Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Población y Desarrollo Humano »

POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

cpydhumano@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4089-D-2007

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR EL ACUERDO MIGRATORIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA, APROBADO POR LEY 26126.

Fecha: 15/08/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por conducto de quien corresponda, informe:
1) Los resultados obtenidos por parte la Republica Argentina respecto de absolutamente todos los Artículos que componen el ACUERDO MIGRATORIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA, homologado por Ley Nro 26.126.-
2) Informe con que estructura se administra este ACUERDO en la República Argentina desde el momento de la firma del tratado hasta la fecha. Quienes son sus integrantes, a cuantos empleados de planta se afectan a esta actividad, a cuantos consultores y o asesores se recurre para este fin y bajo que modalidad se vinculan laboralmente con el estado Nacional, monto de honorarios consultores, monto de los gastos de consumo para atender este compromiso y todo otro gasto sufragado por el estado Nacional con relación a este convenio.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con fecha 02 agosto del 2006, fue sancionada la Ley Nro. 26.126, publicada en el Boletín Oficial el 24 de agosto del 2006 que homologa el ACUERDO MIGRATORIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y REPUBLICA DE BOLIVIA, suscripto en Buenos Aires el 21 de abril de 2004.-
Nuestra Constitución Nacional establece en su Capítulo IV, Artículo 75° Inciso 22, que son atribuciones del Congreso aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos de la Santa Sede, los cuales adquieren jerarquía superior a las leyes. De modo que, al haber adquirido el tratado jerarquía superior a las leyes, su cumplimiento debe tener ese alcance. Dar cumplimiento a los compromisos asumidos en un convenio internacional, supone respetar el espíritu de nuestra Constitución Nacional y los preceptos del Derecho Internacional.-
Destacamos la importancia de la necesidad de alcanzar mecanismos que permitan afianzar la integración entre naciones sobre todo con las limítrofes ya que la realidad geográfica, económica y social que caracteriza a las Partes ha originado, desde siempre, un permanente intercambio migratorio dificultando el acceso a los sistemas de trabajo, de previsión social y de control fiscal entre otros.-
Pero además de la importancia humana, social y económica de este tratado internacional, tengamos en cuenta que para llegar a su acuerdo, el Estado Nacional ha tenido y tiene que sufragar importantes gastos para que los representantes del país, puedan llegar a contactar a otras naciones, mediante viajes, estadías, asesores, viáticos, gastos protocolares, etc, sumado a otros gastos posteriores referidos al seguimiento y ejecución de este convenio.-
Por la importancia del convenio en si mismo, sumado al sacrificio fiscal que tuvo que afrontar la nación para suscribirlo, es nuestro interés conocer la evolución y los resultados concretos de este tratado, habida cuenta que ha transcurrido un tiempo prudencial desde su aprobación.-
Por las razones expuestas solicito a esa Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el acompañamiento al presente proyecto de resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
POGGI, CLAUDIO JAVIER SAN LUIS FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)