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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 2383-D-2014

Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA CONMEMORACION DEL BICENTENARIO DE LA CREACION DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS CON CAPITAL EN CONCEPCION DEL URUGUAY, A CELEBRARSE EL DIA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2014.

Fecha: 11/04/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25

Proyecto
De INTERES de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación la Conmemoración del Bicentenario de la Creación de la Provincia de Entre Ríos con Capital en Concepción del Uruguay, cuya celebración principal se efectuará el 10 de Setiembre de 2014 en dicha localidad entrerriana.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante el presente Proyecto de Declaración se plantea que esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación DECLARE de INTERÉS la Conmemoración del Bicentenario de la Creación de la Provincia de Entre Ríos con Capital en Concepción del Uruguay, cuya celebración principal se efectuará el 10 de Setiembre de 2014.
En referencia a los actos y que determinaron lo supra referenciado, se indica que el 19 de Agosto de 1814, el Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Don Gervasio Antonio de Posadas, propuso al Consejo de Estado separar de la gobernación intendencia de Buenos Aires a Entre Ríos y a Corrientes, erigiéndolas a cada una de ellas en gobernaciones- intendencias. Así el 10 de Setiembre de 1814, Don Gervasio de Posadas emitió el Decreto que en sus partes pertinentes expresaba:
"Artículo 1: El territorio de Entre Ríos con todos los pueblos formará desde hoy en adelante una Provincia del Estado con la denominación de provincia de Entre Ríos. Los límites de esta provincia serán: al norte la línea que entre los ríos Paraná y Uruguay, forma el río Corrientes en su confluencia con aquél hasta la del arroyo Aguarachi, y este mismo arroyo con el Curuzucuatiá, hasta su confluencia con el Miriñay, en las inmediaciones del Uruguay, al este el Uruguay y al sud y oeste el Paraná. ... Artículo 3: Ambos territorios constituidos en Provincia, quedan por consiguiente separados de la Intendencia de Buenos Aires, y serán regidos por gobernadores intendentes con las mismas facultades, derechos, prerrogativas y dependencias de las demás Provincias del Estado... Artículo 4: La Villa de Concepción del Uruguay, será la Capital de la Provincia de Entre Ríos y la de Corrientes, la de su mismo nombre..."
Así es que desde ese momento pasó a reconocerse el territorio con los atributos de Provincia, dado el Decreto emanado por el Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Don Gervasio Antonio de Posadas el 10 de Setiembre de 1814.
Por su parte también es superlativo señalar el Decreto Municipal de Concepción del Uruguay N° 23.686 del 14 de Febrero de 2014, refrendado por su presidente Municipal Carlos G. Schepens y por su Secretario de Gobierno, el cual se transcriben partes pertinentes infra:
"EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCEPCION DEL URUGUAY, DECRETA: Art. 1: Establecer para toda la Administración Pública Municipal de la Ciudad de Concepción del Uruguay, el año 2014 como "Año del Bicentenario de la creación de la Provincia de Entre Ríos, con Capital en Concepción del Uruguay", en conmemoración de dicha creación. Art. 2: Establecer que toda la documentación que se origine en la municipalidad de Concepción del Uruguay, tanto en el Departamento Ejecutivo como en el Honorable Consejo Deliberante, deberá contener un logo o inscripción con la siguiente frase: "En el año del Bicentenario de la creación de la Provincia de Entre Ríos con Capital en Concepción del Uruguay"; para lo cual deberán tomarse las medidas técnicas respectivas... Art.4: Elevar el presente decreto a ratificación del Honorable Concejo Deliberante. Art. 5: Dirigirse al Sr. Gobernador de la Provincia de entre Ríos, Dn. Sergio Daniel Urribarri, a fin de que considere la posibilidad de realizar una declaración similar en todo el ámbito de la Administración Pública Provincial, con copia de este Decreto. Art. 6: Notificar a los Poderes Ejecutivo y legislativo Nacionales de la conmemoración que dá origen al presente decreto..."
Así, por los motivos supra expuestos en el presente, es que solicito el acompañamiento a mis pares en el presente proyecto de Declaración.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GERVASONI, LAUTARO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARRETO, JORGE RUBEN ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/05/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
27/05/2014
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0158/2014 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 12/2014 27/05/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GAILLARD (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 18/06/2014 APROBADO