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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4078-D-2013

Sumario: PRORROGASE EL PLAZO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 1, 2 Y 3 DE LA LEY 26554, MODIFICATORIA DE LA LEY 26160, DE COMUNIDADES INDIGENAS, HASTA EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2016.

Fecha: 21/05/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53

Proyecto
Articulo 1º.- Prorrogase el plazo establecido en el artículo 1º de la ley 26.554, hasta el 23 de noviembre de 2016.
Articulo 2º.- Prorrogase el plazo establecido en el artículo 2º de la ley 26.554 hasta el 23 de Noviembre de 2016.
Articulo 3º.- Prorrogase el plazo establecido en el artículo 3º de la ley 26.554 hasta el 23 de Noviembre de 2016.
Articulo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 13 de noviembre vence la prórroga de la ley de Comunidades Indígenas, 26.160.
Los loables objetivos de dicha norma distan mucho de cumplirse, el relevamiento técnico-jurídico catastral de la situación dominical de las tierras que debía realizar el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, no ha concluido, todavía no se han restituido tierras a pueblos originarios desde la vigencia de la ley. Permanentemente las comunidades son agredidas sea por intereses particulares como por intereses gubernamentales que pretenden esas tierras.
El articulo 75 inc 17 de la Constitución Nacional establece que le corresponde al Congreso Nacional" reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones"
Lejos estamos de cumplir con el mandato constitucional, en realidad a la prórroga de la ley se deben fijar políticas públicas serias y sostenidas en el tiempo que permitan a nuestras comunidades originarias vivir con dignidad, respeto a su identidad y educación bilingüe e intercultural.
Por lo expuesto Sr. Presidente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VIDELA, NORA ESTHER SAN LUIS FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
17/09/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
17/09/2013 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
17/09/2013
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2464/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1996-D-2013, 4030-D-2013, 4032-D-2013, 4078-D-2013, 4373-D-2013, 0024-S-2013, 1734-S-2013 y 5048-D-2013 SE ACONSEJA LA SANCION DE ACUERDO AL TEXTO VENIDO EN REVISION DEL H. SENADO; CON 1 DISIDENCIA PARCIAL; CON 1 FE DE ERRATAS 17/09/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1996-D-2013, 4030-D-2013, 4032-D-2013, 4078-D-2013, 1898-S-2013, 4373-D-2013, 0024-S-2013, 1734-S-2013, 2005-S-2013, 2211-S-2013, 2402-S-2013 y 5048-D-2013 SANCIONADO