POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2319-D-2012
Sumario: DECLARAR A LA CIUDAD DE RIO CUARTO, PROVINCIA DE CORDOBA, COMO "CAPITAL NACIONAL DEL VECINALISMO" Y AL 24 DE AGOSTO DE CADA AÑO, "DIA NACIONAL DEL VECINALISMO".
Fecha: 19/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
Artículo 1° - Declárese a la
ciudad de Río Cuarto, provincia de Córdoba, Capital Nacional del
Vecinalismo
Art. 2° - Declárese el día 24
de agosto como Día Nacional del Vecinalismo.
Art. 3° - Comuníquese al
Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ciudad de Río Cuarto,
declarada por ley provincial capital alternativa de la provincia de Córdoba,
ha desarrollado en los últimos cincuenta años una intensa actividad
vecinalista y fomentista en donde miles de vecinos de manera voluntaria
participan en sus respectivos barrios a través de las asociaciones
vecinales, las que desde hace más de 12 años, mediante el impulso del
estado municipal, llevan adelante el Programa de Descentralización de
Servicios, experiencia inédita de reforma del estado, por medio del cual la
municipalidad terceriza servicios públicos como el desmalezado de
veredas y espacios verdes y el riego de las calles de tierra; servicios
educativos como los talleres culturales municipales que albergan a
numerosos niños que concurren a las escuelas vecinales; servicios de
salud como las salas de atención primaria o de ayuda social como los
comedores comunitarios
El desarrollo del vecinalismo
riocuartense fue reflejado en un informe realizado por la Facultad
Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) a solicitud del Banco
Mundial que se denominaba "El perfil" de las ONG en la Argentina, escrito
por los licenciados Daniel Arroyo y Daniel Filmus, en donde, al referirse a
las ONG relacionadas con el vecinalismo, se pondera a la ciudad de Río
Cuarto como el lugar de mayor envergadura de la actividad vecinal.
La ciudad es sede central de
la Confederación Vecinalista y Fomentista de la República Argentina
(COVERA), que integra federaciones vecinales de la totalidad de las
provincias argentinas, en donde su congreso fundacional consideró que la
ciudad debería ser declarada Capital Nacional del Vecinalismo, y que ese
día, 24 de agosto, debería declararse Día Nacional del Vecinalismo. Esta
fecha ha sido utilizada como celebración durante muchos años por el
vecinalismo e instituida por cuerpos legislativos municipales y
provinciales,
como por ejemplo el
Honorable Concejo Deliberante Municipal de Santiago del Estero en su
ordenanza 3.082/98 y la Legislatura de la Provincia de Santa Cruz, por lo
que, haciéndonos eco de esta importante distinción para Río Cuarto y
para el movimiento vecinal de todo el país, solicitamos la aprobación de
esta ley
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
06/06/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
23/08/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
04/09/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0946/2012 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 13/09/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | MEDIA SANCION | |
Diputados | INSERCION | ||
Senado | PASA A SENADO - |