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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4784-D-2009

Sumario: PROCEDER A LA REALIZACION DE UN RELEVAMIENTO ESTADISTICO DE POBREZA (CENSO REP).

Fecha: 01/10/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129

Proyecto
RELEVAMIENTO ESTADISTICO
DE PROBREZA(R.E.P.)
ARTICULO 1.- Procédase a la realización de un Relevamiento Estadístico de la Pobreza (Censo REP) en todo el Territorio de la Republica Argentina, desagregado por provincia, con la finalidad de poseer un diagnostico preciso y real de la situación de pobreza e indigencia de la población nacional.
ARTICULO 2.- El objetivo primordial del relevamiento (Censo REP) es la identificación e individualización de comunidades con alta riesgo de desnutrición, vulnerabilidad social, sanitaria y educacional, de cada Provincia, y cada localidad, logrando así un relevamiento total y global de todo el Territorio Nacional, pudiendo asi determinar la asignación de recursos necesarios para paliar dichas necesidades.
ARTÍCULO 3.- El relevamiento estadístico de la pobreza establecido en el art. 1º de la presente ley, se realizara en el plazo de 3 meses, debiendo actualizarse anualmente la información resultante del Censo REP
ARTÍCULO 4.- La ficha personal de cada censado, que servirá de base para el relevamiento estadístico de la pobreza, deberá contener la siguiente información:
a)nombre y apellido;
b)DNI, cedula del Mercosur, L.E;
c)Nacionalidad;
d)Domicilio;
e)Profesion u oficio;
f)Estado Civil;
g)Nivel escolar;
h)Composicion familiar;
i)Estado habitacional;
j)Situacion laboral y previsional;
k)Nivel de ingresos particulares y/o del grupo familiar;
l)Si posee alguna asignación y/o subsidio;
ll)Personas a su cargo, si las tuviere;
ARTICULO 5.- La ficha deberá completarse con una planilla que permita establecer los indicadores de pobreza, indigencia, desocupación, desnutrición, déficit habitacional, precariedad, hacinamiento y nivel educativo.
ARTICULO 6.- El Poder Ejecutivo Nacional dispondrá de las medidas necesarias para que las cifras y los datos obtenidos en este relevamiento, se mantengan actualizadas, para lo cual dispondrá que se practiquen las operaciones complementarias necesarias para mantener esta vigencia cada vez que lo considere necesario.
ARTÍCULO 7.- El informe sobre el relevamiento de pobreza e indigencia será presentado a cada una de las Cámaras del Poder Legislativo para su consideración.
ARTICULO 8.- La Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación estará facultada a reasignar la partida presupuestaria pertinente al Ministerio de Economía, conjuntamente con el Ministerio Desarrollo y Acción Social de la Nación, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley. La Ley del Presupuesto General de la Nación, posterior a la promulgación de la presente Ley, deberá contemplar todas las previsiones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la misma
ARTICULO 9.- La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, conjuntamente con el Ministerio de Desarrollo y Acción Social.
ARTICULO: 10º.- La Autoridad de Aplicación solicitara la colaboración y coordinación obligatoria de los gobiernos provinciales, conjuntamente con las autoridades municipales, a los fines de llevar adelante la realización del censo REP.
ARTICULO 11º.- La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los noventa (90) días de su promulgación.
ARTICULO 12º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El objetivo de este proyecto es el análisis social de la situación de pobreza en la Republica Argentina, y por este medio la publicidad de los números reales de la pobreza e indigencia, ya que los datos proporcionados por el INDEC son sumamente cuestionados y carecen de credibilidad.
Sabido es el estado y situación que atraviesan las familias Argentinas. Por ello es fundamental saber a ciencia cierta, sus necesidades, básicas, y no cumplidas para combatir y erradicar la pobreza y sus consecuencias.
Un alto porcentaje de los argentinos subsisten por debajo del nivel de vida considerado digno. Las situaciones que acarrean la pobreza, la indigencia y las necesidades básicas insatisfechas, pasan no sólo por el hambre y la desnutrición, sino que abarcan todo el espectro de marginaciones sociales, educativas y sanitarias imaginables.
Desde la mortalidad infantil hasta los graves desarreglos sociales, van inevitablemente de la mano de la pobreza.
No hace falta ir muy lejos para palpar la realidad de la globalización y los cambios, para bien o para mal, que esta inevitablemente acarrea.
En nuestro país, además de los pobres estructurales, que no superan nunca el nivel de ingreso mínimo, sumamos, tristemente, a un gran número de "nuevos pobres", que han visto decaer sus ingresos en forma abrupta.
Esos ingresos los situaban en la clase media. Ahora han pasado a formar parte del grupo de menos recursos.
Es muy importante medir estos cambios, conocer la realidad, manejar datos exactos sobre la población indigente, la PEA (población económicamente activa), la desocupación y la subocupación, la desnutrición, el nivel educativo y realizar un diagnóstico y una proyección de trabajo.
El esfuerzo de todos debe apuntar a que cada persona sea capaz de poner en marcha un proyecto individual de vida, e integrar armoniosamente un plan comunitario. Estamos obligados a implementar medidas de desarrollo social.
Es incongruente que con toda la información del mundo es sus manos, no logremos integrar a una vida digna y con
Pero, al no contar con las cifras oficiales precisas acerca de la pobreza y los problemas consecuentes en todo el territorio de la Nación, no podemos establecer políticas serias y eficaces.
Entiendo que la mejor manera de trabajar en pos de un resultado es conociendo en profundidad los elementos que debemos manejar para obtenerlo.
Los objetivos del relevamiento son, en síntesis, obtener los datos necesarios para trabajar las oportunidades de la población en todo el territorio nacional; lograr la prevención y detección temprana de la desnutrición y otros factores obtenidos de la situación de privación; lograr una herramienta que favorezca el control constante de la salud, crecimiento y desarrollo de nuestra población, y que a la vez sirva para promover las políticas adecuadas a la situación de pobreza e indigencia detectada en cada provincia de nuestro país.
En virtud de lo expuesto, es que le solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
BARTOLUCCI, GILDA LILIANA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
MERLO, MARIO RAUL SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 8473-D-14