POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 2383-D-2014
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA CONMEMORACION DEL BICENTENARIO DE LA CREACION DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS CON CAPITAL EN CONCEPCION DEL URUGUAY, A CELEBRARSE EL DIA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2014.
Fecha: 11/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
De INTERES de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación la Conmemoración del
Bicentenario de la Creación de la Provincia de Entre Ríos con Capital en
Concepción del Uruguay, cuya celebración principal se efectuará el 10 de
Setiembre de 2014 en dicha localidad entrerriana.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante el presente
Proyecto de Declaración se plantea que esta Honorable Cámara de
Diputados de la Nación DECLARE de INTERÉS la Conmemoración del
Bicentenario de la Creación de la Provincia de Entre Ríos con Capital en
Concepción del Uruguay, cuya celebración principal se efectuará el 10 de
Setiembre de 2014.
En referencia a los actos y
que determinaron lo supra referenciado, se indica que el 19 de Agosto
de 1814, el Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata,
Don Gervasio Antonio de Posadas, propuso al Consejo de Estado separar
de la gobernación intendencia de Buenos Aires a Entre Ríos y a
Corrientes, erigiéndolas a cada una de ellas en gobernaciones-
intendencias. Así el 10 de Setiembre de 1814, Don Gervasio de Posadas
emitió el Decreto que en sus partes pertinentes expresaba:
"Artículo 1: El territorio de
Entre Ríos con todos los pueblos formará desde hoy en adelante una
Provincia del Estado con la denominación de provincia de Entre Ríos. Los
límites de esta provincia serán: al norte la línea que entre los ríos Paraná
y Uruguay, forma el río Corrientes en su confluencia con aquél hasta la
del arroyo Aguarachi, y este mismo arroyo con el Curuzucuatiá, hasta su
confluencia con el Miriñay, en las inmediaciones del Uruguay, al este el
Uruguay y al sud y oeste el Paraná. ... Artículo 3: Ambos territorios
constituidos en Provincia, quedan por consiguiente separados de la
Intendencia de Buenos Aires, y serán regidos por gobernadores
intendentes con las mismas facultades, derechos, prerrogativas y
dependencias de las demás Provincias del Estado... Artículo 4: La Villa de
Concepción del Uruguay, será la Capital de la Provincia de Entre Ríos y la
de Corrientes, la de su mismo nombre..."
Así es que desde ese
momento pasó a reconocerse el territorio con los atributos de Provincia,
dado el Decreto emanado por el Director Supremo de las Provincias
Unidas del Río de la Plata, Don Gervasio Antonio de Posadas el 10 de
Setiembre de 1814.
Por su parte también es
superlativo señalar el Decreto Municipal de Concepción del Uruguay N°
23.686 del 14 de Febrero de 2014, refrendado por su presidente
Municipal Carlos G. Schepens y por su Secretario de Gobierno, el cual se
transcriben partes pertinentes infra:
"EL PRESIDENTE
MUNICIPAL DE CONCEPCION DEL URUGUAY, DECRETA: Art. 1:
Establecer para toda la Administración Pública Municipal de la Ciudad de
Concepción del Uruguay, el año 2014 como "Año del Bicentenario de la
creación de la Provincia de Entre Ríos, con Capital en Concepción del
Uruguay", en conmemoración de dicha creación. Art. 2: Establecer que
toda la documentación que se origine en la municipalidad de Concepción
del Uruguay, tanto en el Departamento Ejecutivo como en el Honorable
Consejo Deliberante, deberá contener un logo o inscripción con la
siguiente frase: "En el año del Bicentenario de la creación de la Provincia
de Entre Ríos con Capital en Concepción del Uruguay"; para lo cual
deberán tomarse las medidas técnicas respectivas... Art.4: Elevar el
presente decreto a ratificación del Honorable Concejo Deliberante. Art. 5:
Dirigirse al Sr. Gobernador de la Provincia de entre Ríos, Dn. Sergio
Daniel Urribarri, a fin de que considere la posibilidad de realizar una
declaración similar en todo el ámbito de la Administración Pública
Provincial, con copia de este Decreto. Art. 6: Notificar a los Poderes
Ejecutivo y legislativo Nacionales de la conmemoración que dá origen al
presente decreto..."
Así, por los motivos supra
expuestos en el presente, es que solicito el acompañamiento a mis pares
en el presente proyecto de Declaración.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLANAS, JULIO RODOLFO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GERVASONI, LAUTARO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BARRETO, JORGE RUBEN | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GAILLARD, ANA CAROLINA | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/05/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0158/2014 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 12/2014 | 27/05/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GAILLARD (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 18/06/2014 | APROBADO |