POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6495-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26160, DE EMERGENCIA EN MATERIA DE POSESION Y PROPIEDAD DE LA TIERRA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.
Fecha: 06/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 127
Solicitar al Poder Ejecutivo para que
a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas informe sobre las
siguientes cuestiones relativas al cumplimiento de la ley 26.160:
1- Cuales son los avances
realizados hasta el presente en materia de relevamiento técnico -jurídico-
catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades
indígenas en el marco de la Ley N° 26.160.
2- A través de qué partidas
presupuestarias se integró el Fondo Especial para la Asistencia de las
Comunidades Indígenas desde su creación y hasta el presente, detallando el
monto integrado en cada oportunidad y la fecha.
3- Cual es el destino que se dieron
a los fondos asignados, detallando período por período, en forma desagregada
y por jurisdicción el concepto del gasto según las siguientes categorías:
a) Relevamiento técnico -jurídico- catastral de las tierras que en forma
tradicional, actual y pública ocupan las comunidades indígenas.
b) Labores profesionales en causas
judiciales y extrajudiciales.
c) Programas de regularización
dominial.
d) Gastos de funcionamiento,
administrativos y operativos del instituto.
e) Todo otro gasto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A lo largo del país abundan los
casos de comunidades indígenas que no han logrado todavía hacer reconocer
su derecho al dominio de su territorio frente a las instituciones del Estado. Un
ejemplo de ello es la situación de la provincia de Misiones, donde según el
Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA) de 94 comunidades relevadas
solo 22 tienen títulos de propiedad. Esta situación alienta la existencia de
conflictos por los territorios y recursos entre las comunidades aborígenes por un
lado, y particulares y organismos e instituciones del Estado por otro. Asimismo,
muchas veces las comunidades deben incorporar a poblaciones desplazadas
de otros lugares por la deforestación y las plantaciones de explotación
agropecuaria, o la instalación de represas. La incorporación de los desplazados
implica una presión tremenda sobre sus comunidades en términos de recursos
para la vida, como madera, flora y fauna, espacio, etc.
La Argentina, en el artículo 75 inciso
17 de su Constitución Nacional se obliga a "Reconocer la preexistencia étnica
y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su
identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la
personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias
de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y
suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable,
transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su
participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás
intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente
estas atribuciones."
Por ello, la Ley N° 26.160, aunque
desconocemos su estado de implementación efectiva, apunta a dar una
solución a la problemática descripta, disponiendo que el Poder Ejecutivo realice
un relevamiento técnico -jurídico- catastral de la situación dominial de las
tierras ocupadas por las comunidades indígenas y suspendiendo la ejecución
de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo o
desocupación de las tierras.
Consideramos imperativo el
cumplimiento de la Ley N° 26.160 y en particular el relevamiento de la situación
dominial de las comunidades, como base fundamental sobre la cual hacer
realidad las disposiciones de la Constitución Nacional en la materia, para
proteger y respetar a nuestras comunidades aborígenes.
Por todo lo aquí expuesto, es que
solicitamos la aprobación de este Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |