POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4112-D-2009
Sumario: ADHERIR AL "DIA DEL INMIGRANTE" A CELEBRARSE EL 4 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO.
Fecha: 27/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
Adherir a la celebración nacional del "Día
del Inmigrante" del día 4 de septiembre, creado por Decreto del Poder Ejecutivo
Nacional Nº 21.430 de 1949 y expresar su beneplácito por el Programa "Patria Grande"
implementado por el Gobierno Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día nacional del inmigrante en nuestro
país, creado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 21.430 en 1949, tuvo como
fundamento y objetivo rendir homenaje a todos aquellos que dejaron su tierra para
afincarse en este país y, en recordación del decreto sancionado por el Primer
Triunvirato el 4 de septiembre de 1812 que establecía "la inmediata protección del
gobierno a todos los individuos de todas las naciones y a sus familias que desearan fijar
su domicilio en el territorio".
Desde los albores de la patria
independiente, nuestro país tuvo como norte y guía en sus políticas de población el
componente inmigratorio para la conformación de la nacionalidad argentina, multiétnica
y pluricultural que constituyen la particularidad del ser nacional.
El mismo principio, una vez organizada la
Nación en país federal, adquiere rango constitucional al plasmarse en el Preámbulo de
la Constitución Nacional.
Luego de largos períodos de apartamiento
del mandato de los fundadores de la patria y quebrantamiento de la letra y el espíritu
de la Constitución Nacional, el Congreso Nacional sancionó el 20 de diciembre de 2003
la Ley de Migraciones Nº 25.871 y promulgada el 21 de enero de 2004, ley enmarcada
en el mandato constitucional con la internalización de las normas contenidas en las
Convenciones sobre derechos humanos de los migrantes. Es una ley pionera a nivel
mundial, pues concreta mediante normas reglamentarias prácticas los Convenios y
Pactos sobre derechos humanos, civiles y sociales.
La ley vigente ha permitido al Poder
Ejecutivo Nacional implementar a nivel interno una exitosa campaña de normalización y
regularización migratorias que alcanzó a más de 800 mil ciudadanos de diversas
procedencias, regionales y extrarregionales. En forma simultánea se implementó el
Programa "Patria Grande" fijándose como régimen institucional permanente el
otorgamiento de la residencia por nacionalidad para todos aquellos ciudadanos nativos
de América del Sur. Este régimen permite una adecuada y realista política migratoria
porque permite brindar seguridad jurídica a los inmigrantes que ingresan al país y
minimiza las causas de ilegalidad en la permanencia de los extranjeros en el territorio
nacional. Es una herramienta eficaz del Estado argentino para, dentro del marco de
garantías legales, tener un control sobre todos los extranjeros que habitan en el
país.
En el plano regional, la política proactiva
de nuestro país en materia de derechos humanos y migraciones, se ha logrado avance
significativo. Con la ratificación y depósito respectivo por los cuatro países miembros
plenos del MERCOSUR del Acuerdo Presidencial sobre Residencia de los Ciudadanos
Nativos de los Países del MERCOSUR, ha entrado en vigencia un régimen de residencia
unificado y de reciprocidad que posibilita a cualquier ciudadano argentino y viceversa a
cualquier ciudadano de los restantes países mencionados radicarse en cualquiera de los
países concernidos. Este mismo régimen mediante acuerdos bilaterales se ha extendido
también a Bolivia y Chile, de manera que podemos afirmar que en el Cono Sur, el
movimiento de personas por razones de turismo o de residencia tiene una regulación
común y ya no existen causas legales generadoras de migraciones irregulares.
Por último, el plexo de blindaje de
garantías legales en materia de derechos humanos de los migrantes se completó con la
ratificación por el Congreso Nacional por Ley Nº 26.002 de 2008 de la Convención
Internacional sobre Protección de Todos los Derechos de los Trabajadores Migratorios y
de sus Familiares originada en la Asamblea General de Naciones Unidas el 18 de
diciembre de 2000.
En la misma fecha de la suscripción de la
Convención, Naciones Unidas mediante Resolución Nº 55/93 estableció como Día
Internacional del Migrante el día 18 de diciembre con el propósito de que ese día sea
destinado a la divulgación en todo el mundo de los derechos humanos de los
migrantes.
Es de práctica que cada país establezca
internamente un día dedicado a la celebración de su propia historia de la migración. Ello
justifica y acredita visibilizar la política migratoria nacional y, en esta ocasión debe
resaltarse la especial situación nacional y regional en contraposición a una tendencia de
los países denominados desarrollados de restricciones cada vez mayores en materia
migratoria.
Por las consideraciones precedentes,
solicito que me acompañen en el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ROMAN, CARMEN | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |