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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 4388-D-2010

Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA VIGENCIA DEL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO, QUE RECONOCE VARIOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES, A CONMEMORARSE EL DIA 3 DE JULIO DE 2010.

Fecha: 22/06/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 80

Proyecto
Declarar de interés de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación el día 3 de julio, fecha en que se conmemora la entrada en vigencia en la República Argentina del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Ley Nº 24.071, el que reconoce a los Pueblos Indígenas y Tribales, entre otros derechos, su integridad cultural, tierras, sus formas de organización social, económica y política, y su derecho consuetudinario indígena.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes fue aprobado en nuestro país por Ley N° 24.071, sancionada el 4 de marzo de 1992, promulgada el 7 de abril del mismo año (publicación B.O. 10/4/92) y finalmente ratificado en Ginebra el 3 de julio de 2000, por lo que dicho instrumento se convierte en parte del cuerpo legal del Estado Argentino.
El mencionado Convenio constituye la normativa internacional que regula los derechos de los pueblos originarios y el mayor reconocimiento de los mismos, referenciándose en su propio texto a los numerosos instrumentos internacionales sobre la prevención de la discriminación, los que expresamente enumerados en el art. 75, inc. 22 de la Carta Magna de nuestro país gozan de jerarquía constitucional.-
Asimismo, la Constitución Nacional reformada en 1994 introdujo en el Artículo 75, inc.17, el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos y sus derechos, lo que ha sido un permanente reclamo de las comunidades originarias de nuestro país.-
Por lo expuesto, el referido Convenio tiene un valor y fundamento de primera relevancia, y su aplicación práctica les permitirá a los pueblos originarios garantizar la protección de sus derechos y así avanzar en una sana convivencia entre la humanidad.
Por los fundamentos enumerados, solicito a los Señores Diputados de la Nación acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PANSA, SERGIO HORACIO SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)