
acreditarse la pertenencia a un pueblo originario a través del INAI y su
necesidad de apoyo económico para continuar y finalizar sus estudios.
Aquellas comunidades con personería jurídica que no estén inscriptas
en el INAI también podrán solicitar los formularios.
Una vez que los
solicitantes hayan completados los formularios, los mismos deben ser
remitidos al INAI, que reúne la información y la envía a la Dirección
Nacional de Políticas Socioeducativas, donde se realizan las gestiones
para efectivizar los pagos.
La renovación de la beca
se lleva a cabo en cada jurisdicción a través de las escuelas, que
cuentan con planillas específicas para tal fin.
Es real también que
existen estudiantes que por su destacada abnegación al estudio y su
compromiso son ejemplos en sus comunidades a las que pertenecen y
su anhelo muchas veces se ve truncado ante la falta de recursos
mínimos u otras dificultades para poder alcanzar inclusive una
educación superior.
Señor Presidente se trata
de incentivar a los estudiantes pertenecientes a las comunidades
aborígenes, sobre todo a aquellos que se encuentran en una situación
de vulnerabilidad y de esta manera acompañarlos en su realización
personal y profesional, son ellos quienes van a volcar en sus
comunidades los beneficios recibidos a través de la educación, es por
ello, que si bien se han establecido mecanismos de ayuda a través del
subsidio universal, políticas de becas y una mejora sustantiva en la
calidad de los servicios a estudiantes en general, cubriendo gran parte
del universo de estudiantes, es necesario llegar a algunos sectores
sobre todo en el interior de las provincias en donde las comunidades
indígenas, ya sea por diferentes motivos económicos, sociales o
culturales quedan olvidadas.
Asimismo la dificultad de
las distancias es otro inconveniente que deben atravesar algunos
estudiantes por lo cual muchos dejan de estudiar muy a su pesar
siendo inclusive destacados estudiantes dentro de su comunidad.
Lo que pretendemos es
ampliar con esta iniciativa propuesta de Sistema de Becas para Premio
e Incentivo a estudiantes Destacados a integrantes de los Pueblos
Originarios a la ya realizada por el Ministerio de Educación ampliando
también el monto de las mismas.
Nuestra "Carta Magna"
atribuye al Congreso de la Nación la potestad y el deber de "proveer lo
conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas
las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de
instrucción general y universitaria..." (Artículo 75, Inciso 18,
C.N.).
Asimismo, nuestra
Constitución Nacional faculta al Congreso de la Nación, al mismo
tiempo que lo obliga a "proveer lo conducente al desarrollo humano, al
progreso económico con justicia social, a la productividad de la
economía nacional, a la generación de empleo, a la formación
profesional de los trabajadores...". Añadiendo: "sancionar leyes de
organización y de base de la educación que consoliden la unidad
nacional respetando las particularidades provinciales y locales..."
(Artículo 75, Inciso 19, C.N.).
Cabe destacar que
compete al Poder Legislativo de nuestro país el aseguramiento y la
promoción de la educación de sus habitantes.
Señor Presidente, la
presente iniciativa pretende por su intermedio, estimular a los
estudiantes para premiar a aquellos que eventualmente hayan
conquistado los méritos más destacados y que además pertenezcan a
las comunidades originarias.
La educación de los
habitantes constituye uno de los objetivos principales del Estado
Argentino. Éste debe garantizar el desarrollo óptimo de esta función
social.
Estamos de acuerdo y
apoyamos lo implementado en la gestión llevada adelante por la
señora Presidenta de la Nación , pero creemos que además es
necesario establecer algún otro mecanismo que complemente el ya
establecido para quienes están desprotegidos por su condición de
vulnerabilidad, como es el caso de muchos estudiantes pertenecientes
a comunidades aborígenes de nuestro territorio nacional, siendo la
intención de propiciar el entusiasmo por aprender, el amor al saber, la
contracción al estudio, el gusto por los desafíos personales, etc.
Es a través de liderazgos
positivos de jóvenes estudiantes destacados pertenecientes a las
comunidades aborígenes, llevaran su voz y su cultura a quienes aun
hoy no comprenden que sus derechos, los derechos de todos deben
ser respetados.
La educación no sólo es
un derecho de todos los habitantes de un país sino que ha de ser
considerada una "política de Estado para construir una sociedad justa,
reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de
la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades
fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación"
(ley de educación nacional). Así lo entendieron los legisladores que
sancionaron la ley de educación nacional, quienes también afirmaron
que se debe "asegurar a los pueblos indígenas el respeto a su lengua y
a su identidad cultural, promoviendo la valoración de la
multiculturalidad en la formación de todos/as los/as
educandos/as".
El Estado debe garantizar
la implementación de políticas focalizadas en grupos vulnerables para
así lograr la igualdad de oportunidades de estos sectores en la
sociedad toda.
Señor Presidente, por
todo lo expuesto, y por la importancia en generar interés en la
educación formal como proyecto de vida personal y de apoyo a la
comunidad de los pueblos originarios, es que solicito se acompañe el
proyecto de ley que someto a consideración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOTO, GLADYS BEATRIZ | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
EDUCACION |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/11/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
04/12/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
30/09/2015 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
01/10/2015 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2525/2015 | CON MODIFICACIONES | 20/10/2015 |