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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5142-D-2013

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA GARANTIZAR LA PLENA COBERTURA DE LA MODALIDAD EDUCATIVA INTERCULTURAL BILINGÜE EN TODO EL PAIS DONDE EXISTA UNA POBLACION INDIGENA.

Fecha: 04/07/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que a través del Ministerio de Educación de la Nacion en acuerdo con el Consejo Federal de Educación que disponga las medidas necesarias a fin de garantizar la plena cobertura de la modalidad educativa intercultural bilingüe en todas las regiones del país donde exista población indígena, tal como lo establece la Ley Nacional de Educación 26.206, en lo referido al respeto y promoción de los derechos a la educación de los pueblos originarios.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nacional de Educación Nº 26.206, en sucesivos artículos referidos a derechos universales tanto como a derechos particulares de los pueblos originarios de nuestro país, se expresa de manera clara y explícita respecto de la importancia de su reconocimiento, promoción y garantía así como respecto de la responsabilidad del Estado en la implementación y seguimiento de los instrumentos que garanticen su cumplimiento.
A fin de avanzar en esta dirección, se ha creado la modalidad intercultural bilingüe, con cobertura de los niveles inicial, primario y secundario; y luego (Resolución Ministerial 1119 del 12 de Agosto del 2010) se ha facultado al Consejo Educativo Autónomo de Pueblos Indígenas (CEAPI), para asesorar al Ministerio de Educación de la Nación y al Consejo Federal Educativo en la planificación y gestión de dicha modalidad, que fue definida como "la modalidad del Sistema Educativo de los Niveles Inicial, Primaria y Secundaria que garantiza el derecho constitucional de los pueblos indígenas, conforme al artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional, a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida".
Todos estos esfuerzos resultan sin embargo insuficientes para remontar el atraso histórico que el Estado desde su constitución como tal tiene en materia de educación con las diversas comunidades asentadas en nuestro territorio.
En el documento "Educación Intercultural Bilingüe en Argentina - Sistematización de experiencias" elaborado por el Ministerio de la Nación de Educación, Ciencia y Técnica en 2004, sobre experiencias en esta modalidad, se remarca que las principales dificultades están vinculadas, de acuerdo a los docentes "...a la falta de un cuerpo normativo claro sobre la forma de implementar proyectos de educación intercultural y bilingüe. (...) el desarrollo de las experiencias depende de la "voluntad" de los actores involucrados y su profundización y continuidad se ve limitada por la actitud resistente de colegas y autoridades". Frente a ello, el ministerio hace una salvedad afirmando que "en muchos casos la normativa existe y lo que falta es difundirla, conocerla y, fundamentalmente, aplicarla. También reconoce que "otra cuestión problemática es la de la relación con las familias y el grado de protagonismo de las comunidades. Distintas experiencias avanzan en la búsqueda de estrategias con vistas a "acercar" las familias y la escuela. Es importante partir de una visión amplia de la participación, donde la misma no se plantee como la respuesta a un proyecto unidireccional de la escuela".
Nueve años después, diversos investigadores y centros académicos dan cuenta de la persistencia de estas deficiencias:
"...cuando todos los países latinoamericanos con una realidad sociocultural semejante han avanzado largamente en el reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas con el sostenimiento de su lengua y su cultura, Argentina apenas ha comenzado a transitar ese camino (de práctica real) más allá de la letra de la ley que está, pero no se cumple" (Zaffaroni y Guaymas; 2011).
"Las cifras reflejan dramáticamente la ausencia de inversión suficiente, sostenida y sistemática para atender las necesidades educativas del conjunto de los pueblos indígenas. Pero también remiten a lo que los estudios pedagógicos deben plantearse y replantearse, a los interrogantes sobre propuestas curriculares, formatos escolares, formación docente. Todo conduce a destacar la urgencia de ocuparse de lo no resuelto" (Aída Poggi; 2012).
En efecto, la propuesta educativa bilingüe que se lleva a cabo en muchas de las comunidades indígenas es restringida. De acuerdo al relevamiento y análisis de casos realizado por el colectivo Rescolodo en el noroeste argentino, "durante una primera etapa de alfabetización se desarrollan los dos primeros años de escolaridad en idioma originario que, junto a la adquisición oral del castellano como segunda lengua, permiten la alfabetización en español, idioma que a partir de ese momento es el único vehículo para la educación formal. (...) La llamada Educación Intercultural Bilingüe (EIB) busca el mantenimiento y desarrollo de la lengua originaria junto a la adquisición del castellano, en un marco complejo donde prevalece la cultura occidental." Y si bien en algunas provincias (como Chaco y Formosa) se han producido materiales específicos, "aún no se problematiza o reflexiona sobre la naturaleza de los contenidos en un contexto intercultural" (Zaffaroni y Guaymás, op. Cit.).
Adriana Zaffaroni, directora del Centro de Investigación de Lenguas Indígenas de la Universidad Nacional de Salta, afirma que si bien existen más de 100 auxiliares (intérpretes) trabajando en la actualidad, se necesitarían 400 para recuperar el idioma. Esta afirmación da cuenta de la escasez de maestros auxiliares bilingües en el nivel primario y de su ausencia en el nivel secundario; así mismo menciona que el informe nacional de la Red de Comunidades Rurales sobre Educación y Desarrollo Comunitario Rural de 2008/9 develó que en el 86% de las escuelas con alumnos de comunidades aborígenes no había docentes formados en educación intercultural bilingüe. En el mismo sentido, frente a la reiteración de actos represivos por parte de las policías provinciales del noroeste argentino como primera respuesta a las demandas de las comunidades, el Presidente del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta (Ippis) Indalecio Calermo, expresó su preocupación por las deficiencias en el cumplimiento de leyes internacionales referidas a los derechos a la educación de los pueblos originarios y de la propia Ley Nacional de Educación, que en muchos de sus párrafos reconoce y reivindica los derechos de estos pueblos (en los incisos c, d y ñ del artículo 11 del capítulo II, "fines y objetivos de la política educativa nacional", del Título I sobre Disposiciones Generales; en el artículo 16, del capítulo I "Disposiciones generales" y en los artículos 52, 53 y 54 del Capítulo XI "Educación Intercultural Bilingüe", ambos del Título II "El sistema educativo nacional"; en los artículos 79 y 80 del Título V "Políticas de Promoción de la Igualdad Educativa"; el artículo 84 y el 86 del capítulo I "Disposiciones generales" del Titulo VI "Calidad de la Educación"; los incisos a y b del artículo 121 del capítulo IV "las autoridades educativas de las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires"; los incisos a, b, d y f del artículo 126 del capítulo VI "derechos y deberes de los/las alumnos/as"; el inciso c del artículo 128 del capítulo VII "derechos y deberes de los padres, madres, tutores/as"; todos bajo el Título X "Gobierno y Administración"; y los incisos d y e del artículo 130 del Título XI "Cumplimiento de los objetivos de la ley").
A pesar de las deficiencias que alejan la realidad concreta de los objetivos planteados en la letra de nuestras leyes, los pueblos indígenas de nuestro país han ido construyendo caminos que dan pruebas de sus capacidades para ser protagonistas de las transformaciones que demandan en el sistema educativo. Basta recorrer su larga historia de resistencia y persistencia para acordar en que pueden y deben tener un lugar central en la profundización del alcance de la modalidad educativa intercultural bilingüe. Cada vez son más los líderes que dan cuenta de esta posibilidad. Corresponde a las instituciones del Estado Nacional tanto como a las de las distintas jurisdicciones respaldar esta decisión, que no es otra que la de sumar sus esfuerzos y sus perspectivas al sentir, al pensar y al hacer de la Patria grande, plurinacional y multilingüe que Latinoamérica aspira construir.
Es deuda del Estado Nacional reconocer de hecho y de derecho este recorrido cultural, aportando los recursos que sean necesarios para que la realidad concreta y cotidiana de estas comunidades en materia educativa, de cuenta de los derechos y principios que en la Ley se manfiestan.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
24/09/2013 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría