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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 4103-D-2009

Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA PRIMERA TRADUCCION AL IDIOMA GUARANI DEL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO, REALIZADA EN CONJUNTO POR EL COMITE DE GESTION DE LA RESERVA DE BIOSFERA YABOTI Y LAS COMUNIDADES DE PUEBLOS ORIGINARIOS, EN LA PROVINCIA DE MISIONES.

Fecha: 27/08/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102

Proyecto
De interés de la Cámara de Diputados de la Nación la primera traducción al idioma guaraní del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, realizada en conjunto por el Comité de Gestión de la Reserva de Biósfera Yabotí y las comunidades de pueblos originarios, en la Provincia de Misiones.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de declaración tiene como objeto celebrar lo que constituye un hito en la defensa de los derechos fundamentales de los pueblos originarios.
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (1) es el documento madre en lo que respecta a la protección de los pueblos originarios y en nuestro país posee rango constitucional. En su articulado se regula, principalmente, la vinculación de las sociedades nacionales para con los pueblos originarios en cuanto al respeto que se les debe en relación a su cultura, prácticas y costumbres. Se reconoce en él la importancia de que los pueblos originarios asuman el control de sus propias instituciones e identidades, formas de vida y desarrollo económico, de su espacio y también de la defensa del medio ambiente que habitan.
El fin último es lograr la equidad, en el goce de los derechos humanos fundamentales, de los pueblos originarios con respecto al resto de la población de Estados en donde viven.
La traducción al idioma guaraní a la que se hace referencia es un trabajo elaborado en conjunto, por el Comité de Gestión de la Reserva de Biosfera Yabotí y por las comunidades mbya - guaraní que residen en ella. La Reserva fue constituida en la década de los años 70 y sancionada como tal por la Cámara de Representantes de Misiones en el año 1995. Se encuentra ubicada en el extremo este de la provincia, en un área lindante con las ciudades de El Soberbio, San Vicente y San Pedro y cuenta con un área de aproximadamente 253.773 hectáreas. En su interior se encuentra protegida la fauna y flora tan diversa que caracteriza a Misiones y habitan un importante número de comunidades guaraníes. El espíritu de la Reserva es mantener el equilibrio entre la protección de la Biósfera característica de la Selva Misionera y el control del impacto de las actividades productivas que realizan los seres humanos.
Durante el año 2004 se produjo un importante conflicto entre el Estado Misionero y las comunidades mbya - guaraníes residentes al interior de la Reserva, a raíz del uso productivo que las comunidades realizaban de la forestación. Tras el arbitrio del Ministerio de Ecología, que reconoció el impacto negativo de la actividad de las comunidades sobre la selva, estas alegaron el desconocimiento que observaban de la legislación provincial sobre protección del capital arbóreo provincial. En consecuencia, al no haber una legislación comprendida cabalmente y reconocida por las comunidades, se dificultaba la posibilidad de alcanzar una relación armoniosa entre ellas y los guardaparques que controlan la Reserva.
Es por ello que se planteó la necesidad de realizar un trabajo en conjunto que involucre a los hombres y mujeres mbya - guaraní de las diversas comunidades que habitan la Reserva con el objetivo de que conozcan la legislación que los protege y que reglamenta la forma en que el Estado se vincula con ellos, ya que gran parte de los conflictos se debían a la imposibilidad de comprender con exactitud el significado de la legislación por parte de nuestros hermanos guaraníes. Se estableció, entonces, la generación de talleres motorizados por el Comité de Gestión de la Reserva Yabotí para acercarles la legislación provincial y nacional, teniendo al Convenio 169 de la OIT como marco. Los talleres constaban de la lectura del articulado del Convenio por parte de los guardaparques y la posterior traducción e interpretación por parte de los caciques y escribas que consensuaban con el resto de su comunidad el significado de los distintos artículos.
Tras tres años de trabajo y gracias al convenio existente entre el Ministerio de Ecología de la Provincia de Misiones y la Agencia Española de Cooperación - en el que esta última se hizo cargo de la publicación- pronto será presentada la primera edición de este trabajo de traducción, que es el primero que se realiza al idioma de un pueblo originario.
Lo que debe destacarse es la posibilidad de que el pueblo mbya guaraní de contar con el Convenio traducido a su idioma que, como fuente de derecho para los pueblos originarios, tendrá una aplicación real y efectiva.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, es que considero útil y necesario la presentación de esta iniciativa y a tal fin solicito el acompañamiento de mis pares para su aprobación
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LEVERBERG, STELLA MARIS MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
28/10/2009 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
03/11/2009
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2134/2009 03/11/2009
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION APROBADO