POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 5827-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA RESGUARDAR LOS DERECHOS DE LA COMUNIDAD WICHI DE INGENIERO JUAREZ, PROVINCIA DE FORMOSA, ANTE EL DESALOJO DE SUS TIERRAS.
Fecha: 15/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
disponga las medidas necesarias para resguardar los derechos de la comunidad
wichí de Ingeniero Juárez, Provincia de Formosa, ante el posible desalojo del
predio ocupado históricamente por ellos y perteneciente al Instituto de
Comunidades Aborígenes.
La necesaria y urgente intervención
del gobierno nacional, hará posible garantizar el irrestricto respeto a los derechos
de los pueblos indígenas argentinos establecidos en la Constitución Nacional, Art.
75, inciso 17.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los derechos de los pueblos indígenas
argentinos consagrados constitucionalmente son continuamente avasallados. El
Art. 75, inc. 17 de la Constitución Nacional es claro al establecer: "Reconocer la
preexistencia étnica y cultural de los pueblo indígenas argentinos. ...reconocer.. la
posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y
regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano..."
En el caso que nos ocupa, la
comunidad wichí de Ingeniero Juárez a 400 km. al oeste de la capital de Formosa,
esta siendo objeto de una orden de desalojo, como tantas comunidades que en
todo el país se ve afectada por conflictos territoriales.
La comunidad ocupa un predio que
perteneció históricamente al pueblo wichí y desde 1970 al Instituto de
Comunidades Aborígenes de Formosa (ICA). En dicho predio el Instituto Provincial
de la Vivienda con la mediación de la intendencia de Ing. Juárez ha emplazado
cincuenta viviendas. Al momento de la adjudicación, a principios de 2007, entre los
cincuenta beneficiados no había ningún integrante de las comunidades wichí de la
zona. Ante esta discriminación, decidieron la toma pacífica de las nuevas viviendas,
resistiendo así en defensa de sus derechos.
En nuestro país las comunidades
indígenas, conformadas por más de mil comunidades esparcidas por todo nuestro
territorio, se encuentran bajo amenaza de desaparición. No obstante el
reconocimiento constitucional, persisten para la mayoría de las comunidades serios
problemas de reconocimiento de su personalidad jurídica por parte de los Estados
Provinciales y del Estado Nacional. La falta de instrumentación de los derechos
reconocidos, alienta el progresivo y cada vez más alarmante hecho de los
desalojos de las comunidades indígenas, despojándolas no sólo de su vivienda y de
los recursos necesarios para su subsistencia, sino también de su forma de vida.
A pesar de la necesidad de avanzar
en la legislación para instrumentar los derechos consagrados, ante hechos
concretos de discriminación y violación de derechos humanos de los pueblos
indígenas como el que estamos planteando en el presente proyecto, es
imprescindible actuar para impedirlo y garantizarles al menos el derecho a la
vivienda.
Por lo expuesto, solicito la aprobación
del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MARTIN, MARIA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
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